Categorías: Todo - responsabilidad - servidores - autonomía - derecho

por Valentina Gonzalez Blanco hace 8 años

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Contratos ESTATALES

Main topic

Subtopic

persistencia del derecho publico

límites de la autonomia de la voluntad

responsabilidad personal

resolución conflictos
antes rigidez en solucion de conflictos

ley 80 suprime privilegios inútiles y exagerados dela administración

mecanismos alternativos

riesgo

partes pueden llegar a acuerdos que no correponden a intereses publicos sino personales

jurisprudencia limita

arbitraje

sentencia definitiva

art 72 restringe causales de anulación de las sentencias arbitrales

garantia inversion extranjera

art 70 posibilidad de intervención de un tribunal de arbitraje designado por un organismo internacional en el caso de contratistas extranjeros

art 74 puede resolver diferencias estrictamente tecnicas

art 69 las entidades no prohibiran la estipulación de clausulas compromisorias

conciliación

art 70 ley 446/98 conflictos particulares y de contenido economico que pueda conocer la jurisdicción contenciosa administrativa por las acciones de los art 85, 86 y 87 del CCA

judicial

durante el proceso es obligatoria

prejudicial

tercero neutral: ministerios publico

es requisito de procedibilidad de las acciones contencioso administrativas

autonomía en la solución de litigios

deber de solución directa de los litigios

art 3 entidad estatal debe proteger protección y garantía de los derechos de los contratistas

intención del legislador

ley 80 herramientas para solucion de conflictos

incluir en la liquidación ajustes necesarios art 60

69. excluye posibilidad de prohibir mecanismos de solucion directa

art 68 arreglos rápidos y directos. autoriza a entidad a revocar actos contractuales

art 5 celebración acuerdos para reconocimiento de indemnizaciones

Jurisprudencia restringe instituciones

Obligaciones no clara expresas y exigibles.

Omisión de respuesta no es titulo ejecutivo

Silencio positivo solo existe para peticiones durante la ejecución del contrato.

deberes específicos de la administración

Art. 25, silencio administrativo positivo

Las entidades no pueden subordinar la participación en procesos de selección a la renuncia de demandar.

Derecho de contratistas a obtener protección de la entidades a sus derechos derivados del contrato. Art.5

Acudir a mecanismos y procedimientos que permitan la rápida y efectiva solución de conflictos. Artículo 4 y 25

remediar rápidamente desequilibrio contractual

entidades evitar los comportamientos que perturben el cumplimiento de las obligaciones

entidades no pueden rechazar peticiones formuladas por escrito y corregir de oficio errores formales para dar tramite

transformación de una concepción estrecha sobre la competencia administrativa

principio de legalidad

la competencia plantada antes de la ley 80 generaba privilegios implícitos

sumisión absoluta del contratista

causo rigidez en relaciones contractuales

rechazo de arreglos directos

contratistas 2 opciones

demandar entidad

obtener contrato adicional

para reconocer la indemnización

cubrían modificaciones de los términos del contrato, significaba previsión de las condiciones de ejecución

nacidos de la jurisprudencia

no puede reconocer liquidaciones ajenas al contrato, siendo estas complementarias

no pude condonar ni retrasar obligaciones en busca de cumplimiento del contrato

entidad no puede reconocer los perjuicios causados a contratista

responsabilidad de servidores publicos y contratistas
responsabilidad de los contratistas

puede ser frente a la entidad o frente a terceros

responsabilidad civil

proponentes

no suscribir contrato adjudicado

por informaciones falsas

contratado estando inhabilitados o bajo incompatibilidades

por presentar ofertas artificialmente bajas

segun el objeto del contrato

art 26 responsables por la calidad del objeto del contrato

sobre todo concesión

reparación

contratista responde ante terceros solo por comportamiento doloso o culposo

no tiene culpa calificad, culpa grave

indemnización integral de perjuicios

solidariamente responsable con la administración frente terceros

extensión sanciones de los servidores públicos art 56

contratistas colaboradores de administracion

reforzamiento de la responsabilidad personal de los servidores publicos

tipos de responsabilidad de los servidores publicos art50

tipos de responsabilidad

gravedad de la falta

comportamiento irregular puede generar otras responsabilidades

pecuniaria

posibilidad de la entidad de repetir contra el servidor publico que haya actuado con dolo o culpa grave causando que esta sea condenada económicamente.

indemnización al Estado

diciplinaria

protege funcionamiento de la administración

penal

trasmición, celebración o liquidación de contratos sin el cumplimiento de sus requisitos legales esenciales

no requiere procecho ilicito

interés ilícito en celebración de contratos

violación régimen de inhabilidades e incopatibilidades

principio concentracion de la responsabilidad personal

nace de preocupacion legislativa

antes dificil determinacion de responsable

ley 80 consagra principio art26

direccion y responsabilidad en cabeza de directores de las entidades

atenuantes

responsabilidad de servidores públicos diferentes a los directores de la entidad

quienes interviene en proceso de contratacion

transferencia responsabilidad desconcentracion y delegación

posibilidad de delegar competencia

exime responsabilidad al delegante pero no al delegatario

posibilidad de desconcentrar los procesos de contratación en los servicios publicos

responsabilidad antes ley 80

responsabilidad administrativa y personal

"si Estado es condenadoa la reparacion patrimonial por una conducta dolosa o gravemente culposa de un agente suyo, aquel debera repetir contra este"

reforzado en servicios publicos art26

se refleja en la declaracion de urgencia manifiesta
autoriza contratacion directa

posteriormente control fiscal

ley 80 refuerza responsabilidad
apoya sistema de responsabilidad personal

finalidad e imparcialidad

mayor autonomia mayor responsabilidad

no muchos controles administrativos preventivos
preocupación corrupción