Kategóriák: Minden - pruebas - defensor - queja - testigo

a NANCY PATRICIA GARCIA TORRES 11 éve

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DESARROLLO DE LA AUDIENCIA DE CALIFICACION PROVISIONAL LEY 1123/2007

DESARROLLO DE LA AUDIENCIA DE CALIFICACION PROVISIONAL LEY 1123/2007

EL QUEJOSO PUEDE APORTAR PRUEBAS Y AMPLIAR LA QUEJA - ART. 66 PARAGRAFO -

Es en esta etapa procesal la oportunidad para que el quejoso amplie y soporte de manera contundente , con el fin de demostrar la presunta falta cometida por el disciplinado.

AQUI LA PRACTICA DIRA SI SE SUSPENDE LA AUDIENCIA, Y CONTINUARLA LUEGO

TESTIGO RENUENTE: MULTA Y CONDUCCION POLICIVA (N implica privación de la libertad)

Sí solo concurre el Defensor leída la Queja se le corre TRaslado al defensor para que solicite o aporte pruebas.

DESARROLLO DE LA AUDIENCIA DE CALIFICACION PROVISIONAL LEY 1123/2007

SE ESCUCHA LA VERSION LIBRE - Si el disciplinable lo desea-

SE PRESENTA QUEJA

QUEJA ES UN ESCRITO QUE SE PRESENTA COMUNICANDO LAS POSIBLES IRREGULARIDADES COMETIDAS POR EL PROFESIONAL DEL DERECHO, FRENTE A LA LABOR ENCOMENDADA.

SE RESUELVE LA PETICION DE PRUEBAS DE LOS INTERVINIENTES (INVEST. DEF. MIN.PCO) Y SE DECRETAN PRUEBAS DE OFICIO. Se notifica en estrados y procede Reposición y Apelación Arts. 76, 80 y 81

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