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par Marlon Solis Il y a 4 années

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Código de la niñez y la adolescencia

Código de la niñez y la adolescencia

Código de la niñez y la adolescencia

Cuarto libro: Responsabilidad del docente infractor

TÍTULO VI: LA PREVENCIÓN DE LA INFRACCIÓN PENAL DEL ADOLESCENTE
Art. 390.- Modelo de atención integral.
Art. 389.- Salidas emergentes.
Art. 388.- Continuidad del cumplimiento de medidas socioeducativas del mayor de edad.
Art. 387.- Incumplimiento de medidas socioeducativas.
TITULO V: LAS MEDIDAS SOCIO - EDUCATIVAS
CAPITULO IV: REGIMENES DE EJECUCION DE MEDIDAS SOCIOEDUCATIVAS PRIVATIVAS DE LIBERTAD

Art. 386.- Solicitud de aplicación o modificación de los regímenes de ejecución.

Art. 385.- Aplicación de las medidas socioeducativas en delitos sancionados en el Código OrgánicoIntegral Penal.

Art. 384.- Aplicación de las medidas socioeducativas en contravenciones.

Art. 383.- Régimen abierto.

Art. 382.- Régimen semiabierto.

Art. 381.- Régimen cerrado.

Art. 380.- Regímenes de ejecución de la medida socioeducativa de Internamiento Institucional.

CAPITULO III: MEDIDAS SOCIOEDUCATIVAS NO PRIVATIVAS Y PRIVATIVAS DE LIBERTAD

Art. 379.- Medidas socioeducativas privativas de libertad.

Art. 378.- Medidas socioeducativas no privativas de libertad.

CAPITULO II: ORGANISMO TECNICO

Art. 377.- Entidad competente.

CAPITULO I: DISPOSICIONES COMUNES

Art. 376.- Convenios.

Art. 375.- Asistencia posterior al cumplimiento de la medida socioeducativa.

Art. 374.- Autoridad competente.

Art. 373.- Apreciación de la edad.

Art. 372.- Clases de medidas socioeducativas.

Art. 371.- Finalidad de las medidas socioeducativas.

Art. 370.- Ambito.

TITULO IV: DEL JUZGAMIENTO DE LAS INFRACCIONES
Capítulo III: Juzgamiento de las contravenciones

Art. 368.- Procedimiento.

Art. 367.- Juez competente.

Capítulo II: Etapas del juzgamiento

Art. 366.- Recursos.

Art. 365.- Tramitación en Corte Superior.

Art. 364.- Presentación del recurso de apelación.

Art. 363-E.- Mecanismos de reparación integral.

Art. 363-D.- Reparación en la sentencia.

Art. 363-C.- Oportunidad para ejecutar la medida socioeducativa.

Art. 363-B.- Tiempo de la medida socioeducativa.

Art. 363-A.- Notificación.

Art. 363.- Existencia de varios adolescentes sentenciados.

Art. 362.- Requisitos de la sentencia.

Art. 361.- La sentencia.

Art. 360.- Alegatos de cierre.

Art. 359.- Audiencia de Juicio.

Art. 358.- Anuncio de pruebas.

Art. 357.- Convocatoria a audiencia de juzgamiento.

Art. 356.- Audiencia de Evaluación y preparatoria de juicio.

Art. 355.- Convocatoria.

Art. 354.- Acusación fiscal.

Art. 353.- Intervención del Juez en los casos de remisión en delitos sancionados con pena de prisióncorreccional menor a un año.

Art. 352.- Remisión fiscal.

Art. 351.- Remisión con autorización judicial.

Art. 350.- Cumplimiento de las obligaciones acordadas.

Art. 349-A.- Auto de suspensión.

Art. 349.- Suspensión del proceso a prueba.

Art. 348-D.- Efectos de la mediación.

Art. 348-C.- Reglas generales.

Art. 348-B.- Solicitud.

Art. 348-A.- Mediación penal.

Art. 348.- Contenido de las obligaciones.

Art. 347.- Conciliación promovida por el juzgador.

Art. 346.- Audiencia para la conciliación.-

Art. 345.- Conciliación.

Art. 344.- Conclusión de la Instrucción.

Art. 343.- Duración de la instrucción.

Art. 342-B.- Trastorno mental.

Art. 342-A.- Audiencia de calificación de flagrancia.

