Convenciones Internacionales
Convención interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación de la OEA.
Los objetivos de la presente Convención son la prevenci6n y eliminaci6n de todas las formas de discriminaci6n contra las personas con discapacidad y propiciar su plena integraci6n en la sociedad.
Obligaciones generales
Los estados parte se comprometen a :
Adoptar las medidas de carácter legislativo, social, educativo, laboral o de cualquier otra índole, necesarias para eliminar Ia discriminación contra las personas con discapacidad y propiciar su plena integración en Ia sociedad.
Articulo 3. Medidas para eliminar progresivamente la discriminación y promover la integración por parte de las autoridades gubernamentales y/o entidades privadas en la prestación o suministro de bienes, servicios, instalaciones, programas y
actividades.
Artículo VII
No se interpretara que disposición alguna de la presente Convención restrinja o permita que los Estados parte limiten el disfrute de los derechos de las personas con discapacidad reconocidos por el derecho internacional consuetudinario o los instrumentos intencionales por los cuales un Estado parte esta obligado.
También los estados se comprometen a:
Artículo 4: Cooperar entre si para contribuir a prevenir y eliminar la discriminación contra
las personas con discapacidad.
b. El desarrollo de medios y recursos diseñados para facilitar o promover la vida independiente, autosuficiencia e integraci6n total, en condiciones de igualdad, a
la sociedad de las personas con discapacidad.
Artículo 5:Promoverán en la medida en que sea compatible con sus
respectivas legislaciones nacionales, la participaci6n de representantes de organizaciones de
personas con discapacidad.
Crearán canales de comunicaci6n eficaces que permitan
difundir entre las organizaciones publicas y privadas que trabajan con las personas con
discapacidad
Convención internacional de los derechos de las personas con discapacidad de la ONU
El propósito de la presente Convención es promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente.
Obligaciones generales
los estados parte se comprometen a :
Los estados parte se comprometen a adoptar todas las medidas legislativas, administrativas y de otra índole que sean pertinentes para hacer efectivos los derechos reconocidos en la presente convención.
Además los estados parte se comprometen a adoptar las mediad de los siguientes aspectos:
Artículo 5. Igualdad y no discriminación
Artículo 13. Acceso a la justicia
Artículo 15. Protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes
Artículo 16. Protección contra la explotación, la violencia y el abuso
Artículo 19. Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad
Artículo 21. Libertad de expresión y de opinión y acceso a la información
SubtopArtículo 24. Educación
Artículo 9. Accesibilidad
1. Incluirán la identificación y eliminación de obstáculos y barreras de acceso, se aplicarán, entre otras cosas, a:
a. Los edificios, las vías públicas, el transporte y otras instalaciones exteriores e interiores como escuelas, viviendas, instalaciones médicas y lugares de trabajo;
b. Los servicios de información, comunicaciones y de otro tipo, incluidos los servicios electrónicos y de emergencia.
Artículo 14. Libertad y seguridad de la persona
1.Los Estados Partes asegurarán que las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás:
a. Disfruten del derecho a la libertad y seguridad de la persona.