ACTIVIDAD DE APREDIZAJE 2: CONTRATO LABORAL

INTEGRANTES:
• Luis Vallejo Barrios
• Gabriela Vargas Moreno
• Heicy Rincon Cespedes

1.Concepto Contrato de trabajo.
Es un acuerdo mediante el cual una persona natural brinda un servicio por medio de su trabajo a una persona natural o jurídica , en la cual se establece una subordinación mediante una remuneración o retribución de acuerdo a la convenido entre las partes

2.Las partes intervinientes en una relación laboral.
Las relaciones laborales se brindan al momento de se pacta un contrato de trabajo sea escrito o verbal

SUBORDINACION
Esta hace referencia al derecho que tiene de impartirle ordenes al empleador al empleado siempre y cuando se mantenga el reglamente interno de trabajo

REMUNERACION
Esta corresponde al pago de los servicio ofrecidos por medio del contrato de trabajo .


Dicha remuneración puede ser en calificada en dinero o algún tipo de compensación no monetaria.

PRESTACION DE SERVICIOS
Esta prestación de servicios se brinda mediante un contrato escrito y verbal y allí se determinan las condiciones para ejercer un servicio por medio de una retribución económica

3.Elementos que componen el contrato de trabajo.
El artículo 23 del código sustantivo del trabajo señala los tres elementos que contiene un contrato de trabajo, que son:

La prestación personal del servicio.
La persona contratada es la que debe laborar, así lo señala el artículo 23 del código sustantivo del trabajo

La continuada subordinación.
La subordinación define la existencia de un contrato laboral.

Retribución
Dicha retribución corresponde al pago de un salario por la prestación personal del servicio.

4.Concepto contrato realidad.
Dicho contrato hace referencia a el contrato que no se formalizo pero se considera que existe un vinculo laboral por las actividades desarrolladas por el colaborador.
La ley expresa " primara la realidad de la relación contra actual frente a cualquier formalidad"

Art. 24 CST

PROVIDENCIA

SENTENCIA T-480/16 - 2016/09/01

LAS PARTES

MADRES COMUNITARIAS & ICBF

HECHOS RELEVANTES

Lograr de mano con la justicia que se tenga en cuenta el contrato laboral; ya no es hora de la informalidad en las partes, todos tenemos nuestros derechos y deberes y más cuando se firma un contrato laboral.

DERECHOS A ESTUDIAR

Se evidencia el derecho al trabajo, el contrato de realidad debido a que este mismo no se formaliza, pero si existe un vínculo laboral teniendo en cuenta que se están realizando labores, el marco importante es tener la plena certeza de si el empleado tiene derecho a sus prestaciones sociales establecidas por la ley

PROBLEMA LEGAL

Desde enero del 2014, si una madre comunitaria no cuenta con su seguridad social y contrato formal firmado por el ICBF se realizará un tema jurídico, ya que, están vulnerando sus derechos de acuerdo con lo que informa la ley. Debido a que, ya no se maneja de forma comunitaria como en algún momento se llamó

Mujeres sin ninguna protección social, de vejez, de caja de compensación el cuál se tiene en cuenta en el contrato laboral que se estipuló para estas colaboradoras al cuidado de niños

TESIS (EXLICACIÓN)

Tener este caso como ejemplo, nos da la oportunidad de reconocer un contrato de trabajo de realidad e identificar cada uno de los factores a mejorar y los derechos que se deben cumplir a cabalidad, adicional la posibilidad de remunerar a cada trabajador los pagos faltantes durante estos periodos

Reconocer y darle valor al trabajo realizado por las madres comunitarias en el caso estudiado, resaltando que, ninguna empresa o entidad puede encargar labores sin tener en cuenta las normas establecidas por la ley donde cada colaborador, debe tener remuneraciones justas y completas por los servicios prestados y todo debe estar totalmente legalizado y pagado ante los entes autorizados

CONCLUSIÓN

De acuerdo con el caso evaluado es importante para cada colaborador revisar cada una de las condiciones, actividades, derechos y deberes de la empresa donde se está presentando a ejercer labores, sin excepciones a que sea privada o pública, el reconocimiento y lectura del contrato hace que cada una de las pautas queden claras desde un inicio y de este modo evitar problemas e inconformidades a lo largo del desarrollo de este

5. Clases de contratos forma y duración

Término fijo
Duración máxima del contrato: Su duración máximo es de tres años, la notificación de la no continuidad por parte del empleador debe notificarse al empleado en un tiempo no superior a 30 días o de lo contrario este será renovado automáticamente o también existe la posibilidad de darse la terminación voluntariamente.

Término indefinido
Duración máxima del contrato: Para el contrato a termino indefinido no existe una linea de tiempo esta puede darse de forma voluntaria , sin embargo existe dos variables pata la posible terminación tales como:


-Terminación del contrato por justa causa.

