La confesión
La declaración que hace una parte sobre los hechos propios, o el conocimiento que tiene de los hechos ajenos, y que le perjudican o favorecen a la contraparte
Cuando un testimonio emana de un tercero, se considera como un testigo pero si proviene de una de las partes en el juicio se presenta la prueba de confesión
La confesion tiene su fundamento en el articulo 1400 al 1405 del Codigo Civil
Requisitos
Requisitos de existencia
Dada la finalidad y las consecuencias de la confesión se requiere en el confesante la capacidad necesaria para obligarse
Tiene que tener por objeto hechos
Los hechos sobre los cuales versa la confesión tienen que considerarse favorables para la parte contraria
La confesion debe radican en hechos personales del confesante o sobre su conocimiento de hechos ajenos
Requisitos de validez
La plena capacidad del confesante, es decir que el sujeto que realiza la confesión tenga capacidad para ejecutar actos procesales
Libre voluntad del confesante o ausencia de coacción
El cumplimiento de las formalidades procesales de tiempo, lugar y modo
Que no exista causal de nulidad que vicie la confesión
Requisitos de eficacia probatoria
La disponibilidad objetiva del derecho o de la obligación que se deduce del hecho confesado.
la legitimacion para el acto por parte del representante o apoderado
El hecho confesado debe ser pertinente para el proceso
El hecho confesado no puede ser contrario a otro que goce de notoriedad
Se divide en
Judicial y extrajudicial
La confesion judicial es aquella hecha por la parte o por su apoderado dentro de los límites del mandato, ante un juez. La extrajudicial se trata de aquella que se realiza fuera del proceso, a la parte misma o a quien la representa como tambien a un tercero
Expresa y ficta
De acuerdo que el confesante concurra a prestar la declaracion cumpliendo el mandato del Tribunal o que sea remiso a él, obligando a darlo por confeso
Tacita
se reconoce de forma implicita como exacto el punto interrogado
Simple y calificada
Si el sujeto de forma expresa reconoce los hechos sin dar explicaciones o si lo hace dando una explicación a favor o en contra
Compleja
se expresan varios hechos, uno modificativo o extintivo del otro
Valor probatorio
La confesión prueba contra el que la presta
Dentro de la naturaleza propia de esta prueba, está que con ella se persigue que el que confiese admita un hecho que le perjudique