NIC 41 ACTIVIDAD AGRICOLA

INTRODUCCION

Los mercados globalizados han impulsado la armonización contable, y a tal efecto la Unión Europea incorporó las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) y las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF)1 en su normativa contable para establecer una referencia común en contabilidad y facilitar así la comparación de la información económico-financiera emitida por las empresas con el objetivo de conseguir un mercado financiero integrado . (Cañibano & Mora, 2013)

SE APLICA A

PRODUCTOS AGRICOLAS: Son los productos obtenidos de los activos biológicos de la entidad, pero sólo hasta el punto de su cosecha o recolección.

NO SE APLICA

• Los terrenos relacionados con la actividad agrícola (véanse la NIC 16 Propiedades, Planta y Equipo y la NIC 40 Propiedades de Inversión)

• Las plantas productoras relacionadas con la actividad agrícola (véase la NIC 16). Sin embargo, esta Norma, se aplicará a los productos de esas plantas productoras.

• Los activos intangibles relacionados con la actividad agrícola (véase la NIC 38 Activos Intangibles).

OBJETIVOS

El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable, la presentación en los estados financieros y la información a revelar en relación con la actividad agrícola.

Esta NIC 41 era necesaria por la ausencia de unas directrices contables en el ámbito de la agricultura2 , la creciente demanda de información financiera por parte de las entidades financieras que facilitaban recursos a las empresas agrarias, el incremento de la agricultura a nivel internacional y, en definitiva, la gran incidencia en la economía de la agricultura en muchos países (Vera, 2013)

ALCANCE

Esta Norma debe aplicarse para la contabilización de lo siguiente, siempre que se encuentre relacionado con la actividad agrícola:

a) activos biológicos, excepto las plantas productoras;

(b) productos agrícolas en el punto de cosecha o recolección

subvenciones del gobierno cubierta por los párrafos 34 y 35.

Topic flotante