Art. 342.- Investigación previa.

Art. 341.- Conocimiento e inicio de la investigación.

Art. 340.- Etapas.

Capítulo I: La acción y los sujetos procesales

Art. 339.-Nota: Artículo derogado por Ley No. 0, publicada en Registro Oficial Suplemento 544 de 9de Marzo del 2009.

Art. 338.- Ofendido en delitos de acción penal pública.

Art. 337.- La víctima.

Art. 336.- Fiscales de adolescentes infractores.

Art. 335.- Los sujetos procesales.

Art. 334-B.- Delitos conexos.

Art. 334-A.- Prescripciones.

Art. 334.- El ejercicio de la acción.

TITULO III: DE LAS MEDIDAS CAUTELARES
Art. 333.- Responsabilidad civil.
Art. 332.- Medidas cautelares de orden patrimonial.
Art. 331.- Duración del internamiento preventivo.
Art. 330.- El internamiento preventivo.
Art. 329.- Detención para asegurar la comparecencia.-
Art. 328.- Detención para investigación.
Art. 327.- Procedimiento en casos de aprehensión.
Art. 326.- Motivos de aprehensión.
Art. 325.- Condiciones para la medida cautelar de privación de libertad.
Art. 324.- Medidas cautelares de orden personal.
Art. 323.- Objeto.
TITULO II: DE LOS DERECHOS Y GARANTIAS EN EL JUZGAMIENTO
Art. 322.- Separación de adultos.
Art. 321.- Excepcionalidad de la privación de la libertad.
Art. 320.- Cosa juzgada.
Art. 319.- Garantías de proporcionalidad.
Art. 318.- Garantías del debido proceso e impugnación.
Art. 317.- Garantía de reserva.
Art. 316.- Derecho a ser instruido sobre las actuaciones procesales.
Art. 315.- Celeridad procesal.
Art. 314.- Derecho a ser oído e interrogar.
Art. 313.- Derecho a la defensa.
Art. 312.- Derecho a ser informado.
Art. 311.- Presunción de inocencia.
Art. 310.- Responsabilidad de los adolescentes de las comunidades indígenas.
Art. 309.- Objetivos de la investigación y de la determinación de la responsabilidad.
Art. 308.- Principio de legalidad.
Art. 307.- Inimputabilidad y exención de responsabilidad de niños y niñas.
Art. 306.- Responsabilidad de los adolescentes.
Art. 305-A.- Comprobación de edad e identidad.
Art. 305.- Inimputabilidad de los adolescentes.

El CONA está dividido en cuatro libros

Primer libro: El niño, niña y adolescente como sujeto de derecho

TITULO V: DEL TRABAJO DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
Capítulo IV: De las medidas de protección y de las sanciones relacionadas con el trabajo

Art. 95.- Sanciones aplicables por violación a las disposiciones referentes al trabajo.

Art. 94.- Medidas de protección

Capítulo III: Trabajo sin relación de dependencia

Art. 93.- Trabajo por cuenta propia.- Los municipios otorgarán, en sus respectivas jurisdicciones, los permisos para que los adolescentes que hayan cumplido quince años ejerzan actividades económicas por cuenta propia, siempre que no sean de aquellas consideradas como perjudiciales

Capítulo II: Trabajo en relación de dependencia

Art. 92.- Trabajo formativo.

Art. 91.- Trabajo doméstico.

Art. 90.- De los aprendices.

Art. 89.- Derechos laborales y sociales.

Art. 88.- Formas del contrato de trabajo.

Art. 87.- Trabajos prohibidos.

Art. 86.- Excepción relativa a los trabajos formativos realizados como prácticas culturales.

Art. 85.- Registro de adolescentes trabajadores.

Art. 84.- Jornada de trabajo y educación.

Art. 83.- Erradicación del trabajo infantil.

Art. 82.- Edad mínima para el trabajo.

Art. 81.- Derecho a la protección contra la explotación laboral.

