LA AUDIENCIA DE IMPUTACIÓN DE CARGOS

¿CUÁNDO SE LLEVA A CABO?

Esta audiencia se realiza después de que la Fiscalía haya adelantado una investigación preliminar y haya reunido suficientes elementos materiales probatorios, evidencia física o información legalmente obtenida que permitan inferir razonablemente que el imputado es autor o partícipe del delito que se investiga.

“Debe realizarse en audiencia que se cumple ante un juez de control de garantías siempre y cuando de los elementos materiales probatorios, evidencia física o de la información legalmente obtenida se pueda inferir razonablemente que el imputado es autor o partícipe del delito que se investiga.”

¿QUIÉNES PARTICIPAN?

EL IMPUTADO

La persona a quien se le imputa el delito. Puede estar presente o representado por un abogado defensor.

EL FISCAL

EL JUEZ DE CONTROL DE GARANTIAS

El juez que vela por el cumplimiento de las garantías procesales durante la audiencia.

MINISTERIO PUBLICO

La audiencia de imputación puede celebrarse sin su presencia, lo cual no puede adelantarse sin fiscal.

CONTENIDO DE LA IMPUTACION DE CARGOS

Individualización del imputado

Nombre completo, datos de identificación y domicilio.

Relación de los hechos

Descripción clara, sucinta y comprensible de los hechos imputados

Tipificación del delito

Indicación del tipo penal que se considera aplicable.

Información sobre las consecuencias procesales

Explicación de las posibles consecuencias legales de la imputación.

¿CÓMO SE RELACIONA LA INVESTIGACIÓN INICIAL CON LA IMPUTACIÓN DE CARGOS?

ES IMPORTANTE TENER EN CUENTA QUE:

La audiencia de imputación de cargos es una etapa fundamental del proceso penal colombiano.

El imputado tiene derecho a un abogado defensor desde el inicio del proceso

El juez de control de garantías es el garante de los derechos del imputado durante la audiencia.

La información proporcionada en esta respuesta no constituye asesoría legal y no debe ser interpretada como tal.

“La formulación precisa y clara de los cargos en la audiencia de imputación es fundamental para garantizar los derechos de defensa y contradicción.”

¿QUÉ ES?

La audiencia de imputación de cargos es un acto de comunicación formal dentro del proceso penal. En ella, la Fiscalía General de la Nación informa a una persona, en presencia de un juez de cotrol de garantías, que se le considera como imputado en un proceso penal por la presunta comisión de un delito

PLAZOS

REGLA GENERAL

2 años contados a partir de la recepción de la noticia criminal por parte de la Fiscalía.

EXCEPCIONES

3 años: Cuando se presente el concurso de delitos, o cuando sean tres o más los imputados.

5 años: Cuando se trate de investigaciones por delitos de competencia de los jueces penales del circuito especializado.

En cuanto a los plazos, ellos pueden superarse, pero no significa que no pueda iniciarse la actuación. Y solo la prescripción de la acción penal impide iniciar el trámite

VENCIMIENTO DE TERMINOS

Si la Fiscalía no presenta la imputación de cargos dentro del plazo legal, se produce el vencimiento de términos y el imputado puede solicitar la preclusión del proceso.

¿QUE SUCEDE EN LA AUDIENCIA?

Individualización del imputado

El fiscal verifica la identidad del imputado y le informa sus derechos.

Relación de los hechos

El fiscal describe de forma clara, sucinta y en lenguaje comprensible los hechos que se le imputan al imputado, sin revelar detalles de la investigación.

Tipificación del delito

El fiscal indica el tipo penal que se considera aplicable a la conducta del imputado.

Posibilidad de allanarse a los cargos

El imputado tiene la posibilidad de aceptar los cargos imputados, lo que conlleva a una rebaja de la pena.

Componentes de la imputación de cargos

PERSONAL

Individualización del imputado

IMPUTACION FACTICA

Relación de los hechos imputados

IMPUTACION JURIDICA

Tipificación del delito.

ALLANAMIENTO A LOS CARGOS

El imputado tiene la posibilidad de aceptar los cargos imputados en tres momentos

Audiencia de imputación de cargos

Rebaja de hasta el 50% de la pena.

Audiencia preparatoria

Rebaja de hasta un tercio de la pena.

Juicio oral

Rebaja de hasta un sexto de la pena

En caso de allanamiento, el juez verifica que no se vulnere el principio de legalidad ni las garantías fundamentales. Luego, el caso se remite al juez de conocimiento para la individualización de la pena y la lectura del fallo.

¿QUÉ SUCEDE SI LA IMPUTACIÓN DE CARGOS ES DEFECTUOSA?

Esto significa que la imputación debe ser reformulada y la audiencia de imputación de cargos debe repetirse.