NOM-001-STPS-2008, Edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo Condiciones de seguridad.
OBJETIVO
Establecer las condiciones de seguridad de los edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de 
trabajo para su adecuado funcionamiento y conservación, con la finalidad de prevenir riesgos a los 
trabajadores.
OBLIGACIONES DEL PATRON
Conservar en condiciones seguras las instalaciones de los centros de trabajo, para que no representen 
riesgos.
Realizar verificaciones oculares cada doce meses al centro de trabajo para identificar condiciones inseguras y reparar los daños encontrados
Efectuar verificaciones oculares posteriores a la ocurrencia de un evento que pudiera generarle daños 
al centro de trabajo
Contar con sanitarios limpios y seguros para el servicio de 
los trabajadores
Contar con lugares reservados para el consumo de alimentos
Contar, en su caso, con regaderas y vestidores, de acuerdo con la actividad que se desarrolle en el 
centro de trabajo o cuando se requiera la descontaminación del trabajador
Proporcionar información a todos los trabajadores para el uso y conservación de las áreas donde 
realicen sus actividades en el centro de trabajo
REQUISITOS DE SEGURIDAD DEL CENTRO DE TRABAJO
Los edificios y elementos estructurales deben soportar las 
cargas fijas o móviles de acuerdo a la naturaleza de las 
actividades que en ellos se desarrollen, considerándose los 
eventos naturales así como los incidentes que pueden 
afectarlos.
TECHOS
Ser de materiales que protejan de las 
condiciones ambientales externas
Utilizarse para soportar cargas fijas o móviles, sólo si fueron diseñados o reconstruidos para estos fines
Permitir la salida de líquidos, soportar las condiciones normales de operación
PAREDES
Deben contar con medidas de seguridad 
como protección y señalización de las 
zonas de riesgo
Las caras interiores deben mantenerse  
en colores que eviten la reflexión de la  
luz
PISOS
Mantenerse en condiciones que no generen riesgos de 
trabajo.
Ser llanos en las zonas para el tránsito de las personas
Evitar estancamientos de líquidos para no generar riesgos de 
caídas o resbalones
Contar con protecciones como cercas provisionales o 
barandales desmontables, de una altura mínima de 90 cm
Contar con señalización donde existan riesgos por cambio de nivel, o por las 
características de la actividad o proceso que en él se desarrolle.
ESCALERAS
El peralte debe ser siempre de la 
misma altura
Las huellas de los escalones deben contar con materiales antiderrapantes
ESCALERAS DE EMERGANCIAS EXTERIORES
No deben existir medios que obstruyan u obstaculicen su accionamiento
Ser de diseño recto
Contar con puertas de 
acceso
Mantenimiento periódico 1 vez 
cada seis meses teniendo un 
registro del mismo
Estar fijas en forma 
permanente en todos los 
pisos excepto en el 
inferior
Cada piso, debe tener 
un acceso directo a 
través de una puerta de 
salida
ESCALERAS CON BARANDALES EN ESPACIOS ABIERTOS
Deben tener al menos una baranda 
dispuesta paralelamente a la inclinación de la escalera
El pasamanos debe estar a una 
altura de 90 cm ± 10 cm, deben 
ser continuos, lisos y pulidos
Los balaustres deben estar colocados cada cuatro escalones
ESCALERAS FIJAS
Deben soportar las cargas de las actividades para la que son destinadas y estar protegidas
La distancia entre peldaños no debe ser mayor de 38 cm.
Deben existir indicaciones sobre restricciones de su uso.
La protección circundante tendrá un diámetro a partir de 200 cm ± 20 cm del piso
ESCALERAS MOVILES
Deben contar con elementos que eviten el deslizamiento de su punto de apoyo
Los peldaños deben estar completos y 
fijos de materiales antiderrapantes
Deben estar libres de grasa, aceite o cualquier producto que los haga resbalosos.
RAMPAS
No deben tener deformaciones que puedan generar un riesgo.
Las cargas que circulen por ellas no deben sobrepasar la resistencia para la que fueron destinadas
Cuando se encuentren cubiertas por muros en sus dos costados, deben tener 
al menos un pasamanos
PUENTES Y PLATAFORMAS
Cuando estén abiertos en sus 
costados, deben contar con 
barandales de al menos 90 cm ± 
10 cm de altura
La distancia libre medida sobre la 
superficie del piso de los pasadizos o plataformas elevadas por los que circulan trabajadores y el techo, o cualquier superficie superior, no debe ser menor de 
200 cm
FUNCIONAMIENTO DE SISTEMAS DE VENTILACIÓN
El aire que se extrae no debe contaminar 
otras áreas en donde se encuentren 
laborando otros trabajadores
El sistema debe iniciar su operación antes 
de que ingresen los trabajadores al área 
correspondiente para permitir la purga de 
los contaminantes
Contar con un programa anual de 
mantenimiento preventivo o correctivo
REQUISITOS DE SEGURIDAD PARA EL TRÁNSITO DE VEHICULOS
Contar con señalización de las áreas 
internas y externas de tránsito de 
vehículos, áreas de carga y 
descarga, de las vías de ferrocarril, 
los cambiavías, la velocidad máxima 
de circulación de los vehículos.
CAMPO DE APLICACIÓN
Territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo.
OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES
Informar al patrón las condiciones inseguras que detecten en el centro de trabajo.
Recibir la información que proporcione el patrón para el uso y conservación de las áreas donde 
realicen sus actividades en el centro de trabajo
Participar en la conservación del centro de trabajo y dar a las áreas el uso para el que fueron 
destinadas
