Manual de acceso a la información pública (FLIP)

¿QUÉ ES EL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA?

El derecho de acceso a la información pública permite a los ciudadanos solicitar y obtener información de carácter público.

Este derecho se fundamenta en la transparencia, la participación ciudadana y el acceso a la información como mecanismo para fortalecer la democracia.

¿QUÉ INFORMACIÓN PUEDEN NEGAR Y CÓMO?

La Ley de Acceso a la Información Pública establece que existe cierta información que puede ser restringida o negada para su acceso.

La información que puede ser negada incluye

1. Información clasificada como secreta o reservada por motivos de seguridad nacional.

2. Información relacionada con investigaciones en curso o datos personales protegidos por ley.

3. Información que afecte a la privacidad o intimidad de las personas.

La denegación de acceso a la información pública debe ser debidamente fundamentada y cumplir con los parámetros establecidos en la ley.

¿QUÉ TIPO DE INFORMACIÓN PUEDE BUSCAR Y CÓMO?

Los ciudadanos pueden buscar cualquier tipo de información pública, siempre y cuando no esté clasificada como secreta o reservada.

Algunos ejemplos de información que se puede buscar son:

1. Información sobre presupuestos y gastos públicos.

2. Información sobre contratos y licitaciones realizadas por entidades públicas.

3. Información sobre la gestión de programas y políticas públicas.

Para buscar información, los ciudadanos pueden hacerlo de diferentes formas, como:

a) Presentando una solicitud de acceso a la información pública.

b) Accediendo a la página web de la institución correspondiente y consultando los documentos públicos disponibles.

c) Asistiendo personalmente a las oficinas de la institución para solicitar la información requerida.

LA ACCIÓN DE TUTELA

• La acción de tutela es un mecanismo judicial que permite proteger los derechos fundamentales de las personas, incluido el derecho de acceso a la información pública.

• Si una persona considera que se le ha negado injustificadamente el acceso a la información pública, puede interponer una acción de tutela para buscar su protección.

• La acción de tutela debe ser presentada ante un juez competente, quien evaluará si se han violado los derechos fundamentales y tomará las medidas necesarias para su protección.

¿QUIÉNES DEBEN ENTREGAR INFORMACIÓN PÚBLICA?

a) ENTIDADES GUBERNAMENTALES

a) Todas las instituciones del gobierno central y local

b) Ministerios y secretarías de Estado

c) Entidades autónomas y descentralizadas

d) Empresas estatales

b) ÓRGANOS AUTÓNOMOS

a. EL INSTITUTO NACIONAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA (INAI)

b. EL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES (IFT)

c. LA COMISIÓN FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA (COFECE)

d. EL BANCO DE MÉXICO (BANXICO)

e. LA COMISIÓN NACIONAL DE HIDROCARBUROS (CNH)

¿QUÉ HACER SI ALGUIEN NIEGA LA INFORMACIÓN?

a) PASOS A SEGUIR

a. Firme un escrito con su nombre y datos de contacto.

b. Detalle la solicitud de información.

c. Especifique a qué entidad gubernamental o autónoma se dirige.

d. Solicite una respuesta dentro del plazo establecido por la ley.

e. Presente el escrito en la oficina o por correo electrónico.

f. Guarde una copia del escrito y el acuse de recibo.

b) Recurso de revisión

a. Si no recibe respuesta o si su solicitud es negada, puede interponer un recurso de revisión ante el INAI.

b. Presente el recurso dentro de los 15 días hábiles siguientes a la negativa o al vencimiento del plazo establecido.

c. El INAI revisará el caso y emitirá una resolución en un plazo de 90 días hábiles.

INFORMACIÓN ÚTIL PARA EL PERIODISTA

a) Fuentes de información pública

a. Boletines y comunicados de prensa

b. Informes anuales y estadísticas oficiales

c. Leyes, reglamentos y decretos

d. Contratos y licitaciones públicas

e. Actas y resoluciones de organismos gubernamentales

b) Plataformas de acceso a información

a. Sistema Infomex

b. Plataforma Nacional de Transparencia

c. Páginas web de instituciones gubernamentales

d. Bases de datos de organismos autónomos

c) Derechos y obligaciones del periodista

a. Derecho a solicitar información pública

b. Derecho a recibir información completa y veraz

c. Obligación de resguardar la confidencialidad de cierta información

d. Obligación de verificar los datos obtenidos

e. Obligación de proteger las fuentes de información

FORMATOS ÚTILES

a) Formato para solicitar información pública

b) Formato para recurso de revisión