によって Domenica CRuz 4年前.
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DERECHOS DE LA NATURALEZA
DERECHOS DE LA NATURALEZA
ART 72
La naturaleza tiene derecho a la restauración esta practica sera independiente del estado.
ART 71
Todas las personas de cualquier índole podrá exigir
a la autoridad pública el cumplimiento de los derechos de la naturaleza.
La naturaleza o Pacha Mama debe ser respetada integralmente, darle mantenimiento y regeneración en sus distintos ciclos de vida
BIBLIOGRAFIA_https://www.derechoecuador.com/derechos-de-la-naturaleza-#:~:text=71%20manifiesta%3A-,%E2%80%9CLa%20naturaleza%20o%20Pacha%20Mama%2C%20donde%20se%20reproduce%20y%20realiza,estructura%2C%20funciones%20y%20procesos%20evolutivos.
ART 73
Se prohíbe la introducción de organismos y material orgánico e inorgánico que alteren el patrimonio
genético nacional.
El Estado aplicará medidas de precaución y restricción para las actividades que puedan conducir a la extinción de especies.
ART 74
En los casos de impacto ambiental grave o permanente, el Estado establecerá los mecanismos más eficaces para
alcanzar la restauración.
Absolutamente todos tendrán derecho a beneficiarse del ambiente y la naturaleza.
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