ley de ingresos de la federación

Artículo 2o. Se autoriza al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para
contratar y ejercer créditos, empréstitos y otras formas del ejercicio del crédito público, incluso mediante la emisión
de valores, en los términos de la Ley Federal de Deuda Pública y para el financiamiento del Presupuesto de Egresos
de la Federación

Artículo 5o. En el ejercicio fiscal de 2018 el Ejecutivo Federal no contratará nuevos proyectos de inversión
financiada de la Comisión Federal de Electricidad

Artículo 6o. El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, queda autorizado
para fijar o modificar las compensaciones que deban cubrir los organismos descentralizados y las empresas de
participación estatal

Artículo 7o. Petróleos Mexicanos, sus organismos subsidiarios y/o sus empresas productivas subsidiarias, según
corresponda

Artículo 3o. Se autoriza para la Ciudad de México la contratación y ejercicio de créditos, empréstitos y otras
formas de crédito público para un endeudamiento neto de 5.5 mil millones de pesos para el financiamiento de obras
contempladas en el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México

Artículo 1o. En el ejercicio fiscal de 2018, la Federación percibirá los ingresos provenientes de los conceptos y
en las cantidades estimadas

Subtopic

Artículo 8o. En los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales se causarán recargos

Artículo 4o. En el ejercicio fiscal de 2018, la Federación percibirá los ingresos por proyectos de infraestructura
productiva de largo plazo de inversión financiada directa y condicionada de la Comisión Federal de Electricidad