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przez andres Joly 4 lat temu

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Consumo de sustancias psico activas licitas e ilícitas.

Consumo de sustancias psico activas licitas e ilícitas.

Mediante un marco normativo (Art 49 constitución política de Colombia, declaración de Helsinki 2013, Ley 1566 y meta 3.5 del programa de las nacionales unidas.

Consumir marihuana, cocaina y alcohol.

Esta considerado en la Ley estatutaria de salud y en la política nacional de salud mental como un tema fundamental.

Consecuencias a nivel individual, familiar y social.

A los niños, adolescentes y mujeres

De la formulación de una política publica que prevenga y atienda a quienes tiene problemas con el consumo de una manera integral.
La ley 1566

A todas las reglas que garantizan la atención integral a personas que consumen sustancias psicoactivas que deben ser puestas en practica en la resolución 089.

La entrega del premio nacional a la entidad comprometida con la prevención del consumo.

El desarrollo de proyectos institucionales preventivos.

Al cumplimiento de sanciones.

A que se socialice el tipo de tratamiento que se recibirá.

A que el consumo de sustancias sea reconocido como un problema de salud publica.

Garantizar el ofrecimiento de servicios de atención integral en las IPS.

Hacer cumplir el derecho a la atención integral.

La resolución 089

El recurso por el cual se dictan todas las acciones para dar cumplimiento a las normas estipuladas en la Ley 1566.

La prevención de los factores de riesgo.

Fortalecer los factores protectores mediante el desarrollo de la resiliencia y el afrontamiento emocional.

Desarrollar los entornos protectores (hogar, escuela, comunidad e instucionalidad) frente al consumo de sustancias.

Bajos los principios de integralidad, vida digna, inclusión y participación.

Un tratamiento integral.

Consumo de sustancias psico activas licitas e ilícitas.

Un fenómeno a nivel nacional que implica diferencias poblacionales y territoriales e involucra la acción de estado.