FUNCIONES REVISOR FISCAL
Entidades vigiladas por la superintendencia nacional de salud
Dar oportuna cuenta por escrito, a la asamblea general, al consejo de administración, junta directiva
Colaborar con la Superintendencia Nacional de Salud, rindiéndole los informes oportunos, confiables, verificables, razonables y propios del ejercicio de la revisoría fiscal
Velar porque se lleve regularmente la contabilidad de la entidad y porque en la misma se reflejen verazmente la totalidad de las operaciones sociales
Velar porque al final de cada ejercicio social y por lo menos una vez al año, se preparen, presenten y difundan oportunamente, de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados y las normas legales
Revisar y evaluar periódicamente el sistema de control interno adoptado por la entidad.
Velar porque se lleven debidamente las actas de las reuniones de la asamblea, del consejo de administración, de la junta directiva
Empresas comunitarias
Asegurar que las operaciones de las empresas se ejecuten de acuerdo con las decisiones de la asamblea general, la junta de administración, la ley y los estatutos
Exigir que se lleven al día la contabilidad, actas y registros de la empresa
Tomar las medidas necesarias para la conservación de los documentos relacionados con la correspondencia y los asientos contables
Autorizar con su firma los inventarios y balances
Convocar la asamblea general o la junta de administración a reuniones extraordinarias
Colaborar con el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria (Hoy Incoder), en el control y vigilancia de la empresa, para lo cual rendirá los informes que le sean solicitados
Hacer arqueos de caja cuando lo juzgue necesario, y, por lo menos una vez cada trimestre
Las demás que le señalen la ley, los estatutos y la asamblea general. (Decreto 2073 de 19977, Art. 32
Asociaciones gremiales agropecuarias
Las demás que le señalen la ley, los estatutos y la asamblea general. (Decreto 2073 de 19977, Art. 32
Verificar que los actos de los órganos de dirección y administración se ajusten a las prescripciones legales, a los estatutos y reglamentos
Exigir que se lleve regularmente la contabilidad, las actas y los registros de la asociación
Inspeccionar los bienes de la asociación y exigir que se tomen oportunamente las medidas que tiendan a su conservación y seguridad
Inspeccionar los bienes de la asociación y exigir que se tomen oportunamente las medidas que tiendan a su conservación y seguridad
Colaborar con el Ministerio de Agricultura, en el control y vigilancia de la asociación, para lo cual rendirá los informes que le sean solicitados
Cooperativas
Las funciones del revisor fiscal serán señaladas en los estatutos y reglamentos de la cooperativa y se determinarán teniendo en cuenta las atribuciones asignadas a los contadores públicos en las normas que regulan el ejercicio de la profesión, así como en aquéllas que exigen de manera especial la intervención, certificación o firma de dicho profesional. (Art. 43 ley 9 de 1988)
Cajas de compensación familiar
Asegurar que las operaciones de la caja se ejecuten de acuerdo con las decisiones de la asamblea general y el consejo directivo
Dar oportuna cuenta, por escrito a la asamblea, al consejo directivo, al director administrativo y a la Superintendencia del Subsidio Familiar, según los casos, de las irregularidades que ocurran en el funcionamiento de la entidad y en el desarrollo de sus actividades
Colaborar con la Superintendencia del Subsidio Familiar y rendir los informes generales periódicos y especiales que le sean solicitados
Inspeccionar los bienes e instalaciones de la caja y exigir las medidas que tiendan a su conservación o a la correcta y cabal prestación de los servicios sociales a que están destinados
Autorizar con su firma los inventarios, balances y demás estados financieros
Empresas vigiladas por la Superintendencia de valores
verificar que las actuaciones de la sociedad se ajusten a las normas legales, la revisoría fiscal u órgano que haga sus veces en la entidad emisora debe instrumentar los controles adecuados que le permitan detectar incumplimientos de las instrucciones que para la prevención de lavado de activos se consagran en la presente circular.
presentar al máximo órgano social, según lo dispuesto en el numeral 3º del artículo 209 del Código de Comercio, el revisor fiscal
Fondos de valores y de inversión
El revisor fiscal de la respectiva sociedad administradora ejercerá las funciones propias de su cargo respecto de cada uno de los fondos que dicha sociedad administre. En todo caso, la asamblea de suscriptores podrá, en cualquier tiempo, designar un auditor externo (Art. 22, Resolución 804 de 2001, Superintendencia de valores).
Propiedad horizontal
Al revisor fiscal como encargado del control de las distintas operaciones de la persona jurídica, le corresponde ejercer las funciones previstas en la Ley 43 de 1990 o en las disposiciones que la modifiquen, adicionen o complementen, así como las previstas en la presente ley. (Art. 57, Ley 675 de 2001)