a Nataly Peñafiel 4 éve
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Ley Orgánica de Discapacidades
BIBLIOGRAFÍA:Ley Orgánica de Discapacidades [LOD]. Art. 1-22. 5 de diciembre del 2013 (Ecuador).
Ley Orgánica de Discapacidades
Excepción
Deberán pagar hasta que se cumpla los 4 años de nacionalización o adquisición.
En caso de pérdida total de los vehículos asegurados
Del uso de vehículos importados
El vehículo de uso colectivo será con el fin del cuidado de la persona con discapacidad.
Con exención tributaria
Para uso particular de la persona con discapacidad
Importación de bienes
Las personas con discapacidad podrán importar bienes, que por especificaciones técnicas permitan ayudar de forma parcial o completa la discapacidad.
Servicios
Establecen rebajas a las personas con discapacidad
Telefonía fija y móvil
Alcantarillado sanitario
Agua potable
Servicio de energía
Caso de renuencia de las aseguradoras
De la asistencia médica o de salud
Será cubierto por cualquier tipo de seguro médico
Como consecuencia de la discapacidad
Enfermedades degenerativas
Enfermedades catastróficas
Deberán ser aplicadas sin incrementar los precios de las pólizas
Seguros de vida
Las empresas de seguros de vida deberán calificar la solicitud de la persona con discapacidad de la misma manera que una persona sin discapacidad.
Seguros de vida o asistencia médica
y medicina prepagada
Atención prioritaria en portales web
Unidades accesibles
No podrá ser menos al 2% o al menos un vehículo
Se mantendrá un porcentaje de vehículos, buses que sean accesibles para personas con discapacidad.
Accesibilidad
Manteniendo la tarifa mínima establecida por la ley
Parqueaderos autorizados para personas con discapacidad
Derecho a la vivienda
Sustitutos
Solidaridad humana
Se suspenderá cuando el sustituto no cumpla con los cuidados correspondientes de la persona con discapacidad.
Será a través del MIES
Servicio de transporte para trabajadores con discapacidad
Inclusión laboral
Se debe controlar el cumplimiento del porcentaje de inclusión laboral de personas con discapacidad.
Se considerará a las personas con discapacidad de un 30%
Equipos multidisciplinarios especializados
Conformado por:
Terapeuta ocupacional
Terapeuta de lenguaje
Educador especial
Psicólogo educacional
Psicólogo clínico
Beneficios tributarios
Se beneficiará aquellas personas con discapacidad de igual o mayor a 40%
Del 85-100% hasta el 100% de beneficio
Del 75-84% hasta el 80% de beneficio
Del 50-74% hasta el 70% de beneficio
Del 40-49% hasta el 60% de beneficio
Retorno de ecuatorianos extranjeros
Calificación para ecuatorianos extranjeros
Reconocimiento y calificación
Será por medio de médicos especialistas
De manera GRATUITA
De la persona con deficiencia
o condición discapacitante
Con tratamiento y pronóstico desfavorable de 1 año
Sin que llegue a ser permanente.
Disminución temporal de alguna de sus capacidades
De la persona con discapacidad
Equivalente al 40% de discapacidad, evaluado por la autoridad pertinente.
Restringida permanentemente su capacidad
que afecte sus actividades de la vida diaria.
Como consecuencia de una o mas deficiencias
Sensoriales
Mentales
Físicas