TITULO IV: DE LA PROTECCION CONTRA EL MALTRATO, ABUSO, EXPLOTACION SEXUAL, TRAFICO Y PERDIDA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
Art. 80.- Exámenes médico legales.
Art. 79.- Medidas de protección para los casos previstos en este título.
Art. 78.- Derecho a protección contra otras formas de abuso.
Art. 77.- Protección contra el traslado y retención ilícitos de niños, niñas y adolescentes.
Art. 76.- Prácticas culturales de maltrato.
Art. 75.- Prevención del maltrato institucional.
Art. 74.- Prevención y políticas respecto de las materias que trata el presente título.
Art. 73.- Deber de protección en los casos de maltrato.
Art. 72.- Personas obligadas a denunciar.
Art. 71.- Concepto de pérdida de niños, niñas o adolescentes.
Art. 70.- Concepto de tráfico de niños.
Art. 69.- Concepto de explotación sexual.
Art. 68.- Concepto de abuso sexual.
Art. 67.- Concepto de maltrato.
TITULO III: DERECHOS, GARANTIAS Y DEBERES
Capítulo VI: Deberes, capacidad y responsabilidad de los niños, niñas y adolescentes

Art. 66.- Responsabilidad de los niños, niñas y adolescentes.-

Art. 65.- Validez de los actos jurídicos.

Art. 64.- Deberes.

Capítulo V: Derechos de participación

Art. 63.- Derecho de libre asociación.

Art. 62.- Derecho a la libertad de reunión.

Art. 61.- Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión.

Art. 60.- Derecho a ser consultados.

Art. 59.- Derecho a la libertad de expresión.

Capítulo IV: Derechos de protección

Art. 58.- Derecho de los niños, niñas y adolescentes refugiados.

Art. 57.- Derecho a protección especial en casos de desastres y conflictos armados.

Art. 56.- Derecho de los hijos de las personas privadas de libertad.

Art. 55.- Derecho de los niños, niñas y adolescentes con discapacidades o necesidades especiales.

Art. 54.- Derecho a la reserva de la información sobre antecedentes penales.

Art. 53.- Derecho a la privacidad y a la inviolabilidad del hogar y las formas de comunicación.

Art. 52.- Prohibiciones relacionadas con el derecho a la dignidad e imagen.

Art. 51.- Derecho a la libertad personal, dignidad, reputación, honor e imagen.

Art. 50.- Derecho a la integridad personal.

Capítulo III: Derechos relacionados con el desarrollo

Art. 49.- Normas sobre el acceso a espectáculos públicos.

Art. 48.- Derecho a la recreación y al descanso.

Art. 47.- Garantías de acceso a una información adecuada.

Art. 46.- Prohibiciones relativas al derecho a la información.

Art. 45.- Derecho a la información.

Art. 44.- Derechos culturales de los pueblos indígenas y negros o afroecuatorianos.

Art. 43.- Derecho a la vida cultural.

Art. 42.- Derecho a la educación de los niños, niñas y adolescentes con discapacidad.

Art. 41.- Sanciones prohibidas.

Art. 40.- Medidas disciplinarias.

Art. 39.- Derechos y deberes de los progenitores con relación al derecho a la educación.

Art. 38.- Objetivos de los programas de educación.

Art. 37.- Derecho a la educación.

Art. 36.- Normas para la identificación.-

Art. 35.- Derecho a la identificación.

Art. 34.- Derecho a la identidad cultural.

Art. 33.- Derecho a la identidad.

Capítulo II: Derechos de supervivencia

Art. 32.- Derecho a un medio ambiente sano.

Art. 31.- Derecho a la seguridad social.

Art. 30.- Obligaciones de los establecimientos de salud.

Art. 29.- Obligaciones de los progenitores.

Art. 28.- Responsabilidad del Estado en relación a este derecho a la salud.

Art. 27.- Derecho a la salud.

Art. 26.- Derecho a una vida digna.

Art. 25.- Atención al embarazo y al parto.

Art. 24.- Derecho a la lactancia materna.

Art. 23.- Protección prenatal.

Art. 22.- Derecho a tener una familia y a la convivencia familiar.

Art. 21.- Derecho a conocer a los progenitores y mantener relaciones con ellos.

Art. 20.- Derecho a la vida.

Art. 19.- Sanciones por violación de derechos.

Art. 18.- Exigibilidad de los derechos.

Art. 17.- Deber jurídico de denunciar.

Art. 16.- Naturaleza de estos derechos y garantías.

Art. 15.- Titularidad de derechos.

