CALIFICACIÓN DE ORIGEN Y PERDIDA
DE CAPACIDAD LABORAL

Decreto 1507
12 de agosto de 2014
Por el cual se expide
el manual para la
calificación de la perdida
de la capacidad laboral y
ocupacional.

Considerando

Mediante el decreto 692 de 1995
que fue derogada por el decreto
917 de 1999, por el cual se
adopto un nuevo manual único
para la calificación de invalidez.

El cual

Es necesario adoptar
y así tener un lenguaje
unificado y estandarizado,
para valoración del daño
con un enfoque integral.

Calificación de la perdida
de la capacidad laboral y
ocupacional. (estructura)

A. Clase de deficiencia, la
tabla más alta contiene 5
columnas, hay algunas con
solo 3.
B. porcentaje de deficiencia
0 a 100%.
C. Criterio de deficiencia:
1. Historial clinico
2. Examen fisico
3. Estudios clínicos o resultados
de pruebas objetivas.
4. antecedentes funcionales
o evaluación.

Definiciones para este decreto

Algunas son

Capacidad ocupacional:
Calidad de como una persona
lleva a cabo, las actividades
de la vida cotidiana y
ocupaciones.

Capacidad laboral:
Termino genérico, que
incluye las categorías
de enfermedad (aguda
o crónica), trastorno,
traumatismo y lesión.

Deficiencia:
Alteración de las funciones
fisiológicas o corporales de
una persona.

Incapacidad permanente
parcial: Es la disminución
definitiva, igual o superior
al 5% e inferior al 50% de
la capacidad laboral u
ocupacional de una persona.

Invalidez:
Perdida de la capacidad
laboral u ocupacional igual
o superior al 50%.

Minusvalia:
Toda situación desventa_
josa, para un individuo
determinado.

Accidente de trabajo
Ley 1562, 11 de julio de 2012

Articulo 4

Todo suceso repentino
que sobrevenga por causa
o con ocación del trabajo,
que produzca una lesión
orgánica, una perturbación,
una invalidez o muerte.

Si ocurre algo durante el
traslado de trabajadores
o contratistas desde su
residencia al trabajo o
viceversa, si el transporte
dado por el empleador.

Subtema

En ejecución de algo
ordenado por el
empleador, aun fuera
de lugar y horas de
trabajo.

Cuando el trabajador
ejerce una función
sindical, aunque este
de permiso.

En actividades recreativas,
culturales o deportivas,
en representación del
empleador o la empresa,
cuando se trata de trabaja_
dores de empresas de
servicios temporales en
misión.

Enfermedad laboral

Es

Contraida por exposición
a factores de riesgo
inherentes a la actividad laboral
o del medio en el que el trabajador
se ha visto obligado a trabajar.

Decreto 1477, 5 de agosto de 2014
Por la cual se expide la tabla de
enfermedades laborales.

El gobierno nacional, de acuerdo
a la tabla de enfermedades
laborales, decidirá si lo es o no,
si no figura en esta, pero es
demostrado que ciertamente es
una enfermedad laboral, será
reconocida como tal.

Cada 3 años
será actualizada
la tabla de
enfermedades.

Tiene doble entrada

1. Agentes de
riesgo, para facilitar
la prevención de
enfermedades en las
actividades laborales.

2. Grupos de
enfermedades, para
determinar el
diagnostico médico en los
trabajadores afectados.

Determinación de la
causalidad

La presencia de un factor
de riesgo en el sitio de
trabajo, de acuerdo a las
condiciones de tiempo,
modo y lugar, de no
existir, el empleador debera
realizar la reconstrucción
de la historia ocupacional y
de la exposición del trabajador.

El trabajador

Podrá aportar las
pruebas que considere
pertinentes.

Secció 1: Agentes etiológicos

Sección 2:
Parte A: Enfermedades
laborales directas

Parte B: Enfermedades clasificadas
por grupos o categorías.