Identificando los principales medios de pago.

Los medios de pago internacionales son instrumentos que le permiten a los comerciantes a nivel internacional facilitar y asegurar la comercialización de bienes y/o servicios.

Entre ellos estan:

Carta Crédito

La carta crédito es un elemento utilizado por un banco emisor, por cuenta de uno de sus clientes quien es el ordenante, por el cual autoriza a otro banco que es el corresponsal para cancelar a una persona natural o jurídica quien seria beneficiaria del pago.

Las partes que le corresponden son:

1. Ordenante: Es el importador o el comprador que solicita la apertura de la carta crédito a un banco comercial, denominado banco emisor.

2. Beneficiario: : Exportador o vendedor el cual tiene que cumplir estrictamente con los términos y condiciones estipulados al momento de la apertura de la carta crédito.

3. Banco Emisor: Entidad financiera que abre o genera la carta crédito a solicitud del ordenante, de acuerdo a los términos y condiciones requeridos por él en la apertura. Este banco se ubica en el país del importador.

4. Banco Corresponsal: Entidad financiera ubicada en el país del exportador, quien recibe del exterior la carta crédito y tiene la responsabilidad de avisar o confirmar al beneficiario la apertura y pagarle al
beneficiario el valor estipulado en la carta crédito.

¿Cómo se abre una carta crédito?

El importador solicita a su banco emisor que expida un crédito documentario a favor de un exportador, utilizando un banco en el exterior. Este documento es el acuerdo previo entre las partes; sin embargo, es el banco emisor quien verifica que el ordenante tenga el cupo y las garantías suficientes para llevar a cabo la operación. Es decisión del banco emisor aprobar o rechazar la apertura de la Carta de Crédito.
Una vez el banco corresponsal recibe de parte del banco emisor la carta de crédito, le avisa al exportador, quien procede a embarcar la mercancía y presentar los documentos de embarque al Banco Corresponsal que le avisó la emisión de la carta de crédito. Este banco se encarga de revisar los términos y condiciones establecidos en la carta de crédito para poder proceder a su pago.

¿Cuáles son los documentos requeridos?

1. Factura comercial.
2. Póliza o certificado de seguro.
3. Documento de transporte: Marítimo (Bill of Lading), aéreo (Guía Aérea Air
Waybill o terrestre (Carta de Porte)

¿Cuáles son los tipos de carta crédito?

1. Carta confirmada: Es cuando el banco emisor le solicita al corresponsal, que añada su confirmación, es decir, que asuma la responsabilidad frente al beneficiario de negociar, aceptar o hacer el pago tan pronto sean presentados los documentos que evidencien el cumplimiento de todas las condiciones estipuladas en el crédito.

2. Carta no confirmada: El Banco corresponsal no asume ningún compromiso con el beneficiario, sólo avisa la existencia del crédito. En este caso el
exportador cuenta únicamente con la promesa del Banco del Importador.

3. Carta revocable: Establece que el crédito puede ser modificado o cancelado por cualquiera de las partes involucradas (ordenante, beneficiario, emisor y corresponsal), sin previo aviso. Por ser de alto riesgo para las partes y no ofrecer seguridad, es poco utilizada actualmente.

4. Carta irrevocable: Da a al vendedor una mayor seguridad en el pago; al comprador le da seguridad del negocio efectuado, ya que para
modificarla o cancelarla es necesario tener el consentimiento de todas las partes involucradas; actualmente es la más utilizada.

5. Carta rotativa: Este tipo de crédito permite al beneficiario disponer varias veces del crédito hasta por la totalidad de su valor. En la actualidad tiende a ser reemplazada por la carta de Crédito Stand By1.

6. Carta transferible: Condición por medio de la cual, el exportador, denominado primer beneficiario, puede ceder total o parcialmente el crédito a uno o más beneficiarios, denominados segundos beneficiarios, por una única vez.

7. Carta intransferible: Es aquella que no puede ser cedida por el beneficiario a otro beneficiario.

8. Carta a la vista: Se espera que el exportador reciba el pago, tan pronto entregue los documentos al Banco Corresponsal y estos documentos cumplan con las condiciones estipuladas en el crédito.

9. Carta de aceptación: Es cuando existe un plazo concedido por el vendedor al comprador, para efectuar el pago a un plazo generalmente de 30, 60 o 90 días. Se requiere que el beneficiario gire una letra de cambio al Banco Corresponsal en el momento de recibir los documentos.


