Resolución número 00912 de 2009 Titulo IV Planeación y Organización del servicio Policial

Artículo 124. Plan de Seguridad Ciudadana

Define acciones para desarticular la delincuencia y contrarrestar los hechos de violencia.

Artículo 129. Alcance de los cieps

Estos centros de información son fundamentales para determinar y orientar los planes de
seguridad hacia la prevención y disminución de los delitos

Artículo 134. Conformación

Al comité de vigilancia asistirán

Artículo 125. Aspectos a tener en cuenta en la elaboración de los Planes
de Seguridad Ciudadana

La elaboración de estos planes debe estar fundamentada en el reconocimiento de los factores
generadores de violencia y en información sobre los fenómenos delincuenciales

Artículo 132. Conformación

El centro automático de despacho estará conformado por:

Artículo 121. Planeación del Servicio

El Comandante de la unidad policial será el responsable de la planeación

Artículo 126. Implementación y seguimiento de los Planes de Seguridad

corresponde a las autoridades de Policía y se
desarrolla de manera conjunta a través de las Secretarías de Gobierno de los departamentos
y municipios

Artículo 130. Conformación

Artículo 122. Memoria local y Topográfica

Es un documento que sirve de insumo para la planeación y organización del servicio

Artículo 127. Área de Información Estratégica Policial (AINPO)

Es la dependencia de la Dirección de Seguridad Ciudadana encargada de brindar apoyo integral, sistemático y efectivo a la Dirección General,

Artículo 131. Centro Automático de Despacho “CAD”

Artículo 123. Definción de plan en el marco del Servicio de Policía

Un plan es un conjunto organizado y metódico de actividades

Artículo 128. Centro de Información Estratégica Policial Seccional (CIEPS)

Es la dependencia policial del Subcomando de Policía Metropolitana o Departamento de
olicía encargada de alimentar y mantener actualizadas las bases de datos

Artículo 133. Comité de Vigilancia