Derecho Procesal Penal II

Alumno: Victor Miguel Salgado Sánchez

Matricual: 44500159

ID: 139327

Maestro: Lic. Miguel Ángel Vera Romero

Actividad 1 Semana 5

I.-

Usted esta aqui porue se le acusa del delito CONTRA LASALUD, en la modalidad de POSESIÓN DE CLORHIDRATO DE COCAÍNA, previsto por el artículo 195 bis, en relación con el diverso numeral 193 del Código Penal Federal, en concordancia con el articulo 234 de la Ley General de Salud.

Averiguación previa 2472/2007
Registro de la causa bajo el número169/2007-IV

En palabras sencillas la pena que usted puede obtener en caso de que se compruebe este delito es de cuatro a siete años de prision y de cincuenta a ciento cincuenta dias de multa.

Tenemos que considerar que La Ley General de Salud es muy estricta en este tipod de asuntos. Y precisamente en esta Ley se cataloga la cocaina en su articulo 234, como estuperfaciente.

El ministerio publico no va a proceder penalmente en el caso que el medicamento contenga narcotivos y cuya venta al publico sea legal y si se trata de peyote u hongos alucinogenos siempre y cunado que la cantidad y circunstancias se presuma que seran utilizados en una ceremonia, usus o costumbres de los pueblos y comunidades indigenes.

III.-

Gracias a que usted no contaba con antecedentes penales y que de alguna manera hasta antes de que se le acusara de este delito era un ciudadano ejemplar el señor juez lo va a condenar a 10 meses de prision, todo esto gracias a que usted es beneficidado por articulos del Codigo Penal federal como el 70, 195 entre otros. Donde basicamente se hace mencion sobre el posser este estuperfaciente sin permiso.

V y VI.-

Considero importante comentarle que por el simple hecho de que usted estara en prision pierde ciertas cosas como son derechos políticos, los de tutela, apoderado, defensor, albacea, perito, depositario, interventor judicial, sindico, arbitro o representante de ausentes, entre otras cosas.

Todo lo anterior se recuepra una vez que usted cumpla con su condena.

VIII y IX.-

Sus derechos civiles y politicos son suspendidos, esto debido a que usted fue sentenciado y estara diez meses en cimplimiento de su condena.

II.-

Le comento que el Codigo Penal federal es muy claro y preciso en su articulo 8 ya que menciona que Las acciones u omisiones delictivas solamente pueden realizarse dolosa o culposamente.

En su caso usted lo hizo dolosamente ya qe en todo momento conocia que eral ilegal lo que estaba haciendo.

IV.-

Como ya le mencione como usted no cuenta con antecedentes penales en esta ocasion la pena es ligera pero debe de tener en cuenta que si se repite la pena se severa y estariamos habladon de años de pena por no cambiar su comportamiento.

VII.-

Esta por demas mencionarle que apartir de este momento usted ya cuenta con un historial criminal y debe de cuidar su compartamiento de hoy en adelante ya que ante cualquier falta a la ley esta conducta le afectara severamente. Todo esto lo dice de manera precisa el artículo 531 del código federal de procedimientos penales