Fuentes del Derecho Procesal Civil
Las fuentes son todo lo que motiva u origina el nacimiento del Derecho Procesal Civil. El juez se basa en las mismas para valorar la significación de las conductas procesales.
Se dividen en
Fuentes Secundarias
Son aquellas que no tienen carácter
obligatorio pero son indispensables para
crear criterio en la toma de decisiones.
La Costumbre
Son aquellas conductas repetitivas que
son aceptadas por la comunidad y se pueden convertir en norma con el paso del tiempo.
Estás se dividen en:
Costumbres ad Leguem
Complementan la Ley
Costumbres contra leguem
Costumbres preater leguem
Costumbres contra leguem
Son contrarias a la Ley
La Jurisprudencia
Es el conjunto de sentencias dictadas por
el Poder Judicial, basadas en la doctrina
e interpretación recta de la ley aplicada
adecuadamente a los casos que ocurren.
La jurisprudencia no es solo interpretativa
sino también creadora y contribuye a la
resolución de casos análogos.
La Doctrina
Está confirmada por opiniones de
Jurisconsultos, que tienen un inmenso
conocimiento y eso los hace capaces de
analizar e interpretar la ley. A pesar de
no ser primaria es sumamente importante.
Sirve de guía incluso en la interpretación
judicial de kos textos vigentes.
Fuentes Primarias
La Constitución Nacional
Es la fuente fundamental y primaria del
Derecho Procesal Civil. Establece los principios procesales y garantías constitucionales del proceso, como lo son el derecho a la defensa, la presunción de inocencia, entre otros.
Los Tratados Internacionales
Son los suscriptos por un acuerdo solemne entre dos o más Estados, siempre que sean más beneficiosos que los tratados nacionales.
Surgen de un conjunto de problemas o asuntos importantes a considerar.
Los Tratados Públicos
Nuestro Código de Procedimiento Civil
contempla la aplicación de los tratados
que se han realizado con otros Estados.
Cuya aplicación evidencia la
internacionalización del Derecho Procesal.
Las Leyes Procesales
Regulan los procedimientos específicos y permiten que el sistema de justicia sea efectivo y adecuado. Son de carácter obligatoria y engloba todos los involucrados en el proceso.
Las Leyes de Ordenación Judicial
Son leyes de competencia, le atribuyen a los órganos del Poder judicial el conocimiento y la potestad de tomar decisiones en nombre del Estado frente a controversias entre particulares y proteger los intereses de los mismos.
Ley del TSJ, Ley Orgánica del Poder Judicial
Las Leyes de Procedimiento
Son las que establen la forma que deben optar los particulares para obtener justicia, y los órganos jurisdiccionales para la protección de los intereses de los particulares.
Código Procesal Civil, Código Orgánico Tributario, Ley orgánica de Procedimientos Administrativos, LOPNNA, Código Procesal
de la Jurisdicción, entre muchos otros.