YEIMI TATIANA TRIANA
LORENA HERRERA VARGAS
LEY 266
CAPÍTULO 5
REGISTRO DE LOS PROFESIONALES DE ENFERMERÍA
ARTICULO 14
REQUISITOS PARA EL  REGISTRO
La ANEC registrará como profesionales  de
enfermería a quien cumpla los siguientes requisitos1. Acredite título universitario de enfermera
2. Acredite la convalidación del título universitario de enfermera
3. Quien con anterioridad a la vigencia de la presente Ley haya obtenido tarjeta como  profesional  universitario de enfermería, expedida  por el Ministerio de Salud, o las secretarías de salud respectivas
ARTICULO 13
INSCRIPCIÓN  Y REGISTRO  DEL  PROFESIONAL  DE
ENFERMERÍA EN  COLOMBIA
La Asociación Nacional de Enfermeras de Colombia,ANEC, es el organismo autorizado  para realizar la inscripción  y  el registro único nacional, de quien ejerce la profesión de enfermería en Colombia.
CAPÍTULO 4.
TRIBUNAL DE ÉTICA DE ENFERMERÍA
ARTICULO 12
INTEGRACION
Estará  integrado por siete miembros, profesionales  de enfermería,reconocida idoneidad profesional y solvencia ética  y moral, con no menos de diez años de ejercicio profesional
ARTICULO 11
FUNCIONES
Créanse  los  Tribunales  Eticos  Departamentales  de 
Enfermería en las  Capitales  de los  Departamentos, los  que  iniciarán susfunciones de acuerdo a la gradualidad, necesidad y asignación de recursos por
los  departamentos,  de acuerdo a  la  Ley  y reglamentación que  el Tribunal Nacional Etico de Enfermería haga al respecto.
ARTICULO 10.
TRIBUNAL NACIONAL ÉTICO DE ENFERMERÍA
Autoridad para  conocer de los 
procesos disciplinarios, éticoprofesionales que se presenten en la práctica de
quienes ejercen la enfermería en Colombia.
ARTICULO 3
CONSEJO TÉCNICO DE ENFERMERÍA
ARTICULO 9
INTEGRACIÓN  DE LOS  CONSEJOS  TÉCNICOS
DEPARTAMENTALES DE ENFERMERÍA.
Los  Consejos  Técnicos Departamentales de Enfermería estarán integrados por: 
1. El Secretario de Salud Departamental o su delegado.  2. El Secretario de Educación Departamental o su delegado.  3. Dos representantes de la ANEC seccional de cada Departamento.
4. La Decana o su delegada de la facultad de enfermería del Departamento, y  si existieren varias facultades de enfermería se elegirá una entre ellas. 
 5.  Una representante de la Asociación de Facultades de Enfermería Acofaen
del Departamento.  6. Un representante de la Asociación de Usuarios de los servicios de salud
ARTICULO 8
CONSEJO TECNICO DEPARTAMENTAL DE ENFERMERIA
los  Consejos  Técnicos  Departamentales  de
Enfermería,  en las capitales de los  Departamentos, de acuerdo a lagradualidad,  necesidad y concordancia  con  lo  que reglamente  consejoTécnico Nacional de Enfermería
ARTICULO 7
INTEGRACION
El Consejo  Técnico  Nacional de Enfermería,
estará integrado por:
Un representante de la Asociación de Usuarios de los Servicios de Salud.
Dos  representantes de la  Asociación Colombiana de Facultades  de 
Enfermería Acofaen
Dos representantes de la Asociación Nacional de Enfermeras de Colombia,ANEC.
El Ministro de Educación o su delegado
El Ministro de Salud o su delegado.
ARTICULO 6
FUNCIONES
Son funciones del Consejo Técnico Nacional de
Enfermería las siguientes:
1.  Analizar las  necesidades  de enfermería  de la  población colombiana  y proponer metas y planes de atención de corto, mediano y largo plazo en todos los niveles de atención en salud.
2.  Proponer las políticas y  disposiciones  para  la formación, actualización, distribución y empleo del recurso humano de enfermería.
3. Definir criterios para establecer estándares y normas de calidad para brindar cuidado de enfermería.  4. Definir los planes mínimos de dotación de los servicios de salud con relación al personal de enfermería
ARTICULO 5
CONSEJO TECNICO DE LA ENFERMERIA
organismo  de carácter permanente de dirección, consulta y asesoría del Gobierno Nacional,con relación a las  políticas  de  desarrollo  y  ejercicio  de la  profesión de enfermería  en
Colombia.
CAPITULO 2
DE LA NATURALEZA Y EL AMBITO DEL EJERCICIO
ARTICULO 4
AMBITO DEL EJERCICIO PROFESIONAL
El profesional de  enfermería  ejerce  sus  funciones  en los ámbitos  donde  la persona vive, trabaja, estudia, se recrea y se desarrolla, en instituciones 
que directa o indirectamente atienden la salud
ARTICULO 3
DEFINICION Y PROPOSITO
La enfermería es una profesión
liberal y  una  disciplina de carácter social,  cuyos  sujetos  de atención son la 
persona, la familia y la comunidad
Tiene  como  propósito  general promover la  salud, prevenir la  enfermedad,  intervenir  en el tratamiento,
rehabilitación y recuperación de la salud, aliviar el   dolor, proporcionar medidas 
de bienestar y contribuir a una vida digna de la persona.
CAPITULO 1
DEL OBEJTO Y DE LOS PRINCIPIOS DE LA PRCATICA PROFESIONAL
ARTICULO 2
PRINCIPIOS DE LA PRACTICA PROFESIONAL
Son principios  generales  de  la práctica  profesional  de enfermería, los principios  y 
valores  fundamentales  que la  Constitución Nacional consagra  y  aquellos  que orientan el sistema de salud y seguridad social para los colombianos. 
Los principios específicos son:
Continuidad
Calidad
Dialogicidad
Individualidad
Integridad
ARTICULO 1 
   OBJETO
Reglamenta el ejercicio de la profesion de la enfermeria, define la naturaleza, el proposito de la profesion y desarrolla los principios que la rigen