por Berrios Flor hace 17 días
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BIBLIOGRAFÍA
Moya Domínguez, Derecho Internacional Público. Ampliación y actualización del Manual de Derecho Internacional Público. 1er Ed ampliada, Ediar (2018)
Barboza Julio, Derecho Internacional Público. 2da Ed actualizada, Zavalia (2008)
Bohdan T. Halajczuk, Derecho Internacional Público. 3er Ed actualizada, Ediar (1999)
Conforti Benedetto, Derecho Internacional. Ed. revisada. Zavalía (1998)
García Pascual Cristina. H.Hart y la Negación del Derecho Internacional. I Congreso de Filosofía del Derecho para el Mundo Latino. Universidad de Valencia
Antonio Remiro Brotóns, Rosa Riquelme Cortado, Esperanza O. Calatayud, Javier D. Hochleitner, Luis Prat Durban. Derecho Internacional Curso General. Valencia (2010).
Benavides Casals, María Angélica, La constitución del Derecho Internacional, el sueño de un reducto jurídico occidental. Revista Javeriana (2016)
https://www.mendoza.gov.ar/prensa/detalles-de-los-convenios-de-integracion-argentina-chile/
https://www.oas.org › espanol › convencion_viena
https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/804/norma.htm
https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/160000-164999/161652/norma.htm
Alejandro Torres Lépori. Los Tratados Internacionales en la Constitución Argentina.
Acuerdo vitivinícola entre Argentina, Bolivia y Alemania. 2016.
García Pascual, C. (2015). Hart y la negación del derecho internacional. Ponencia presentada en el I Congreso de Filosofía del Derecho para el Mundo Latino, Universidad de Valencia.
Su relación con:
Rusia
Al invadir Ucrania en 2022 y desconocer normas de integridad territorial o decisiones de tribunales internacionales, se aleja del marco normativo tradicional del DIP. Viola:
Principio de soberanía estatal (Carta ONU, art. 2.1) Cada Estado es soberano e independiente.
Corea del Norte
Tiene una actitud sistemática de aislamiento y rechazo del orden internacional, incluyendo tratados de desarme, derechos humanos, etc. Viola:
Estados Unidos
Frecuentemente se retira de tratados o no reconoce jurisdicciones internacionales obligatorias, por ejemplo:
Conflicto de Malvinas (1833)
Resolución 2625 (XXV) de la ONU
Obliga a resolver disputas internacionales por medios pacíficos.
Carta de las Naciones Unidas
Art. 2.4: Prohibición del uso de la fuerza.
Conflicto de Chile (1977)
Carta de la Onu
Art. 2.4: prohíbe no solo el uso, sino también la amenaza del uso de la fuerza contra la integridad territorial de otros Estados.
Convencion de Viena sobre los Derechos de los Tratados
Art. 26: los tratados deben cumplirse de buena fe (pacta sunt servanda). Argentina no cumplió el resultado del arbitraje.
Las teorías afirmativas del DIP sostienen que las normas generales que surgen en el ámbito internacional, al igual que las relaciones entre los Estados, sólo pueden originarse a partir del consentimiento de estos, por lo que se trata de un verdadero sistema jurídico, conformado por un plexo normativo que opera por encima de los ordenamientos internos (Bohdan, 1999).
Mendoza es parte firmante en:
Tratado de Maipú de 2009, por el cual se constituye el tratado de cooperación e integración entre Argentina y Chile.
Convenios firmados con Chile
Acuerdo marco de cooperación con la República francesa
Acuerdo marco de cooperación con la República francesa, por el cual se pretende el desarrollo de cultura vitivinícola, desarrollo lingüística, económico y social.
En el ámbito vitivinícola, del año 2016, se llevó a cabo un proyecto triangular de cooperación entre Argentina, Bolivia y Alemania, titulado "Fortalecimiento de capacidades al sector vitivinícola para la gestión sostenible de los recursos de agua y energía".
Ley 9196/19
Ley 9196/19 mediante la cual se adhiere a la ley a nivel nacional 27499 (Ley Micaela de Capacitación Obligatoria en Género para todas las Personas que Integran los Tres Poderes del Estado), cuyo fundamento es Convención de Belém do Pará y CEDAW
Ley 9139/18
Asimismo Ley 9139/18 que dispone el régimen Jurídico de Protección de las Personas Menores de Edad, cuyo objeto establece la protección integral de niños, niñas y adolescentes como sujetos principales de derechos, reconocidos tanto en el ordenamiento vigente como en los tratados donde la nación es parte, principalmente relacionado con el Pacto de San José de Costa Rica.
Artículo 75 inc. 22 > corresponde al CONGRESO:
Derecho Internacional General y Relaciones Internacionales
Encontramos:
Derechos Humanos (sin jerarquía constitucional
Encontramos:
Derecho Internacional Humanitario
Encontramos:
Comercio y Derecho Económico
Encontramos:
Derecho Penal Internacional:
Encontramos:
Derecho Internacional Privado y Cooperación Judicial
Encontramos:
1)Convenio de La Haya sobre la Obtención de Pruebas en el Extranjero en Materia Civil o Comercial;
2)Convenio de La Haya sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores;
3)Convenios bilaterales de extradición, asistencia judicial y cooperación penal.
Derecho Ambiental
Encontramos:
“tienen jerarquía constitucional, no derogan artículo alguno de la primera parte de esta Constitución y deben entenderse complementarios de los derechos y garantías por ella reconocidos”
“Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre”
“Declaración Universal de Derechos Humanos;”
“Convención Americana sobre Derechos Humanos”
"Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales”
“Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos”
"Convención sobre la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio"
“Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial"
“Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Muje;”
“lConvención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes;”
"Convención sobre los Derechos del Niño;”