También se considera delincuencia organizada la actividad realizada por una sola persona actuando como órgano de una persona jurídica o asociativa, cuando el medio para delinquir sea de carácter tecnológico, cibernético, electrónico, digital, informático o de cualquier otro producto del saber científico aplicados para aumentar o potenciar la capacidad o acción humana individual y actuar como una organización criminal.
Es de estricto orden publico porque son delitos que atentan en contra de la sociedad, la moral y las buenas costumbres.
Articulo 28 LOCDOFT Cuando los delitos previstos en la presente Ley, código Penal y demás leyes especiales sean cometidos o ejercutados por un grupo de delincuencia organizada, la sanción será incrementada en la mitad de la pena aplicable
1)Tráfico y comercio ilícito de materiales estratégicos.
2)Legitimación de capitales, asociación. Tráfico y fabricación ilícita de armas.
3)Manipulación genética ilícita, trata, inmigración tráfico ilegal de personas.
4)Sicariato, obstrucción de justicia.
5)Elaboración, utilización de niños y difusión de pornografía.
6)Obstrucción de libertad de comercio, fabricación de monedas o títulos de crédito público.
7)Terrorismo y su financiamiento.
Previa solicitud del ministerio público y si la situación lo amerita, el juez de control podrá autorizar la intercepción, grabación o interrupción de telecomunicaciones para fines de la investigación penal. Todo esto en concordancia de la ley sobre protección a la privacidad.
Si el imputado colabora eficaz y diligentemente con la investigación aportando información esencial para frenar la continuación del delito La pena se rebajara de un tercio a la mitad cuando aporte información suficiente que permita la incautación de cantidades considerables de sustancias ilegales y se mantendrá la reserva de identidad del imputado