TITULO II: PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
Art. 14.- Aplicación e interpretación más favorable al niño, niña y adolescente.- Ninguna autoridad judicial o administrativa podrá invocar falta o insuficiencia de norma o procedimiento expreso para justificar la violación o desconocimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
Art. 12.- Prioridad absoluta.- En la formulación y ejecución de las políticas públicas y en la provisión de recursos, debe asignarse prioridad absoluta a la niñez y adolescencia, a las que se asegurará, además, el acceso preferente a los servicios públicos y a cualquier clase de atención que requieran.
Art. 11.- El interés superior del niño.- El interés superior del niño es un principio que está orientado a satisfacer el ejercicio efectivo del conjunto de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
Art. 10.- Deber del Estado frente a la familia.- El Estado tiene el deber prioritario de definir y ejecutar políticas, planes y programas que apoyen a la familia.
Art. 9.- Función básica de la familia.- La ley reconoce y protege a la familia como el espacio natural y fundamental para el desarrollo integral del niño, niña y adolescente.
Art. 8.- Corresponsabilidad del Estado, la sociedad y la familia.
Art. 7.- Niños, niñas y adolescentes, indígenas y afroecuatorianos.- La ley reconoce y garantiza el derecho de los niños, niñas y adolescentes de nacionalidades indígenas y afroecuatorianos.
Art. 6.- Igualdad y no discriminación.- Todos los niños, niñas y adolescentes son iguales ante la ley.
TITULO I: DEFINICIONES
Art. 5.- Presunción de edad.- Cuando exista duda sobre la edad de una persona, se presumirá que es niño o niña antes que adolescente; y que es adolescente, antes que mayor de dieciocho años.
Art. 4.- Definición de niño, niña y adolescente.
Art. 3.- Supletoriedad.- En lo no previsto expresamente por este Código.
Art. 2.- Sujetos protegidos.- Las normas del presente Código son aplicables a todo ser humano, desde su concepción hasta que cumpla dieciocho años de edad.
Art. 1.- Finalidad.- Este Código dispone sobre la protección integral que el Estado, la sociedad y la familia deben garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes que viven en el Ecuador, con el finde lograr su desarrollo integral y el disfrute pleno de sus derechos, en un marco de libertad, dignidad y equidad.

Tercer libro: Del sistema nacional descentralizado de protección integral de la niñez y adolescencia

TITULO XI: RECURSOS ECONOMICOS DEL SISTEMA
Art. 304.- De las fuentes de recursos de los fondos municipales.
Art. 303.- De la administración de los fondos.
Art. 302.- De los fondos municipales.
Art. 301.- De las fuentes de recursos.
Art. 300.- Del Fondo Nacional para la Protección de la Niñez y Adolescencia.
Art. 299.- Del financiamiento de los Concejos Cantonales de la Niñez y Adolescencia y JuntasCantonales de Protección de la Niñez y Adolescencia.
Art. 298.- Del financiamiento del Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia.
TITULO X: LA MEDIACION
Art. 297.- Normas supletorias.
Art. 296.- Calificación de los Centros de Mediación.
Art. 295.- Reglas especiales.
Art. 294.- Casos en que procede.
TITULO IX: LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA
Capítulo IV: Procedimientos judiciales

Art. 293.- Facultad para disponer pruebas de oficio.

Art. 292.- Improcedencia de la acumulación de acciones y de la reconvención.

Art. 291.- Motivación del auto resolutorio.

Art. 290.- Seguimiento de la tenencia.

Art. 289.- Forma de otorgar el consentimiento para la adopción.

Art. 288.- Exigencia adicional para las adopciones internacionales.

Art. 287.- Segunda instancia.

Art. 286.- Comprobación de identidades y causas de comparecencia.

Art. 285.- Audiencia.

Art. 284.- Contenido de la demanda y calificación.

Art. 283.- Normas supletorias.

Art. 282.- Duración del procedimiento.

Art. 281.- Recurso de casación.

Art. 280.- Tramitación en segunda instancia.

Art. 279.- Recurso de apelación.

Art. 278.- Modificación de la resolución.

Art. 277.- Auto resolutorio.

Art. 276.- Diferimiento de la audiencia y receso.

Art. 275.- Audiencia de prueba.

Art. 274.- Resolución provisional.

Art. 273.- Audiencia de conciliación y contestación.

Art. 272.- La demanda y la citación.

Art. 271.- Materias a las que se aplica.

Art. 270.- Reinserción del niño, niña o adolescente en su familia biológica.