-Terminación del contrato sin justa causa.

-Terminación del contrato de trabajo por cumplimiento de requisitos para acceder a la pensión.

Trabajo ocasional, accidental o transitorio
Duración máxima del contrato: La duración del contrato es máximo de un mes y sus actividades deben ser distintas a las que normalmente desarrolla el empleador.

Obra labor
Duración máxima del contrato: Este contrato se celebra es por una labor específica y termina en el momento que la obra llegue a su fin, sin embargo la empresa debe garantizar que este si sea por una labor determinada.

Contrato civil o por prestación de servicios
Duración máxima del contrato: Este contrato se celebra entre una forma natural o jurídica , esta no obliga a ninguna de las partes a pagar prestaciones sociales y la duración es por común acuerdo .

Aprendizaje
Duración máxima del contrato: Contrato especial que busca la formación académica teórico practica de los estudiantes.


Cito: "El valor de la remuneración depende de si el practicante es universitario o no, de ser universitario tiene derecho a un salario que debe ser superior o igual al mínimo y si el practicante no es universitario tendrá como base de pago un salario por debajo del mínimo."

6.Ejemplos

TERMINO FIJO
Este tipo de contrato puede ser utilizado en el personal de secretariado de una universidad ya que su periodo esta contemplado en semestres académicos .

TERMINO INDEFINIDO
El termino indefinido puede ser aplicado en cargos jerárquicos que no impliquen alto grado de rotación.

OCASIONAL , ACCIDENTAL O TRANSITORIO
CARGOS : Arreglos locativos, reparaciones etc.

OBRA LABOR
Normalmente utilizado en empresas de ingeniería , montajes y/o eventos.

CIVIL O PRESTACION DE SERVICIOS
Normalmente utilizado en las empresas de asesorías, transportes etc.

APRENDIZAJE
Estudiantes técnicos, tecnólogos o profesionales que tengan practicas empresariales como requisito de grado.

7. Periodo de prueba

TERMINO FIJO: El período de prueba no puede exceder de dos (2) meses en caso de que la contratación se de en máximo un periodo de una año el periodo de prueba equivaldrá a una quinta parte del término contratado

TERMINO INDEFINIDO: El período de prueba no puede exceder de dos (2) meses.

OCASIONAL,ACCIDENTAL O TRANSITORIO: La duración estará brindada únicamente por la duración no esté determinada por la de la obra

OBRA LABOR: La duración estará brindada únicamente por la duración no esté determinada por la de la obra o labor.

CIVIL O PRESTACION DE SERVICIOS: No cuenta con un periodo de prueba

APRENDIZAJE: Se presume que los primeros 15 días corresponden al periodo de prueba.

8. Indemnizaciones

TERMINO FIJO
La indemnizacion debe pagarse en referencia al equivalente al pago de los días de salario que falten para terminar el contrato.


Ejemplo si el contrato se celebro el 25 de Mayo del 2019 y deciden terminar el contrato el 30 de octubre de 2019, este debe pagar los seis meses restantes correspondientes al tiempo que falta para culminar el tiempo pactado al momento de la firma del contrato.

TERMINO INDEFINIDO
Trabajador < (1) año se le pagara (30) días de salario.

Trabajador > (1) año se le pagara (30) días +(20) días de salario.

Trabajador devengue (+10 SMLV) (20) días de salario < (1) año.

Trabajador devengue (+10 SMLV) (15) días de salario y % a la fracción del tiempo laborado > (1) año.

OCASIONAL,ACCIDENTAL O TRANSITORIO
La liquidación se mide por la duración del periodo contratado, ejemplo la duración en días que falte para terminar el estado de una obra civil.

OBRA LABOR
Se mide en los días que falten para terminar la obra o labor contratada , esta por ningún motivo debe ser inferior a 15 días.

CIVIL O PRESTACION DE SERVICIOS
La liquidación se mide por la duración del periodo contratado, ejemplo la duración en días que falte para terminar el estado de una obra civil.

APRENDIZAJE
Lo único que se contemplan en la liquidaciones el auxilio o apoyo de sostenimiento pendiente de pago a la fecha de retiro, ya que no goza por el tipo de contrato de los demás rubros tal como son pensión, vacaciones, etc.

BIBLIOGRAFIA
Contrato de trabajo. Sus tipos, clases y formas. Gerencie .com (2019) . Recuperado en https://www.gerencie.com/contrato-de-trabajo.html

Formas de contratación en Colombia. El empleo. (2010) . Recuperado en https://www.elempleo.com/co/noticias/tendencias-laborales/formas-de-contratacion-en-colombia-3786

Material de estudio . Normatividad laboral UMB.