DERECHOS HUMANOS O FUNDAMENTALES: son aquellos inherentes al ser humano, pertenecen a toda persona en razón a su dignidad humana.
La constitución política faculta a cualquier persona a interponer ante un juez administrativo este mecanismo para que se obligue a una autoridad o a un particular, que ejerza funciones públicas, al cumplimiento de una ley.
MECANISMOS DE PROTECCIÓN
ACCION DE TUTELA
la tutela procede contra los particulares cuando estos prestan un servicio público o cuando el afectado es subalterno o se encuentra en estado de indefensión respecto del particular
La acción de tutela es un mecanismo que tiene por objeto la protección de los derechos constitucionales fundamentales,
REQUISITOS
Que se hayan agotado todos los medios -ordinarios y extraordinarios,. Que se cumpla el requisito de la inmediatez,Que no se trate de sentencias de tutela. entre otros
Los mecanismos de Protección Ciudadana se ejercen mediante acción judicial y están establecidos para proteger una eventual o real pérdida, vulneración o amenaza de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política y cuando fuere posible restituir las cosas a su estado anterior
corte constitucional decreto 2591 de 1991 http://www.corteconstitucional.gov.co/lacorte/DECRETO%202591.php observatorio de D.I.H
Mecanismos de Protección de los Derechos Humanos. tomado de ceipa.edu.co, consultado en enero 2019
DIGNIDAD HUMANA
todo ser humano posee dignidad sin importar la condición en que se encuentre
la dignidad que posee cada individuo es un valor in triseco, puesto que no depende de valores externos