Catégories : Tout - distribución - riqueza - eficiencia - justicia

par Isaac Cordova Il y a 2 années

318

SISTEMAS DE ASIGNACIÓN

SISTEMAS DE ASIGNACIÓN

SISTEMAS DE ASIGNACIÓN

SISTEMAS DE PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD

2. Regla de Responsabilidad:
De conformidad con esta regla , cabe la posibilidad de alterar , irrumpir o vulnerar ciertas atribuciones del derecho de propiedad al titular de dicho derecho, estando obligado a abonar por dicha situación un valor objetivamente establecido por todos los daños y perjuicios que el tercero haya ocasionado al titular del derecho de propiedad.

En esta regla se ve que el rol del Estado es un poco más proactivo, pues El Estado es quien es el único que puede obligar la transferencia de una propiedad y en el hipotético de que haya disyuntiva sobre el valor del daño, este se valúa y se ordenara su resarcimiento, el típico caso de esta situación es la expropiación por razones de necesidad publica del Estado, construir una carretera, un colegio, represa de agua entre otros.

1. Regla de Propiedad
Con esta regla lo que se establece es que , aquella persona que quiera la titularidad de un bien en una sociedad, lo que deberá hacer es comprársela al titular del bien mediante un acto jurídico legal, por el precio o condición que establezca el titular del recurso.

Al amparo de la regla de propiedad, lo que se quiere dar a entender es que el Estado en esta regla solo cumple una función o rol de garante de respeto de los derechos de 44 propiedad, para lo cual aquellas personas que no respeten estos derechos de propiedad, se les impondrá sanciones civiles , penales y administrativas de ser necesarias para garantizar el pleno respeto y armonía de los derechos de propiedad.

3. Regla de Inalienabilidad:
Según esta perspectiva , el traslado de dominio de la titularidad de un bien , no es permitida en determinados casos a pesar de que exista consentimiento entre un comprador que quiera adquirir y un vendedor que quiera transferir.

Acá se limitan las transferencias del derecho de propiedad, el típico caso son la venta de órganos humanos y la trata de personas.

3. Criterio de Justicia

Según esta visión de asignación de titularidad de propiedad, se tiene que la sociedad o el gobierno de turno realiza una repartición de titularidad de propiedad en base a un criterio de justicia y razonabilidad.
Por Ejemplo: Otorgar una titularidad inicial de quinientas hectáreas fértiles para hacer casas granjas a las tribus Boras de la Amazonia Peruana, por estar las mismas comunidades nativas en pobreza, y necesitan de propiedad y titulación registral de esas chacras para poder progresar y dar de comer a sus familias, además de que estas tierras se encuentran en sus zonas de dominio en las cuales viven, desde hace siglos atrás.

1. Criterio de Eficiencia Económica

Según este criterio mientras menos requisitos administrativos existan para la formalización o titularización de la propiedad , esto impulsará a la generación de riqueza, es decir que menos trabas burocráticas entorno a la propiedad, incentiva a mas generación o circulación de riqueza en la sociedad.

2. Criterio de Distribución

Según esta perspectiva entorno a la distribución de la riqueza de un país entre todos los habitantes de una sociedad, lo cual es un tópico sumamente complejo y subjetivo.
Por Ejemplo: si se distribuyera toda la riqueza de un país entre todos los habitantes de una sociedad, en un corto tiempo se advertiría que esa riqueza o distribución inicial , ha cambiado porque no todas las personas tenemos las mismas habilidades de hacer multiplicar los recursos o usar los mismos.