a Luzmilitha Goyeneche 3 éve
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Una vez sea contratado, debe saber que el empleador no podrá despedirlo por el solo hecho de encontrarse en su situación. Para poder hacerlo debe obteber:
Podrá contactarse con las oficinas de la Agencia Pública de Empleo del SENA con el fin de recibir orientación ocupacional.
Le ayudarán a identificar sus intereses ocupacionales y le permitirán acceder a:
Evaluación y certificación de sus competencias laborales.
Intermediación laboral, con el fin de ayudarle a encontrar empleo.
Orientación y asesoría para crear o fortalecer su propio proyecto o empresa.
La Unidad Administrativa del Servicio Público de Empleo recibirá una copia del certificado médico por parte de la EPS.
La Unidad activa un proceso de orientación ocupacional que facilite la entrada al mercado laboral.
La EPS a la cual usted se encuentre afiliado o de la cual sea beneficiario expedirá y le entregará un certificado médico
El empleador no podrá despedirlo solamente por el hecho de encontrarse en su situación. Para poder hacerlo,
Si el empleador quisiera obtener este permiso, deberá aportar:
El certificado médico emitido por la EPS.
Pruebas que indiquen que el empleador ha cumplido con el proceso de reincorporación, readaptación, reubicación o reconversión laboral, según el caso.
Pruebas que justifiquen la decisión del despido.
Deberá contar con una autorización por parte del inspector de trabajo.
Si tenía un contrato laboral, será beneficiario de las actividades de reincorporación, readaptación, reubicación o reconversión laboral, según sea el caso.
Agotado el término de incapacidad, en los casos de contrato laboral, el empleador debe facilitarle llevar a cabo su jornada laboral a distancia.
Certificado médico, hará constar la situación y permitirá acceder a los beneficios para su integración social, laboral y el ejercicio de sus derechos.
Y con la autorización del inspector de trabajo
Solo podrá ser despedido por una justa causa
Podrán oponerse si se demuestra que realmente no es posible que realice las funciones del cargo o labor a ejecutar.
Otros derechos de las víctimas en el marco de los procesos penales:
...
Tienen derecho a saber sobre las rutas y cómo acceder a estas, y a saber sobre los procesos judiciales oadministrativos que se estén adelantando en los que tengan un interés.
A recibir la información clara, completa, veraz y oportuna respecto a sus derechos y los mecanismos para hacerlos valer.
A que las autoridades le informen de primera mano lo relacionado con los procesos que llevan a cabo frente a sus intereses.
Que le sea suministrada la información sobre los derechos, las medidas y los recursos con que cuenta, y las medidas judiciales, administrativas y de atención a salud que puede ejercer.
Derecho a una mayor participación en el proceso penal, en especial en lo que respecta a la protección de sus derechos.
A ser asistidas de forma gratuita por un traductor o intérprete, en caso de ser necesario.
A recibir asistencia integral en su recuperación.
A ser asistidas por un abogado.
A ser informadas sobre la decisión que adoptó el juez.
Que se consideren sus intereses al momento de tomarse una decisión.
A recibir de primer contacto con las autoridades la información relacionada con su proceso y conocer la verdad sobre los hechos que conforman el delito.
A ser oídas y facilitarles el aporte de pruebas.
Pronta e integral reparación de los daños.
Protección de su intimidad y seguridad así como la de sus familiares y testigos a su favor.
Recibir trato digno y humano.
La reparación integral y garantías de no repetición frente a los hechos constitutivos de violencia. Implica:
La garantía de no repetición (el gobierno tiene la obligación de investigar, juzgar y sancionar al autor del ataque con el fin de evitar que vuelvan a suceder estos ataques).
Incluye rehabilitación (asistencia en caso tal que se necesite de atención médica o psicológica).
Puede componer de una indemnización (supone el cálculo en dinero de los daños sufridos).
Aquellos daños ocasionados, sean físicos o psicológicos, deben ser tratados con el fin de intentar volver al estado inicial antes del ataque.
El derecho a la justicia implica que la víctima tiene el derecho a acudir a las instancias judiciales para llevar a cabo el proceso contra su agresor.
Supone el derecho a que se haga justicia y como tal se tome la decisión que en derecho corresponda frente al caso concreto.
Dejando en manos de la justicia la imposición de la pena y la sanción sobre el autor del ataque.
El derecho a la verdad implica que la víctima debe tener acceso a los hechos que conformaron el delito. Es decir:
Además, tiene derecho a que se haga lo posible en el marco del proceso por establecer lo que en realidad ocurrió.
Por lo que no puede ser ocultado a ella nada relacionado con el acto violento ni el proceso que se está llevando a cabo.
La conducta ilegal o ilícita que causó la agresión
Si las víctimas son mujeres:
El agresor debe asumir los costos de la atención y asistencia de las víctimas.
Derecho a recibir orientación, asesoría jurídica y asistencia técnica legal de forma gratuita, inmediata y especializada desde que pongan en conocimiento el hecho violento a las autoridades.
Tienen el derecho a vivir una vida libre de violencias.
Deciden voluntariamente si la pueden confrontar con el agresor dentro de los procedimientos administrativos, judiciales o de otro tipo.
Los mecanismos de protección deben extenderse tanto a ellas como a sus hijos.
Deben ser tratadas con reserva de identidad al recibir asistencia legal, en relación con sus datos personales o de sus familiares.
Durante el procedimiento penal las víctimas deben recibir un trato humano y digno, respetando su intimidad y garantizando la seguridad no solo de ellas, sino de su familia y testigos a favor.
Restituir la funcionalidad de las zonas afectadas
Restituir la fisionomía