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v. Las instituciones del SIDH, tanto nacionales como internacionales, tienen competencias y atribuciones diferenciadas y complementarias en materia de derechos humanos: los tribunales internos en efecto son órganos interamericanos, pero su competencia ratione materiae, ratione loci y ratione personae está circunscrita a las regulaciones legales-procesales que les toca aplicar, mismas que están definidas en el derecho doméstico.