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Se pagara el valor de 15 días.
Se tendrá en cuenta: • 30/20 • 20/15
Se pagara el valor del plazo pendiente por cumplir
• Falsificación de documentos. • Daño inmueble que me perjudique a mi o a los demás. • Incumplimiento del manual del trabajador de la empresa. • Actos delictuoso e inmoral en la empresa. • Revelar información confidencial de la empresa. • Detención preventiva del trabajador por 30 días. • Disminución del rendimiento frente a las labores encargadas.
• Incumplimiento de labores sin motivo. • Se rehúsa a cumplir las normas de salud ocupacional. • Seguir trabajando con pensión adquirida. • Vicio que afecte la convivencia en la empresa. • Incapacidad laboral inferior a 180 días.