Nombre, apellidos, edad, estado civil del fundador o fundadora en caso de ser una persona física y denominación o razón social y nacionalidad en caso de ser persona jurídica.
Voluntad de constitución, dotación, valoración, forma, y realidad de la aportación. Además de los estatutos y identificación de personas que la conforman con la aceptación del momento fundacional.
conjunto de organizaciones sin ánimo de lucro, donde los mismos creadores acotan su patrimonio
¿CÓMO SE CONSTITUYE?
Inter vivus, mediante escritura pública
Mortis Causa (testamento de requisitos)
NORMATIVA REGULADORA
Nivel estatal
a
Nivel autonómico
a
1º-Otorgamiento de la escritura fundacional e inscribirse en el correspondiente Registro de Fundaciones.
2º-El Patronato de la fundación realizará aquellos actos que sean fundamentales para la conservación de su patrimonio.
3º-Después de seis meses desde el otorgamiento de la escritura pública fundacional, se ha de recibir una respuesta por parte del Protectorado. Si esta respuesta no se recibe, no se puede llevar a cabo la creación de la fundación.
4º-Por último, el Protectorado procederá a nombrar nuevos patronos, con una previa autorización judicial, que asumirán la obligación de inscribir la fundación en el correspondiente Registro de Fundaciones.
Patronato
órgano de gobierno y de representación de una fundación.
Pasos para crearla:
Forman parte de él
mínimo de tres personas (patronos), que entre ellas elegirán a un/a presidente/a como representante; y un/a secretario/a, con voz, pero sin voto. Además de esto, los patronos ejercerán su cargo de forma gratuita.
Responsabilidades básicas
_Determinar el objetivo u objetivos de la organización. _Realizar sus acciones bajo el marco de la ley. _Seleccionar al director/a ejecutivo/a. _Apoyar al director/a ejecutivo/a y revisar su trabajo. _Asegurar una planificación efectiva de las actividades. _Asegurar la disponibilidad de los recursos necesarios. _Gestionar de manera eficiente los recursos disponibles. _Determinar y dar seguimiento a los programas y servicios de la institución.
Dotación necesaria para crearla
ESTATUTOS
Son las normas que rigen su forma de actuar y cómo se debe hacer.
Denominan e indican
-la entidad.
-los fines fundacionales.
-el ámbito territorial en el que va a desarrollar sus actividades.
-cuál es su domicilio.
-Cuál sería la composición del Patronato, las reglas para sustituir a sus miembros, y la forma de adoptar acuerdos.
Registro
Dependerá del Ministerio de Justicia
Informar de circunstancias
Concorde a otros registros públicos
Informa sobre los actos de las fundaciones inscritas a nivel estatal
Subtema
A nivel autonómico
A nivel estatal
PROTECTORADO
Dependerá del Protectorado
SE ENCARGA
Velar del correcto funcionamiento de la fundación.
Junto con los derechos y la legalidad
Las funciones son ejercidas por la Administración General del estado
Único Órgano administrativo
Inscripción de fundaciones de la Comunidad
Depósito y archivo de documentos
FUNCIONES
Informar al Registro de Fundaciones
Asesorar a las fundaciones del régimen económico, financiero...
Dar a conocer las actividades de la fundación
Cumplimiento de los fines fundacionales
Verificar los recursos económicos aplicados a los fines fundacionales.
Aprobar el acuerdo de extinción de una fundación en un plazo mayor a 3 meses.
Los bienes de esta extinción:
Cubrir las posibles deudas
Redirigirlo a otras fundaciones no lucrativas de interés general
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OBTENCIÓN Y DESTINO DE INGRESOS
Dentro de la Comisión de Cooperación
Las fundaciones pueden recibir ingresos de las actividades, cuando no límite a los beneficiarios
GASTOS
Carácter consultivo
Informa
Asesora
Integrados por servicios exteriores
Puede incluir el cumplimiento de los fines estatutarios
Plazo
Comunidades Autónomas
Formado por
Administración General del Estado
Fundaciones
Se adapta a las normas de estas
Aunque se basa en la ley
Inicio del ejercicio
4 años siguientes a su cierre
OBJETIVO
Deben ser destinados el 70%
Resultados de explotaciones económicas
Ingresos que se obtengan
El resto trata de incrementar la reserva
Promocionar
Fomentar
Ideas y la fundación
Pueden fusionarse con las fundaciones
Si tanto el fundador como el patronato aceptan en un plazo menor a tres meses
Comunidad Valenciana
PATRIMONIO DE LA FUNDACIÓN
a
CAPÍTULO IV Patrimonio de la fundación. artículos del 19 al 22 de la ley estatal
Actividades económicas, contabilidad, auditoría y plan de actuación.
a
CAPÍTULO V Funcionamiento y actividad de la fundación. Artículos 24 y 25 de la ley estatal