CLASIFICACION DE COMPAÑIAS
Compañía de 
responsabilidad 
Limitada
Es la que se contrae entre tres o más personas, que solamente responden por las obligaciones sociales hasta el monto de sus aportaciones individuales y hacen el comercio bajo una razón social o denominación objetiva.
Realizar las aportaciones a que 
se obligaron. Administrar la 
sociedad. No entorpecer la 
administración de la sociedad. 
Obligación de contribuir a las 
pérdidas(supercias, 2014)..
La compañía se constituirá con tres socios, 
como mínimo. La compañía de 
responsabilidad limitada no podrá 
funcionar como tal si sus socios exceden del 
número de quince, si excediere de este 
máximo, deberá transformarse en otra 
clase de compañía o disolverse.
La constitución del capital o 
su aumento no podrá llevarse 
a cabo mediante suscripción 
pública (supercias, 2014).
Poseer un capital mínimo 
de $400 para compañía 
limitada
Las personas comprendidas en el 
Art. 7 del Código de Comercio no 
podrán asociarse en esta clase de 
compañías(supercias, 2014)..
La compañía de responsabilidad 
limitada es siempre mercantil, pero 
sus integrantes, por el hecho de 
constituirla, no adquieren la calidad 
de comerciantes(supercias, 2014)..
El capital de la compañía estará formado 
por las aportaciones de los socios y no 
será inferior al monto fijado por el 
Superintendente de Compañías. Estará 
dividido en participaciones expresadas en 
la forma que señale el Superintendente 
de Compañías
El capital de la compañía estará formado 
por las aportaciones de los socios y no 
será inferior al monto fijado por el 
Superintendente de Compañías. Estará 
dividido en participaciones expresadas en 
la forma que señale el Superintendente 
de Compañías
SOCIEDAD ANONIMA
Es una compañía cuyo capital, dividido en acciones negociables, está formado por la aportación de los 
accionistas que responden únicamente hasta el monto de sus 
acciones
La única obligación que tienen los 
socios es la de cubrir, al ente 
social, el monto de su aportación 
en el plazo convenido. En caso de 
falta, la sociedad podrá reclamarla 
judicialmente, o incluso venderla
(supercias, 2014).
La compañía se constituirá 
mediante escritura pública que, 
previo mandato de la 
Superintendencia de Compañías, 
será inscrita en el Registro 
Mercantil (supercias, 2014)..
Poseer un capital mínimo de
$800 para una compañía 
anónima
Para intervenir en la formación de una 
compañía anónima en calidad de promotor o 
fundador se requiere de capacidad civil para 
contratar. Sin embargo, no podrán hacerlo 
entre cónyuges ni entre padres e hijos no
(supercias, 2014).
La compañía podrá establecerse con el 
capital autorizado que determine la 
escritura de constitución. La compañía 
podrá aceptar suscripciones y emitir 
acciones hasta el monto de ese capital.
Para la constitución del capital 
suscrito las aportaciones pueden 
ser en dinero o no, y en este 
último caso, consistir en bienes 
muebles o inmuebles(supercias, 
2014)..
Para formar una compañía anónima 
deben constituirse con un mínimo de dos 
accionistas, la ley no fija un máximo.