Art. 269.- Petición.

Art. 268.- Investigación.

Capítulo III: La acción judicial de protección

Art. 267.- Procedimiento.

Art. 266.- Organo competente.

Art. 265.- Legitimación activa.

Art. 264.- Finalidad y naturaleza.

Capítulo II: Órganos de la Administración de Justicia Especializada de la Niñez y Adolescencia

Art. 263.- Requisitos especiales para ser Juez.

Art. 262.- Competencia de los Jueces de Adolescentes Infractores.

Art. 261.- Normas supletorias.

Art. 260.- En atención a las necesidades del servicio de administración de justicia.

Art. 259.- Órganos jurisdiccionales.

Art. 258.- Testimonio del niño, niña y adolescente ofendido.

Art. 257.- Garantías del debido proceso.

Art. 256.- Principios rectores.

Art. 255.- Especialidad.

TITULO VIIII: NFRACCIONES Y SANCIONES
Capítulo II: Infracciones sancionadas con multa

Art. 254.- Sanción a los juzgadores por el retardo en la tramitación de los procesos.

Art. 253.- Otras infracciones sancionadas con multa.

Art. 252.- Infracciones relativas a la adopción.

Art. 251.- Infracciones contra el derecho a la intimidad y a la imagen.

Art. 250.- Infracciones contra el derecho a la información.

Art. 249.- Infracciones contra el derecho a la educación.

Art. 248.- Sanción general.

Capítulo I: Disposiciones generales

Art. 247.- Sanciones especiales de suspensión y clausura.

Art. 246.- Destino y cobro de las multas.

Art. 245.- Autoridad competente.-

TITULO VII: PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DEPROTECCION DE DERECHOS
Art. 244.- Sanciones por denegación de justicia.
Art. 243.- Duración máxima del procedimiento administrativo.
Art. 242.- Desistimiento.
Art. 241.- Impugnación.
Art. 240.- Resolución.
Art. 239.- Audiencia de prueba.
Art. 238.- Audiencia.
Art. 237.- Inicio del procedimiento.
Art. 236.- Legitimación activa.
Art. 235.- Procedencia y órgano competente.
TITULO VI: DE LAS MEDIDAS DE PROTECCION
Capítulo III: ACOGIMIENTO INSTITUCIONAL

Art. 234.- Normas aplicables al acogimiento institucional.

Art. 233.- Terminación del acogimiento institucional.

Art. 232.- Concepto y finalidad.

Capítulo II: El acogimiento familiar

Art. 231.- Opción para adoptar a niños acogidos.

Art. 230.- Prohibición de lucro.

Art. 229.- Terminación del acogimiento familiar.

Art. 228.- Derechos y responsabilidades del niño, niña o adolescente acogido.

Art. 227.- Deberes y derechos de la familia del niño, niña o adolescente.

Art. 226.- Deberes y obligaciones de las entidades de acogimiento familiar.

Art. 225.- Prelación para el acogimiento familiar.

Art. 224.- Ejecutores del acogimiento familiar.

Art. 223.- Derecho a contribución, económica.

Art. 222.- Condiciones del acogimiento familiar.

Art. 221.- Limitación del acogimiento familiar.

Art. 220.- Concepto y finalidad.

Capítulo I: Disposiciones Generales

Art. 219.- Seguimiento, revisión, evaluación y revocatoria de las medidas.

Art. 218.- Autoridad competente y entidades autorizadas.

Art. 217.- Enumeración de las medidas de protección.

Art. 216.- Concurrencia de medidas.

Art. 215.- Concepto.

TITULO V: DE LOS ORGANISMOS DE EJECUCION DEL SISTEMA NACIONAL DE PROTECCION
Art. 214.- Obligaciones de las escuelas, colegios y centros de salud.
Art. 213.- Control y sanciones.
Art. 212.- Registro de las entidades de atención.
Art. 211.- Obligaciones de las entidades de atención.
Art. 210.- Eficacia y legalidad de su acción.
Art. 209.- Definición y naturaleza jurídica.
TITULO IV: DE LOS ORGANISMOS DE PROTECCION, DEFENSAY EXIGIBILIDAD DE DERECHOS
Capítulo II: Otros organismos del sistema

Art. 208.- Descripción.

Capítulo I: Las Juntas Cantonales de Protección de Derechos

Art. 207.- Integración de las Juntas Cantonales de Protección de Derechos.

