Sistema Interamericano de Derechos Huma...- Mapa Mental

Sistema Interamericano de Derechos Humanos

Creado por la Organización de Estados Americanos (OEA)

Regido por la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre (1948) y la Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969)

Este sistema funciona a la par del principio de subsidiariedad

Vía no contenciosa

Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)

Funciones

Política

Recibimiento de denuncias por violaciones a DDHH reconocidos en la CADH

Etapas del procedimiento

Etapa de admisibilidad de la petición presentada

Sometimiento de un caso por violaciones a DDHH por un Estado Miembro o por la CIDH

En esta etapa la CIDH analiza su propia competencia para conocer del caso y declara admisible o inadmisible la petición

Análisis de competencia

Competencia ratione temporis

Solo se pueden alegar violaciones a DDHH respecto de hechos ocurridos con posterioridad a la firma de entrada a la CADH del Estado

La excepción a la exigencia de la revisión de un caso que no cumple con la competencia ratione temporis son aquellos hechos que continúan aún después de haber sido cometidos como lo son las desapariciones forzadas

Competencia ratione personae

Capacidad que se tiene para presentar una petición ante la CIDH

Legitimación activa

Cualquier persona o grupo de personas así como las organizaciones no gubernamentales legalmente reconocidas en Estados Miembros pueden presentar una petición

Legitimación pasiva

Los Estados que hayan ratificado la DADH o la CADH podrán ser demandados por la violación a sus disposiciones

Competencia ratione loci

Las violaciones alegadas a DDHH deben haber sido cometidas en el territorio del Estado demandado

Competencia ratione materiae

La petición por los hechos alegados debe ser referente a DDHH reconocidos en la CADH o en los demás instrumentos del SIDH

Se deberá analizar si el Estado Parte habrá hecho reservas sobre alguna disposición respecto a algún derecho al momento de firmar el tratado

Análisis de excepciones preliminares

Interposición y agotamiento de los recursos de jurisdicción interna del Estado

Presentación de la petición dentro del plazo de 6 meses a partir de que la presunta víctima haya sido notificado de la decisión definitiva

La materia de la petición no debe de estar pendiente de otro procedimiento de arreglo internacional

La petición debe contener nombre, nacionalidad, profesión, domicilio y firma de quien o quienes alegan presuntas violaciones a sus DDHH

Excepción al cumplimiento de este requisito

Cuando se justificare que no fue posible identificar a las presuntas víctimas por violaciones masivas de DDHH

Etapa de fondo

La CIDH analizará las observaciones hechas por escrito por el Estado respecto de la petición presentada por las presuntas víctimas

Se propondrá la posibilidad de que las partes recurran a una solución amistosa

La Corte tras analizar los argumentos de ambas partes podrá emitir un informe de fondo sobre sus consideraciones respecto de los hechos alegados

El informe de fondo declara que el Estado no ha violentado ningún derecho humano

El informe de fondo contendrá las recomendaciones que considere pertinentes la CIDH

Hacer cesar los actos violatorios de DDHH

Esclarecer los hechos y llevar a cabo una investigación oficial

Reparar los daños ocasionados

Introducir ordenamientos al orden legal

Política

Realización de visitas in loco

Preparación de informes acerca de la situación de DDHH en los Estados Miembros

Vía Contenciosa

Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH)

Funciones

Mecanismo contencioso

Análisis para determinar si un Estado ha violado ya sea por acción u omisión derechos humanos

Etapas del procedimiento

Etapa preliminar mediante el sometimiento de un caso por violaciones a DDHH por un Estado Miembro o por la CIDH

Verificación de la ratificación de la competencia contenciosa de la CorteIDH por el Estado Miembro

Análisis preliminar

Revisión de excepciones preliminares que interponga el Estado

Interposición y agotamiento de los recursos de jurisdicción interna del Estado

Presentación de la petición dentro del plazo de 6 meses a partir de que la presunta víctima haya sido notificado de la decisión definitiva

La materia de la petición no debe de estar pendiente de otro procedimiento de arreglo internacional

La petición debe contener nombre, nacionalidad, profesión, domicilio y firma de quien o quienes alegan presuntas violaciones a sus DDHH

