Mecanismo orientadores y reguladores del proceso de atencion en salud

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Constitución política de colombia de 1991

Constitución política de Colombia de 1991

Artículos del 44 al 51

Los artículos mencionados son basados en la protección de un núcleo familiar o persona que se encuentra indefensa o tiene alguna discapacidad

Resolución 13437 de 1991

Todo paciente debe ejercer sin restricciones
por motivos de raza, sexo, edad, idioma,
religión, opiniones políticas o de cualquier
índole, origen social, posición económica o
condición social

Calidad y Prestaciones de servicios

Normas ISO

Son normas internacionales que toma en cuenta las actividades de una organización

Habilitación y acreditación

La resolución 1043 del 2006, habla del
proceso de habilitación para las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud

Seguridad social integral

Que es

Ley 100 de 1993

Es el conjunto de instituciones, normas y procedimientos, de que disponen la persona y la comunidad para gozar de una calidad de vida

Sistema general

Pensiones

Regimen

Riesgo Labores

Este Sistema es el encargado de proteger
a los trabajadores, de los accidentes o
enfermedades ocasionadas en la ejecución
de su trabajo

Seguridad social en salud

Régimen contributivo

Conjunto de normas que rigen la vinculación de los individuos y las familias al Sistema General de Seguridad Social en Salud, cuando tal vinculación se hace a través del pago de una cotización, individual y familiar, o un aporte económico previo financiado directamente por el afiliado o en concurrencia entre éste y su empleador.

Régimen subsidiado

Mecanismo mediante el cual la población más pobre, sin capacidad de pago, tiene acceso a los servicios de salud a través de un subsidio que ofrece el Estado.

Prestación de servicios

Niveles de complejidad

Nivel I. Médico general y/o personal
auxiliar, y otros profesionales de la salud.
Nivel II. Médico general con interconsulta,
remisión, y/o asesoría de personal
o recursos especializados.
Nivel III y IV. Médico Especialista con la
participación del médico general.

Normativa de poblacion

Ley de desplazados
Atencion a la tercera edad
Infancia y adolencia
Desmovilizacion e insertados
Encuesta prioritaria Sisben

Manejo de la historia clinica

Finalidad

La historia clínica tiene como finalidad
primordial recoger datos e información
sobre la condición somática, psíquica,
social, cultural, económica y medioambiental que pueden repercutir en la salud del individuo

Diligenciamiento de la historia
clínica

servivio al cliente

Todo lo anterior es importante conocerlo
puesto que la labor del auxiliar de
enfermería requiere del contacto directo
con el paciente

Régimen solidario de prima media
con prestación definida (RPM)

Modalidades de pension

a. Pensión por vejez.
b. Pensión por invalidez.
c. Pensión de sobrevivientes

Régimen de ahorro individual con
solidaridad

Nivel I

El primer nivel se caracteriza por la atención básica prestada por puestos y centros de salud; los hospitales locales, que cuentan con servicios de consulta externa y odontológica,urgencias y hospitalización,

Nivel II

Se caracteriza por la inclusión de otras especialidades del área de la medicina, en la consulta externa, urgencias y hospitalización

Nivel III

Presta los servicios de urgencias las 24 horas del día y cuenta con médicos y odontólogos generales. Además, cubre todas las especialidades y subespecialidades como cardiología, neurología, astroenterología, genética, imágenes diagnósticas, laboratorio

Nivel IV

Se especializa por tener tecnología de punta o áreas de atención específicas de subespecialidades incluyen diagnóstico y tratamiento

La historia clínica en Colombia está
reglamentada por la Resolución 1995 de
1999.

En forma clara, legible, sin tachones,
enmendaduras, intercalaciones, sin dejar
espacios en blanco y sin utilizar siglas.
Cada anotación debe llevar la fecha y
hora en la que se realiza, con nombre
completo del autor de la misma. Cada
folio debe numerarse en forma consecutiva

Requisitos de la historia clínica

Historia clínica única electrónica

La ley 1438 de 2011, que reformó el Sistema de Seguridad Social en Salud colombiano, estableció que la Historia clínica única electrónica será de obligatoria aplicación antes del 31 de diciembre del año
2013.

Confidencialidad
Veracidad
Exacta
Rigor técnico de los registros
Única
Legible

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