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av SEBASTIAN HOYOS för 4 årar sedan

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Organigrama arbol

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CALIFICACIÓN DE LOS COMERCIANTE

PRESUNCIÓN DE ESTAR EJERCIENDO EL COMERCIO

Para todos los efectos legales se presume que una persona ejerce el comercio cuando:
3) Cuando se anuncie al público como comerciante por cualquier medio.
2) Cuando tenga establecimiento de comercio abierto
1) Cuando se halle inscrita en el registro mercantil

PERSONAS HABILITADAS E INHABILITADAS PARA EJERCER EL COMERCIO

Toda persona que según las leyes comunes tenga capacidad para contratar y obligarse, es hábil para ejercer el comercio
Los menores adultos pueden, con autorización de sus representantes legales, ocuparse en actividades mercantiles en nombre o por cuenta de otras personas y bajo la dirección y responsabilidad de éstas.
Los menores no habilitados de edad que hayan cumplido 18 años y tengan peculio profesional, pueden ejercer el comercio y obligarse en desarrollo del mismo
El menor habilitado de edad puede ejercer libremente el comercio y enajenar o gravar, en desarrollo del mismo, toda clase de bienes.
Menores que quieren ejercer el comercio

COMERCIANTES

Calidad del comerciante: se adquiere aunque la actividad mercantil se ejerza por medio de apoderado, intermediario o interpuesta por una persona.
Son comerciantes las personas que profesionalmente se ocupan en alguna de las actividades que la ley considera mercantiles.