El decreto de un proyecto de ley compete a:
El Presidente de la República
Los Diputados y Senadores
A las Legislaturas de los Estados
Las Cámaras aceptan un proyecto de Ley
Aprobación total o parcial
La Ley ya aprobada y sancionada
Se da a conocer a quienes deben cumplirla
En el Diario Oficial de la Federación
Las Cámaras deliberan
Aprobación o no de la iniciativa
Votaciones
Aceptación de la iniciativa
Por el Poder Ejecutivo
Puede negar su sanción a un proyecto ya admitido
La Vacatio Legis
Lapso comprendido entre el momento
de la publicación
y en el que la norma entra en vigor