CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL: Delitos contra la integridad sexual y reproductiva

CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL: Delitos contra la integridad sexual y reproductiva
Artículo 166.- Acoso sexual

Artículo 166.- Acoso sexual

Pena privativa de libertad de tres a cinco años si la victima es:

Menor de 18 años

Con discapacidad

No comprenda el hecho

No pueda resistirlo

Pena privativa de libertad de seis meses a dos años:

Solicite favores de naturaleza sexual que
atenten contra la integridad sexual de otra persona

La persona que solicite algún acto de naturaleza sexual, para sí o para un
tercero tendrá la pena privativa de libertad de uno a tres años.

Prevaliéndose de situación de autoridad

Amenaza de causar a la víctima
o a un tercero, un mal en el ámbito de dicha relación

Artículo 167.- Estupro

Artículo 167.- Estupro

Pena privativa de libertad de uno a tres
años

Persona mayor de dieciocho recurre a engaños para tener relaciones sexuales con otra mayor de catorce y menos de dieciocho

Artículo 168.- Distribución de material pornográfico a niñas, niños y adolescentes

Artículo 168.- Distribución de material pornográfico a niñas, niños y adolescentes

Artículo 171.- Violación

Artículo 171.- Violación

Se sancionará con el máximo de la pena prevista en el primer inciso, cuando la victima :

Es menor de 10 años

contrae una enfermedad grave o mortal.

La o el agresor tenga el deber de custodia sobre la víctima.

Sufre una lesión física o daño psicológico permanente

La o el agresor es ascendiente o descendiente o
colateral hasta el cuarto grado de consanguinidad o
segundo de afinidad.

Se encuentre bajo el cuidado de la o el
agresor por cualquier motivo.

Pena privativa de libertad de veintidós a veintiseis años:

Muerte de la victima

Pena privativa de libertad de diecinueve a veintidós años en cualquiera de los siguientes casos:

Cuando la víctima se halle:

Privada de la razón o del sentido

Enfermedad o por discapacidad

No pudiera resistirse

Cuando se use violencia, amenaza o intimidación

tCuando la víctima sea menor de catorce años.

Acceso carnal, con introducción total o parcial del miembro viril o de objetos, dedos u órganos distintos al miembro viril, a

Acceso carnal, con introducción total o parcial del miembro viril o de objetos, dedos u órganos distintos al miembro viril, a una persona de cualquier sexo.

Artículo 170.- Abuso sexual

Artículo 170.- Abuso sexual

Pena privativa de libertad de tres a cinco años la persona que en contra
de la voluntad de otra:

Acto de
naturaleza sexual

Sin penetración

Sin acceso carnal

Pena privativa de libertad de tres cinco a siete años la persona cuando la victima:

Es menor de 14 años

No tenga capacidad
para comprender el hecho o por cualquier causa no pueda resistirlo

sufra una lesión física, daño psicológico permanente o contraiga una enfermedad
grave o mortal

Pena privativa de libertad de siete a diez años si la víctima es menor de seis años

Artículo 169.- Corrupción de niñas, niños y
adolescentes

Artículo 169.- Corrupción de niñas, niños y
adolescentes

Pena privativa de libertad de tres a cinco años la persona que :

Incite

Conduzca

Permita

Material pornográfico

pena privativa de
libertad de uno a tres años, La persona que:

Venda

Entregue

Difunda

Subtopic

La entrada de niñas, niños o adolescentes a prostíbulos o lugares en los que se exhibe pornografía