Es una de las ramas del derecho, el derecho mercantil (también conocido como derecho comercial) es aquella dedicada a regular las relaciones entre las personas, los contratos y las acciones de comercio
Estatuto jurídico del empresario o comerciante. Incluyendo el régimen general de la empresa, del establecimiento mercantil y sus negocios, los regímenes de publicidad (Registro Mercantil y otros), el régimen de la contabilidad y sus normativas de desarrollo, la responsabilidad del empresario, representación en el ejercicio del comercio, etc.Derecho de la Competencia: Libre Competencia y Competencia Desleal. Regula las normas de ejercicio del comercio, el régimen de los monopolios, las sanciones pertinentes, así como los ilícitos cometidos en el mercado, derivantes en su caso de delito.Derecho de la Propiedad Industrial, conformado por el Derecho de marcas, patentes y modelos de utilidad, diseños industriales, etc.Derecho de Sociedades o Societario, encargado de establecer los distintos regímenes jurídicos de todas las sociedades caracterizadas como mercantiles, su fundación, disolución, funcionamiento interno, sus modificaciones estructurales (fusiones, escisiones…), etc.
La idea que subyace es la necesidad de distinguir casos concretos, en la medida que en los negocios jurídicos, contratos y obligaciones poseen estatutos jurídicos diferenciados: de Derecho civil o de Derecho mercantil
El escenario económico internacional está dominado por las intervenciones del estado a todos los niveles. Leemos diariamente acerca de disputas respecto de la manipulación de los tipos de cambio, aranceles proteccionistas seguidos por aranceles en represalia, bloques de libre comercio altamente regulados, acuerdos bilaterales de comercio y más.
Una relación jurídica, por lo tanto, cuenta con sujetos (las personas jurídicas o naturales que se vinculan), contenidos (los derechos y las obligaciones repartidas entre estas personas) y un objeto (un fragmento de la realidad social que es determinado por la relación en cuestión). Respecto a los sujetos, hay personas a las que se les asignan derechos y otras que asumen obligaciones respecto al cumplimiento de dichos derechos.
Profesionalidad:Se aplica a los comerciantes en su actividad profesional.Simplicidad o sencillez forma:Exigen ausencia de formalismos innecesarios así como normas que toleren la rapidez de los negocios.Tipicidad:Por ser los negocios en masa, regularmente se uniforman en una forma típica, mediante formulario sencillos.Adaptabilidad:Debido a la dinámica de las relaciones mercantiles y a la creatividad de los comerciantes de impulsar de las más diversas formas el comercio, el DM se va adecuado a los cambios que se dan en el marcado.De seguridad al tráfico jurídico:La mayoría de los contratos no requieren la legalización de firmas u otra forma especial para otorgarse con algunas excepciones muy especiales.
COMERCIO INTERNACIONAL. Se refiere a las relaciones de intercambio de bienes y servicios, que establecen los países entre si, a nivel de la economía mundial. Es uno de los elementos que caracterizan las relaciones económicas internacionales.L
Comercio internacional. Se refiere a las relaciones de intercambio de bienes y servicios, que establecen los países entre si, a nivel de la economía mundial. Es uno de los elementos que caracterizan las relaciones económicas internacionales.
aEl valor de mercado es el valor que un producto (bien o servicio) tiene como consecuencia de la aplicación de la ley de la oferta y la demanda, es decir, lo que normalmente pagaría un comprador por ese producto en condiciones normales de mercado.
El comercio es una de las actividades económicas más viejas y clásicas que practica la humanidad para lograr de ella un rédito económico. A partir del mismo y abonando el correspondiente valor asignado, es plausible el intercambio de bienes, de valores y hasta de servicios, que por un lado satisfarán las necesidades de un consumidor y por el otro le reportarán un rédito económico a quien las vende, comercializa.
aEJEMPLOS DE ACTOS DE MERCADOS 1.Compra de vivienda
Se refiere a toda vivienda que sea negociada entre dos partes. En este acto el propietario (quien vende) obtiene beneficios del bien, producto de la especulación.
2- Compra de vehículo
Adquirir un vehículo nuevo a través de un concesionario. En este caso el intermediario es quien recibe una ganancia.S
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