LEGISLACIÓN DEL COMERCIO EXTERIOR

El comercio es la actividad económica de intercambio de bienes tangibles e intangibles entre sujetos económicos desde la producción hasta el consumo o cualquier otro uso de los bienes.

COMERCIO INTERNACIONAL

La serie de lineamientos, requerimientos, directrices y normas que regulan la actividad misma.

ANTECEDENTES
HISTÓRICOS

ANTECEDENTES
HISTÓRICOS

El comercio aparece en los albores de la humanidad, con las primeras organizaciones sociales. El hombre se dio cuenta que tenía bienes que el no necesitaba de manera inmediata y que otra persona que era dueña de otros bienes, le hacía mucha falta, se propuso realizar un trueque.

El verdadero avance de esta materia se puede ubicar a principios del siglo XVI.
En la era del mercantilismo importantes tratadistas como David Hume, David Ricardo, Adam Smith y John Stuart Mill, entre los más destacados.

El centro de atracción del comercio internacional es representado por el Estado y debería intensificarse para incrementar la riqueza y fortaleza de la nación entera.c

Estos autores con sus ideas y teorías, concurrieron a la creación de la llamada teoría clásica del comercio internacional.

COMERCIO EXTERIOR

La relación económica y jurídica que se da en un lugar y momento determinado entre dos o más naciones.

FUENTES JURÍDICAS DEL COMERCIO EXTERIOR

El comercio internacional requiere de
una serie de instrumentaciones jurídicas, tanto internas como externas, que lo doten de caminos y vías que hagan posible su permanencia y desarrollo.

FUENTES JURÍDICAS INTERNAS DEL COMERCIO EXTERIOR

Cada Estado, con el fin de normar su economía interna, y vincularla de manera eficaz al contexto mundial, debe elaborar sus propias normas jurídicas que en un lugar y momento determinados puedan ser susceptibles de regular actos de comercio exterior.

ORDENAMIENTOS CONSTITUCIONALES

Primera

Todas las disposiciones jurídicas de
materia comercial, que rijan a los actos de
comercio en sus diversas manifestaciones, sólo
pueden ser expedidas por el gobierno federal.

Segunda

Las facultades para expedir normas del comercio exterior están asignadas al Poder Legislativo, excepción hecha de las facultades para modificar las cuotas de los impuestos de importacion o exportacion, asi como para restringir las importaciones y exportaciones y el transito de mercancias.

ORDENAMIENTOS LEGALES ADMINISTRATIVOS

Las leyes sobre comercio o relacionadas se encuentran especificadas en el texto del articulo 73 de la Carta Magna, que es el que precisamente contiene la enumeración de todas las facultades asignadas a dicho congreso.

Ley del Comercio Exterior y su reglamento

Ley Federal de Procedimiento Administrativo

La Ley extranjera y su reglamento

Ley General de Población y su reglamento

Ley de Puertos

Ley de Navegación

Ley de Navegación y Comercio Marítimo

Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte

Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario

Ley de Aviación Civil

Ley de Aeropuertos

Ley Federal de Telecomunicaciones

Ley de Vías Generales de Comunicación

Ley de la Propiedad Industrial y su reglamento

Ley Federal del Derecho de Autor

Ley Federal sobre Metrología y Normalización

Ley Federal de Competencia Económica

Ley del Banco de México

Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos

Ley Federal de Protección al Consumidor

Leyes sanitarias

Ley General de Equilibrio Ecologico y Proteccion al Ambiente

Ley General de Salud

Ley Federal de Sanidad Animal

Ley Federal de Sanidad Vegetal

ORDENAMIENTOS FISCALES

Ley Aduanera y su reglamento

Leyes de importación y exportación

Ley del Impuesto al Valor Agregado y su reglamento

Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y su Reglamento

Ley del Impuesto sobre la Renta y su Reglamento

Ley Federal de Derechos

Código Fiscal de la Federación

LEYES MERCANTILES

Las leyes mercantiles constituyen una fuente importante para la integración no solo del derecho mercantil sino también para el enriquecimiento de los aspectos fundamentales de procedimiento del comercio exterior.

