1) El derecho a una justicia accesible, oportuna y gratuita.
3) El derecho a que se presuma su inocencia y a ser tratado como tal, mientras no se haya declarodo culpable,
5) Ninguna persona puede ser juzgado dos veces por una misma causa.
7) Ninguna persona podrá ser Juzgada sino conforme a leyes preexistente al acto que se le imputa, ante un juez o tribunal competente y con observancia de la plenitud de la formalidades propia de cada juicio.
9) Toda sentencia puede ser recurrida de conformidad con la ley. El tribunal superior no podrá agravar la sanciones impuesta cuando solo la persona condenada recurra la sentencia.
2) El derecho a ser oída, dentro de un plazo razonable y por una jurisdicción competente, e imparcial, establecida con anterioridad por la ley.
4) El derecho a un juicio publico, oral y contradictorio, en plena igualdad y con respeto al derecho de defensa.
6) Nadie podrá ser obligado a declarar contra sí mismo.
8) Es nula toda prueba obtenida en violación a la ley.
10) Las normas del debido proceso se aplicaran a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas,
Constitución de la Republica Dominicana
DE LAS GARANTIA A LOS DERECHOS FUNDAMENTALES
Articulo 69 ,- Tutela judicial efectiva y debido proceso