Excepción al cumplimiento de este requisito

Cuando se justificare que no fue posible identificar a las presuntas víctimas por violaciones masivas de DDHH

Análisis de competencia

Competencia ratione temporis

Solo se pueden alegar violaciones a DDHH respecto de hechos ocurridos con posterioridad a la firma de entrada a la CADH del Estado

La excepción a la exigencia de la revisión de un caso que no cumple con la competencia ratione temporis son aquellos hechos que continúan aún después de haber sido cometidos como lo son las desapariciones forzadas

Competencia ratione personae

Capacidad que se tiene para presentar una petición ante la CIDH

Legitimación activa

Cualquier persona o grupo de personas así como las organizaciones no gubernamentales legalmente reconocidas en Estados Miembros pueden presentar una petición

Legitimación pasiva

Los Estados que hayan ratificado la DADH o la CADH podrán ser demandados por la violación a sus disposiciones

Competencia ratione loci

Las violaciones alegadas a DDHH deben haber sido cometidas en el territorio del Estado demandado

Competencia ratione materiae

La petición por los hechos alegados debe ser referente a DDHH reconocidos en la CADH o en los demás instrumentos del SIDH

Se deberá analizar si el Estado Parte habrá hecho reservas sobre alguna disposición respecto a algún derecho al momento de firmar el tratado

Etapa de fondo respecto de las violaciones alegadas a DDHH

Posteriormente al estudio de las excepciones preliminares del Estado acompañadas se tienen dos vías

Se procederá a la presentación en audiencia pública ante la CorteIDH de los argumentos tanto del Estado como de las presuntas víctimas

Acompañarán sus argumentos finales escritos con sus pruebas

Observaciones de ambas partes sobre las pruebas presentadas

Todos estos elementos serán analizados por los jueces de la CorteIDH

Cualquier persona o institución podrá presentar un escrito en el que proponga una solución al caso

Etapa conclusiva mediante la cual se emite la determinación de la CorteIDH

Una vez analizados los argumentos y pruebas de ambas partes dentro del proceso el quorum para las deliberaciones será de cinco jueces de los siete que componen la CorteIDH

Se declara responsable internacionalmente al Estado demandado

Serán establecidas las obligaciones derivadas de la responsabilidad estatal declarada

Medidas de reparación

Medidas de satisfacción

Medidas de indemnización

Garantía de no repetición

Se declara la no responsabilidad internacional del Estado demandado

Termina el proceso

Mecanismo consultivo

Interpretación de los derechos humanos reconocidos en la CADH o de otros instrumentos del SIDH solicitada por los Estados Miembros o por la CIDH

Mecanismo de medidas provisionales

Solicitud que se hace para que la CorteIDH dicte medidas en casos de extrema gravedad y urgencia cuando sea necesario para evitar daños irreparables a las personas en sus DDHH

Mecanismo de supervisión de cumplimiento de sentencias

Seguimiento que la CorteIDH da al Estado declarado responsable internacionalmente respecto de su sentencia emitida

Excepciones al cumplimiento de estos requisitos

Inexistencia de legislación interna para la protección de los DDHH que se alegan violados

Que no se haya permitido a la presunta víctima el acceso a los recursos de jurisdicción interna o le haya sido impedido agotarlos

Existencia de un retardo injustificado en la resolución de los recursos interpuestos

Independientemente del análisis que haya realizado la CIDH en su etapa de admisibilidad, la CorteIDH tiene la facultad de determinar su propia competencia y admisibilidad del caso

Excepciones al cumplimiento de estos requisitos

Inexistencia de legislación interna para la protección de los DDHH que se alegan violados

Que no se haya permitido a la presunta víctima el acceso a los recursos de jurisdicción interna o le haya sido impedido agotarlos

Existencia de un retardo injustificado en la resolución de los recursos interpuestos

Una vez que la CIDH resuelve tanto su competencia como la admisibilidad del caso emite un informe de admisibilidad

La sentencia emitida por la CorteIDH es definitiva y no admite ningún recurso en contra, las partes únicamente podrán solicitar la interpretación de la sentencia

En caso de que el Estado no cumpla con las recomendaciones emitidas, la CIDH podrá remitir el caso ante la CorteIDH en un plazo menor a 3 meses a partir de emitida su determinación

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