Código de comercio

Ley General de Sociedades Mercantiles

Ley General de títulos y Operaciones de crédito

Ley de Concursos Mercantiles

Ley de Instituciones de crédito

Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del crédito

Disposiciones administrativas de carácter jurídico

El artículo 89 de la constitución faculta al presidente de la República para proveer en la esfera administrativa a la exacta observancia de las leyes es decir que le otorga la facultad para expedir disposiciones administrativas con contenido jurídico que permitan un claro entendimiento de la ley para posibilitar su cumplimiento.

Jurisprudencia

Es la ciencia de lo justo, la jurisprudencia implica precisamente un buen juicio o un buen razonamiento para poder resolver un conflicto legal de la forma más justa posible.

Explicativa: en cuanto que aclara y fija el alcance de la ley cuando ésta es oscura.

Supletoria: en cuanto da solución a los casos no previstos por la ley.

Diferencial: adapta la ley al caso concreto, evitando que su aplicación indiferenciada consagre injusticias.

Renovadora: la ley envejece rápidamente, pero merced a la acción de la jurisprudencia, se prolonga su vigencia en el tiempo, haciéndose más flexibles y duraderos sus preceptos.

Costumbres y uso

Es una fuente del derecho se conceptúa como la práctica reiterada y constante de una forma de conducta, con la convicción de que esta corresponde a una norma de derecho.

Doctrina

Se define como las opiniones que emiten los tratadistas en relación con un determinado tema de conocimiento referente a la materia jurídica de que se trate.

Principios generales del derecho

Se conceptúa como el conjunto de preceptos jurídicos emanados frecuentemente del derecho natural, que constituyen el basamiento de toda relación jurídica, y que el legislador en particular y la autoridad gubernamental en general, tienen que respetar al momento de aplicar estas normas.

ORDENAMIENTOS EMANADOS DEL DERECHO INTERNACIONAL

Tratados y convenciones internacionales

Resoluciones de organismos internacionales

Resoluciones Arbitrales

Costumbres y usos comerciales internacionales

Los principios generales del derecho Internacional

LEY DEL COMERCIO EXTERIOR

Su objetivo principal es la regulación y promoción del comercio exterior en México. Así mismo, busca “incrementar la competitividad de la economía nacional”. En este sentido, esto serviría para favorecer “el uso eficiente de los recursos productivos del país”.

La Ley de Comercio Exterior (publicada en el DOF el 27 de
julio de 1993), reglamentaria del artículo 131 constitucional,
y su reglamento (publicado en el DOF el 30 de diciembre de 1993), constituyen la legislación fundamental de esta materia.

OBJETO

Regular y promover el comercio exterior.

Incrementar la competitividad de la economía nacional

Propiciar el uso eficiente de los recursos productivos del país.

Integrar adecuadamente la economía mexicana con la internacional

Defender la planta productiva de prácticas desleales del comercio internacional y contribuir a la elevación del bienestar de la población

ESTRUCTURA

I. Disposiciones generales.

II. Facultades del Ejecutivo Federal, de la Secretaría de
Economía y de las comisiones auxiliares.

III. Origen de las mercancías.

IV. Aranceles y medidas de regulación y restricción no
arancelarias del comercio exterior.

V. Prácticas desleales de comercio internacional.

VI. Medidas de salvaguarda.

VII. Procedimientos en materia de prácticas desleales de
comercio internacional y medidas de salvaguarda.

VIII. Promoción de exportaciones.

IX. Infracciones, sanciones y recursos.

REGLAMENTO DE LA LEY DE COMERCIO EXTERIOR

Desarrolla y concreta aquellos aspectos de la Ley de Comercio Exterior, relativos a las medidas de regulación y restricción no arancelaria, procedimientos sobre prácticas desleales de comercio internacional, medidas de salvaguarda, determinación de cuotas compensatorias y promoción de exportaciones.

Desarrolla y concreta aquellos aspectos de la Ley de Comercio Exterior, relativos a la organización y funcionamiento de la Comisión de Comercio Exterior y de la Comisión Mixta para la Promoción de las Exportaciones.