Art. 206.- Funciones de las Juntas Cantonales de Protección de Derechos.

Art. 205.- Naturaleza Jurídica.

TITULO III: ORGANISMOS DE DEFINICION, PLANIFICACION,CONTROL Y EVALUACION DE POLITICAS
Capítulo II: Los Concejos Cantonales de la Niñez y Adolescencia

Art. 204.- La Secretaría Ejecutiva.

Art. 203.- Constitución e integración.

Art. 202.- Funciones.

Art. 201.- Naturaleza jurídica.

Capítulo I: La Secretaría Ejecutiva del Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia

Art. 200.- El Secretario Ejecutivo Nacional.

Art. 199.- Naturaleza jurídica y dependencia orgánico-funcional.

Art. 198.- Normas de funcionamiento.
Art. 197.- Forma de elección.
Art. 196.- Integración y duración de sus miembros.
Art. 195.- Funciones del Consejo Nacional.
Art. 194.- Naturaleza jurídica.
TITULO II: DE LAS POLITICAS Y PLANES DEPROTECCION INTEGRAL
Art. 193.- Políticas de Protección integral.
TÍTULO I: DISPOSIOCIONES GENERALES
Art. 192.- Organismos del sistema.
Art. 191.- Principios rectores.
Art. 190.- Definición y objetivos del sistema.

El Código de la Niñez y la Adolescencia (CONA), es un conjuntos de normas jurídicas que regula el ejercicio y la protección de sus derechos (Art.1 del Código)

Segundo libro: El niño, niña y adolescente en sus relaciones de familia

TITULO VII: DE LA ADOPCION
Capítulo IV: De la adopción internacional

Art. 189.- La adopción receptiva.

Art. 188.- Convenios internacionales sobre adopción.

Art. 187.- Obligaciones para las entidades de adopción.

Art. 186.- Seguimiento de las adopciones internacionales.

Art. 185.- Traslado del adoptado al exterior.

Art. 184.- Procedimiento administrativo.

Art. 183.- Presentación de la solicitud de adopción.

Art. 182.- Requisitos para la adopción internacional.

Art. 181.- Entidades autorizadas de adopción.

Art. 180.- Concepto.

Capítulo III: Fase judicial

Art. 179.- Seguimiento de las adopciones.

Art. 178.- La acción de nulidad.

Art. 177.- Nulidad de la adopción.

Art. 176.- Inscripción en el Registro Civil.

Art. 175.- Juicio de adopción.

Capítulo II: Fase administrativa

Art. 174.- El emparentamiento.

Art. 173.- Negativa de asignación.

Art. 172.- La asignación.

Art. 171.- De los miembros de los Comités de Asignación.

Art. 170.- De los Comités de Asignación Familiar.

Art. 169.- Negativa de solicitud de adopción.

Art. 168.- De las Unidades Técnicas de Adopciones.

Art. 167.- Organismos a cargo de la fase administrativa.

Art. 166.- Prohibiciones relativas a esta fase.

Art. 165.- Objeto de la fase administrativa.

Capítulo I: Reglas generales

Art. 164.- Personas que debe oírse para la adopción.

Art. 163.- Adopciones prohibidas.

Art. 162.- Asesoramiento a la persona que debe prestar el consentimiento.

Art. 161.- Consentimientos necesarios.

Art. 160.- Adopción por el tutor.

Art. 159.- Requisitos de los adoptantes.

Art. 158.- Aptitud legal del niño, niña o adolescente para ser adoptado.

Art. 157.- Edad del adoptado.

Art. 156.- Limitación a la separación de hermanos.

Art. 155.- Prohibición de beneficios económicos indebidos.

Art. 154.- Incondicionalidad e irrevocabilidad de la adopción.

Art. 153.- Principios de la adopción.

Art. 152.- Adopción plena.

Art. 151.- Finalidad de la adopción.

TITULO VI: DEL DERECHO DE LA MUJER EMBARAZADA A ALIMENTOS
Art. 150.- Normas aplicables.-
Art. 149.- Obligados a la prestación de alimentos.
Art. 148.- Contenido.
TITULO V: DEL DERECHO A ALIMENTOS
CAPITULO II: Del Procedimiento para la fijación y cobro de pensiones alimenticias y de supervivencia

Art. 45.- Normas supletorias.-

Art. 44.- Sanción por incumplimiento de términos y plazos.