Cobranza documentaria.

Es un medio de pago por el cual el exportador de una mercancía solicita los servicios de un banco para que cobre el producto de una venta, entregándole los documentos originales necesarios y las instrucciones de cobro. El Banco Cedente deberá utilizar un Banco Corresponsal (cobrador), al cual le enviará los documentos citados para que éste los presente al Girado (importador).

¿Qué partes intervienen?

1. Cedente: Exportador o vendedor que entrega las
especificaciones y condiciones con las cuales deben entregarse los documentos a un importador o comprador, utilizando para ello un banco comercial, denominado Banco Remitente.

2. Girado: Importador o comprador que recibe los
documentos del banco encargado del cobro y paga el valor de la compra. El banco solo entrega los documentos, siempre y cuando el importador cumpla con los términos y condiciones estipulados por el cedente.

3. Banco remitente: Entidad financiera que recibe los documentos de la exportación y las instrucciones de cobro del Cedente. Este banco se
ubica en el país del exportador.

4. Banco encargado del cobro: Entidad financiera ubicada en el país del importador, que recibe del exterior los documentos y las instrucciones para el cobro.

¿Cuáles son los tipos de cobranza?

1. Cobranza documentaria a la Vista: Consiste en que una vez embarcada la mercancía, el cedente
(Exportador) entrega los documentos de la exportación a un banco cedente en su país. Este banco envía por correo certificado los documentos y las instrucciones de cobro al banco cobrador en el país del importador. El banco cobrador avisa al
Girado (Importador) que existen unos documentos a su nombre y que una vez reciba el pago, inmediatamente le serán entregados los documentos.
2. Cobranza Documentaria por Aceptación:
Consiste en que el Cedente y el Girado acuerdan un plazo de tiempo determinado para el pago, condición que queda establecida en una Letra de Cambio. Una vez acordado el plazo, el Cedente embarca la mercancía y entrega los documentos de la exportación junto con una Letra de cambio al Banco Cedente en su país. Este Banco envía por correo certificado los documentos y la Letra de Cambio, debidamente diligenciada por el portador, al Banco Cobrador en el país del importador. Este Banco se encargará de avisar al Girado que existen unos documentos a su nombre y que una vez “acepte” la Letra de Cambio con su firma, recibirá los documentos para la nacionalización de la mercancía.

Giros internacionales.

Medio de pago por medio del cual el Ordenante (importador) de una mercancía solicita los servicios de un banco girador de su país, para que envíe las divisas producto de una transacción comercial, utilizando como intermedio a un banco receptor, donde el beneficiario (exportador) tiene una cuenta. En este medio de pago, los documentos son enviados por correo u otro medio, sin la intervención de los bancos comerciales.

¿Qué tipos de giros existen?

1. Giro Directo o Post - embarque: Es la forma de pago acordada entre el importador y el exportador
mediante la cual, la cancelación se efectúa una vez haya sido embarcada la mercancía.
2. Giro Directo Financiado: Es el pago al exterior de una mercancía ya embarcada por el exportador y cuyos fondos son financiados por el banco girador directamente al ordenante del giro, el banco girador paga el valor de la operación al exterior y queda vigente la deuda en dólares entre el ordenante y el banco girador.
3. Giro Anticipado: Es el pago anticipado al exterior de una mercancía que aún no ha sido embarcada
por el exportador, por exigencia suya.

Ordenes de pago.

La transferencia bancaria también llamada orden de pago, es un pago que efectúa el banco del importador al banco del exportador, el cual abona los fondos en la cuenta de su cliente exportador.
Esta forma de pago se hace por medios electrónicos, siendo el más utilizado el sistema
SWIFT. La red swift agrupa a la gran mayoría de los bancos del mundo, y hace posible
una comunicación rápida y segura entre ellos. El exportador envía la mercancía y la documentación necesaria para que ésta pueda ser recibida por el importador. El importador, una vez que ha recibido todo ello, solicita a su banco que pague mediante transferencia bancaria al exportador.

Cuentes corrientes en divisas.

La cuenta corriente en divisas, es la que se constituye en cualquiera de las divisas (dólar, euro, libra o yen) convertibles a pesos Colombianos, a residentes y/o no residentes en el país.

¿Qué tipos existen?