PRÁCTICAS DESLEALES EN COMERCIO INTERNACIONAL

Las prácticas desleales al comercio exterior son comportamientos empresariales y gubernamentales destinados a depredar, discriminar y subvencionar precios para obtener ventajas comerciales artificiales en los mercados externos, dañando y perjudicando a productores competidores de bienes o servicios idénticos o similares.

Discriminación de precios Dumping:

Es una práctica desleal de comercio consistente en introducir mercancías originarias o procedentes de cualquier país en el mercado de otro a un precio inferior a su valor normal, y daña o amenaza los productos nacionales de artículos idénticos o similares

SUBVENCIONES

En cuanto a la subvención o subsidio se refiere, estamos ante una práctica desleal efectuada por los gobiernos, consistente en apoyar a productores nacionales que exportan productos a mercados externos, a precios artificiales competitivos que dañan a productores domésticos de bienes idénticos y similares.

MECANISMOS DE SALVAGUARDA

Inhibir temporalmente las importaciones a fin de proporcionar un periodo de alivio a las industrias nacionales dañadas o amenazadas de daño grave y facilitar así su proceso de que ajuste a las nuevas condiciones.

Definitivas

Son las que tienen como fin estar vigentes durante el plazo máximo que se le otorga a las salvaguardias, sin interrumpirse.

Provisionales:

Son implantadas por un tiempo específico como modo de prueba.

BARRERAS ARANCELARIAS

Son los impuestos (aranceles) que deben pagar en un país los importadores y exportadores en las aduanas por la entrada o salida de las mercancías.

El objetivo principal de las barreras arancelarias, es impedir la importación de ciertas mercancías, ya sea para equilibrar la balanza comercial del país, para proteger la producción nacional o para incrementar el intercambio entre un grupo de países.

REGULACIÓN JURÍDICA

Los actos de comercio, cualquiera que sea el alcance y contenido de éstos, requieren de una regulación jurídica.

Del ámbito internacional se derivan principios de igualdad entre Estados y de no intervención en los asuntos internos. Para resolver conflictos de intereses entre naciones se han celebrado negociaciones, acuerdos y tratados internacionales que tienen por objeto resolver cuestiones en torno a los actos del comercio internacional.

DEFINICIÓN DE LA LEGISLACIÓN DE COMERCIO EXTERIOR

Estudiar las relaciones necesarias de carácter comercial que se pueden dar entre diferentes naciones, con distinta organizaci

Estudiar las relaciones necesarias de carácter comercial que se pueden dar entre diferentes naciones, con distinta organización política.

EL COMERCIO EXTERIOR COMO ESTRATEGIA DE DESARROLLO ECONÓMICO

En la era de la globalización y gracias a la interrelación e interdependencia de las naciones en las actividades económicas, una nación necesita involucrarse en los procesos de desarrollo del comercio internacional para su desarrollo económico interno.

BALANZA DE PAGOS

Un país que exporta bienes y servicios, genera a su favor divisas, que permitirán adquirir en el exterior sus necesidades. La capacidad exportadora depende la estabilidad de la economía interna, ya que si un estado no cuenta con ella, para bienes y servicios que compre en el exterior, se necesitaran de divisas financiadas que afectaran su economía.

PRINCIPALES PRINCIPIOS DEL DERECHO INTERNACIONAL APLICABLES AL COMERCIO EXTERIOR

Principio de igualdad soberana

Principio de solución pacífica de controversias

Principio de no intervención

Principio de cumplimiento de buena fe de los compromisos y obligaciones contraídos

UBICACIÓN DE LA LEGISLACION DEL COMERCIO EXTERIOR DENTRO DE LAS DIVERSAS RAMAS DEL DERECHO

Derecho público: agrupa ramas del derecho
objetivo el cual, está conformado por
mandamientos de conducta.

