SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN LA SALUD

AFILIADOS

RÉGIMEN CONTRIBUTIVO

Personas vinculadas con:
* Contrato de trabajo
* Servidores Públicos
* Trabajadores Independientes
* Pensionados
* Jubilados
Todos estos con capacidad de pago.

RÉGIMEN SUBSIDIARIO
según el articulo 211

Personas sin capacidad de pago para cubrir
el monto de cotización

Sera la población mas pobre y vulnerable tanto
en el área rural como urbana

Sin capacidad de pago o personas desempleadas

CARACTERISTICAS

Orientacion, direccion, control y supervisión del servicio publico de salud por parte del gbierno

Todo ciudadano Colombiano debe estar afiliado al sgss-s y al plan obligatorio de salud.

Por cada persona afiliada, la entidad recibirá una unidad de pago por capacitación (UPC)

El afiliado tendrá la libertad de escoger su entidad prestadora del servicio de salud, según lo acordado por la ley 100

Se creara el Régimen Subsidiario para la población mas pobre del país.

FUNDAMENTOS

EQUIDAD: Igualdad de condición

OBLIGATORIEDAD: Afiliación a los trabajadores (EPS), y aquellos que no tengan recurso de pago para el sistema de salud (SISBEN)

PROTECCIÓN INTEGRAL: Brindar atención a la población en cualquier momento o situación de vida.

LIBRE ESCOGENCIA: El ciudadano tiene la opción libre de escoger que entidad sera la que le prestara el servicio de la salud

AUTONOMÍA DE INSTITUCIONES: Cada entidad según ley acordada, tendrá persona jurídica diferente y un patrimonio autónomo

PARTICIPACIÓN SOCIAL:Se estimulara la participación del ciudadano y se establecerán mecanismos de protección en todas las comunidades

CONCERTACIÓN: Acuerdo entre diversos agentes y empleacion de mecanismo formales como consejos nacionales, municipales, y departamentales.

CALIDAD. Seguimiento o control de calidad a los servicios de salud prestados.
* Toda entidad prestadora de salud deberá estar certificada ante las entidades de vigilancia.

OBJETO DEL SISTEMA

Establecer fundamentos, normas y obligaciones

Regular o controlar el servicio publico de la salud y el acceso a la poblacion

ORGANIZACIÓN - DIRECCIÓN

1) Ministro de Salud

2)Ministro de trabajo

3) Ministro de hacienda o
crédito publico

4) Representante departamental
y municipal de entidades de salud

5) 2 representantes de los
empleadores

6) 2 Representantes de loa
trabajdores

7) 1 Representante legal del
Instituto de Seguros Sociales

8) 1 Representante por cada
entidad promotora de Salud

9) 1 Representante por institución
prestadora de salud

10) 1 representante profesional de la
salud de la asociación mayoritaria

11) 1 Representanta de la Asociación
de usuarios del servicio de la salud.

CREADO POR LA LEY 100

Obliga a toda entidad promotora de salud, prestar su servicio de salud como derecho fundamental, según constitución

A ciudadanos con Nacionalidad del país y Extranjeros

Regulado por la LEY 1751 de 2015

Objetivo es garantizar el cumplimiento del derecho a la salud
junto con sus mecanismos de protección.

Kelly Johana Cañas Reinoso
ID: 635561
NRC: 792