A. Cuentas corrientes en moneda extranjera en bancos colombianos: Son aquellas autorizadas por el Banco de la República, que pueden abrir personas naturales y jurídicas en establecimientos bancarios colombianos (intermediarios del mercado cambiario), bajo ciertas condiciones y requisitos de obligatorio cumplimiento de acuerdo al siguiente detalle.

B. Cuentas corrientes en moneda extranjera en bancos del exterior: Son aquellas cuentas corrientes que pueden tener las personas naturales residentes en Colombia, en bancos del exterior, sin contravención a la ley cambiaria, es decir son
cuentas legalmente aceptadas por el Banco de la República.

C. Cuentas corrientes de compensación en bancos del exterior: Son aquellas cuentas corrientes que pueden tener las personas naturales o jurídicas
residentes en Colombia, en bancos del exterior, y cuando estén registradas ante el Banco
de la República y sean utilizadas para canalizar divisas producto del Mercado cambiario
colombiano (importaciones, exportaciones, endeudamiento externo o inversiones
internacionales).

Requisitos

- No haber sido sancionado por infracciones al Régimen Cambiario o al Régimen Aduanero (requisito indispensable e ineludible).
- Registrar la Cuenta Corriente en el Banco República antes de los 30 días de la fecha de su apertura en el exterior.
- Diligenciar las Declaraciones de Cambio y mantener archivos de cada una de las operaciones del Mercado Cambiario.
- Cumplir el régimen de plazos para registrar las operaciones como endeudamiento externo para importaciones (6 meses) y exportaciones (12
meses).
- Restricción para devolución de divisas al exterior, es decir una vez convertidas las divisas a pesos colombianos no se pueden devolver al exterior
dentro de la misma operación
- Registro ante el Banco de la República previo al desembolso de créditos en moneda extranjera recibidos u otorgados.
- Legalización mensual del movimiento de la cuenta, a través del envío del extracto (Statement) al Banco de la República.

Aval del exterior

Se emite o se acepta una Letra de Cambio por parte de un banco, que se constituye en deudor solidario al garantizar el pago de mercancías a un
exportador, antes de su respectivo despacho.
También el banco otorga un aval a sus clientes, cuando éste no puede atender sus necesidades crediticias. En estos casos le solicita, mediante dichos avales, el acceso a financiaciones de otras entidades financieras del país o del exterior.
El aval es una operación poco atractiva para los bancos, puesto que asume un riesgo “cliente” sin efectuar la correspondiente financiación, que es justamente la actividad específica de los bancos.

¿Cuáles son las características?

- Compromiso del banco: El Banco que emite el Aval se compromete a pagar parcial o totalmente el valor de la mercancía, si el comprador no lo hace.
- Aviso: El vendedor de la mercancía conoce de la constitución de una Letra de Cambio a su favor, mediante un mensaje SWIFT 199, elaborado por el Banco Avalista y comunicado por el Banco Corresponsal. Simultáneamente, el comprador envía al vendedor, por correo certificado, la Letra Avalada para que éste a su vez envíe la mercancía.
- Pago: El pago de la mercancía la realiza el comprador después de embarcada la mercancía, mediante un Giro Directo. A diferencia de la Carta de Crédito, no existe un compromiso de pagar la operación contra entrega de documentos.
- Comisiones: El cobro de las comisiones la realiza el Banco Avalista por 30 días o fracción y sobre el valor de la operación.

Garantía del exterior.

Es un documento a través del cual un banco se compromete a pagar una suma de dinero, dentro de un plazo determinado, a un tercero, en el evento de que el cliente, al cual presta el servicio de garantía (Ordenante), incumpla la obligación pactada en el contrato.
Existe una diversidad de garantías que se puede emitir, sin embargo las más comunes son las que cubren operaciones comerciales internacionales: Las garantías de licitación (Bid Bonds) y las de fiel cumplimiento del contrato (Performance Bonds).

¿Qué garantías existen?

1. Garantía de Licitación: Debe constituir una empresa para tener derecho a participar en
una licitación internacional, organizada por lo general, por grandes empresas y en torno a contratos importantes. Generalmente este tipo de licitaciones son realizadas por empresas estatales o entes gubernamentales.

2. Garantía de Fiel Cumplimiento: Es habitual que la garantía de licitación prevea, en caso de que la empresa que la constituye sea adjudicataria del contrato, la automática emisión de una garantía
adicional de “fiel cumplimiento” de contrato, cuyo monto es muy superior al de la primera.