Estados
Órganos gubernamentales
Particulares

Derecho social: en este los órganos
gubernamentales concurren para regular de
manera indicativa

Derecho privado: este integra las
normas jurídicas que expide el
estado

MARCO CONSTITUCIONAL Y ADMINISTRATIVO DEL COMERCIO EXTERIOR

FACULTADES DEL PODER LEGISLATIVO FEDERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR

La facultad de regular todas las actividades de comercio exterior le corresponde exclusivamente al gobierno federal. Dentro de este gobierno, el Poder Legislativo o Congreso de la Unión tienen encomendadas las facultades de expedir todas las leyes aplicables a esta materia.

FACULTADES DEL PODER EJECUTIVO FEDERAL

FACULTADES DEL PODER EJECUTIVO FEDERAL

Representado por el presidente de la república en cuestión de materia del comercio exterior tiene una serie importante de atribuciones que lo transforman en un gran operador dentro de esta materia.

FACULTADES EXTRAORDINARIAS

Estas facultades se le otorgan al Poder Ejecutivo en situaciones necesarias para poder legislar, es decir, sustituir al Poder Legislativo en algunas funciones.

El otorgamiento de dichas facultades se encuentre contenido en la Constitución de manera clara e indudable.

Que el congreso autorice expresamente al Ejecutivo federal para hacer uso de esas facultades.

Que el Ejecutivo informe al Legislativo del uso que hubiere hecho de tales facultades, el que podrá ser susceptible de recibir la aprobación del cuerpo Legislativo

FACULTADES REGLAMENTARIAS

El fin de esta facultad es el de velar por el cumplimiento de las leyes. Para esto, el ejecutivo tiene la facultad de expedir disposiciones administrativas que complementen el entendimiento, aplicación o ejecución de las mismas.

FACULTAD PARA EXPEDIR DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS

Esta facultad permite al ejecutivo expedir decretos, acuerdos y órdenes que estén propiamente fundamentadas en la ley, cuyo objetivo es el de propiciar el cumplimiento de las disposiciones, así como de mejorar las relaciones entre países, gobernados y gobernantes.

FACULTADES DEL PODER JUDICIAL

Las autoridades locales, ya seas estatales o municipales, en tal calidad, no pueden en forma alguna intervenir o participar, ya que esta materia es de la competencia exclusiva del gobierno federal, que a través de sus diversos poderes, dependencias y entidades, regula esta actividad en todas sus facetas y modalidades.

DEPENDENCIAS

SECRETARÍA DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO (SHCP)

SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES (SRE)

COMISIONES

COMISIÓN DE COMERCIO EXTERIOR (COCEX)

COMISIÓN MIXTA PARA LA PROMOCIÓN DE LAS EXPORTACIONES (COMPEX)

COMISIÓN PARA LA PROTECCIÓN DEL COMERCIO EXTERIOR (COMPROMEX)

CONSEJO CONSULTIVO DE PRÁCTICAS DESLEALES COMERCIALES

Órgano de consulta y emisión de opiniones en relación a investigación sobre prácticas desleales de comercio internacional. Actua principalmente en la asesoría de asuntos de prácticas desleales del comercio y en medidas de salvaguarda. El CCPCI fue establecido por acierdo del secretario de la SECOFI (SE) su organización y función es publicado en el DOF el 26 de agosto de 1994.

Sesiones ordinarias

Una vez cada mes

Sesiones extraordinarias.

Cada vez que se emita convocatoria por asuntos
especificos o urgentes

ORGANISMOS DE COMERCIO EXTERIOR
DE CÁRACTER PRIVADO.

Particulares (sector empresarial) crean organismos especializados en el Comercio Internacional con el fin de despertar la conciencia exportadora, defender intereses comunes, proporcionar a sus asociados mayor capacitación e información en todas las materias relacionadas con el comercio exterior.

Asociación Nacional de Importadores y Exportadores de la República Mexican (ANIERM)

Consejo mexicano de comercio exterior (COMCE)

Confederación de asociaciones de agentes aduanales de la república Mexicana (CAAAREM)

INTITUCIONES FINANCIERAS DE REGULACIÓN Y APOYO AL COMERCIO EXTERIOR.

El financiamiento en las operaciones de comercio exterior es indispensable en todos los países, porque los importadores y exportadores carecen frecuentemente de capital para autofinanciar sus operaciones.

Banco de México

Banco de Comercio exterior