von yisel nathalia brito marin Vor 6 Jahren
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El juez debe emitir e resultado dentro de los 10 días hábiles a la fecha en la que se presento la acción de tutela. de lo contrario el juez puede ser SANCIONADO.
Jueces y autoridades: jueces municipales, jueces del circuito o con igual categoría, tribunales superiores de distrito judicial, tribunales administrativos, salas disciplinarias de los consejos seccionares, superior funcional de la autoridad jurisdiccional accionada, tribunales superiores de distrito judicial.
Regulación: a través del art.86 de la constitución nacional, mediante el decreto 2591 de 1991, 306 de 1992 y 382 del 2000.
-Requisitos: solo procede cuando el ciudadano no dispone de otro mecanismo de defensa judicial. -Que se haya agotado todos los medios ordinarios y extraordinarios de defensa judicial al alcance de la persona afectada. -Especificar claramente cual es el derecho fundamental que ha sido vulnerado. -Especificar claramente quien es la víctima y quien es el victimario. -Adjuntar todas las pruebas a las que haya lugar.
Contra quien procede:procede contra particulares cuando estos prestan un servicio publico o cuando el afectado es subalterno o se encuentra en estado de indefencion respecto del particular