por jonathan zuloaga beltran hace 3 años
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el Estado debe de adoptar las medidas necesarias para prevenir la interferencia de terceros en el disfrute del derecho a la cultura física y a la práctica del deporte. terceros incluye a individuos, grupos, empresas, corporaciones y otras entidades,
significa que el Estado, en cualquiera de sus niveles (estatal, federal o municipal), se abstenga de interferir directa o indirectamente con el disfrute del derecho. el respeto del Estado hacia el uso de los recursos disponibles, para que los sujetos de los derechos puedan satisfacerlos por los medios que consideren más adecuados.