Art. 43.- Indexación Automática Anual.

Art. 42.- Incidentes para aumento o disminución de pensión.

Art. 41.- Tramitación en segunda instancia.-

Art. 40.- Recurso de apelación.

Art. 39.- Resolución.-

Art. 38.- Diferimiento de la audiencia.

Art. 37.- Audiencia única.

Art. 36.- Notificación electrónica.

Art. 35.- Calificación de la demanda y citación.

Art. 34.- La demanda.

CAPITULO I: Derecho de alimentos

Art. 33.- Improcedencia de la acumulación de acciones y de la reconvención.

Art. 32.- Caducidad del derecho.

Art. 31.- Interés por mora.

Art. 30.- Obligación privilegiada.

Art. 29.- Aplicación de estas normas en otros juicios.

Art. 28.- Otras Inhabilidades.

Art. 27.- Cesación de los apremios.

Art. 26.- Medidas cautelares reales.

Art. 25.- Prohibición de salida del país.

Art. 24.- Otras medidas cautelares a los obligados subsidiarios.-

Art. 23.- Apremio personal a los obligados subsidiarios.-

Art. 22.- Apremio personal.-

Art. 21.- Inhabilidades del deudor de alimentos.

Art. 20.- Incumplimiento de lo adeudado.

Art. 19.- Pago por medio del sistema financiero.

Art. 18.- Obligaciones de las entidades públicas y privadas.

Art. 17.- Del efecto de cosa juzgada.

Art. 16.- Subsidios y otros beneficios legales.

Art. 15.- Parámetros para la elaboración de la Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas.

Art. 14.- Forma de prestar los alimentos.

Art. 13.- Suficiencia de la prueba de ADN.

Art. 12.- Responsabilidad de los peritos.

Art. 11.- Condiciones para la prueba de ADN.

Art. 10.- Obligación del presunto progenitor.

Art. 9.- Fijación provisional de la pensión de alimentos.

Art. 8.- Momento desde el que se debe la pensión de alimentos.

Art. 7.- Procedencia del derecho sin separación.

Art. 6.- Legitimación procesal.

Art. 5.- Obligados a la prestación de alimentos.

Art. 4.- Titulares del derecho de alimentos.

Art. 3.- Características del derecho.

Art. 2.- Del derecho de alimentos.

Art. 1.- Ambito y relación con otros cuerpos legales.

TITULO IV: DEL DERECHO A VISITAS
Art. 125.- Retención indebida del hijo o la hija.
Art. 124.- Extensión.
Art. 123.- Forma de regular el régimen de visitas.
Art. 122.- Obligatoriedad
TITULO III: DE LA TENENCIA
Art. 121.- Recuperación del hijo o hija.
Art. 120.- Ejecución inmediata.
Art. 119.- Modificaciones de las resoluciones sobre tenencia.
Art. 118.- Procedencia.
TITULO II: DE LA PATRIA POTESTAD
Art. 117.- Restitución de la patria potestad.
Art. 116.- Medidas de protección.
Art. 115.- Legitimación activa.
Art. 114.- Improcedencia de limitar, suspender o privar la patria potestad por razones económicas.
Art. 113.- Privación o pérdida judicial de la patria potestad.
Art. 112.- Suspensión de la patria potestad.
Art. 111.- Limitación de la patria potestad.
Art. 110.- Formas de otorgar la autorización de salida.
Art. 109.- Autorización para salir del país.
Art. 108.- Suspensión de la representación legal por causa de conflicto de intereses.
Art. 107.- Ejercicio de la patria potestad en caso de reconocimiento posterior.
Art. 106.- Reglas para confiar el ejercicio de la patria potestad.
Art. 105.- Concepto y contenidos.
Art. 104.- Régimen legal.
TITULO I: DISPOSICIONES GENERALES
Art. 103.- Deberes fundamentales de los hijos e hijas.
Art. 102.- Deberes específicos de los progenitores.
Art. 101.- Derechos y deberes recíprocos de la relación parental.
Art. 100.- Corresponsabilidad parental.-
Art. 99.- Unidad de filiación.
Art. 98.- Familia biológica.
Art. 97.- Protección del Estado.
Art. 96.- Naturaleza de la relación familiar.