bibliografía
de Carrera, R. (2021) "Escalafón del Personal Académico del Sistema de Educación Superior." Recuperado el 20 de febrero del 2022, recuperado de file:///C:/Users/Jaime/Downloads/Reglamento%20de%20Carrera%20y%20Escalaf%C3%B3n%20del%20Personal%20Acad%C3%A9mico%20del%20Sistema%20de%20Educaci%C3%B3n%20Superior-2021%20(1).pdf
ESCALAFÓN Y ESCALAS REMUNERATIVAS
Parágrafo I
Escala remunerativa del personal académico titular
Artículo 65.- Cálculo de las remuneraciones del personal académico titular.- Las remuneraciones del personal académico titular del grado k (k=1, 2, 3, …, 8) de las universidades y
escuelas politécnicas (ak), se calcularán mediante una progresión geométrica de 10 términos.
Si el grado más alto es 7, como a7=p9= a1*r
8, r=raíz octava de (a7/a1).
Si el grado más alto es 6, como a6=p8= a1*r7, r=raíz séptima de (a6/a1).
Si el grado más alto es 5, como a5= p6 = a1*r5, r=raíz quinta de (a5/a1).
Si el grado más alto es 4, como a4= p5 = a1*r4, r=raíz cuarta de (a4/a1).
Si el grado más alto es 3, como a3= p4 = a1*r3, r=raíz cúbica de (a3/a1).
Artículo 64.- Determinación de las remuneraciones.- Las remuneraciones del personal académico las fijará el órgano colegiado superior de la universidad o escuela politécnica, en sus reglamentos de escalafón docente.
Para determinar la remuneración del personal académico a medio tiempo de las universidades y escuelas politécnicas se multiplicará por 0,50 la remuneración para la dedicación a tiempo completo correspondiente.
SECCION IV
Artículo 63.- Escalafón del personal académico titular y duración de la carrera docente.- Las categorías, niveles y grados escalafonarios del personal académico titular de las universidades y escuelas politécnicas públicas
Artículo 62.- Grado escalafonario.- Se entiende por grado escalafonario el puesto que en función
de la categoría y nivel ocupa el personal académico en el escalafón y que determina la remuneración
Artículo 61.- Nivel.- Se entiende por niveles los rangos graduales y progresivos existentes en cada categoría del personal académico titular.
Artículo 60.- Categoría.- Se entiende por categoría cada uno de los grupos en los que el personal académico titular puede ingresar en el escalafón
Artículo 59.- Ingreso al escalafón.- Se ingresa al escalafón de la carrera académica tras haber ganado el respectivo concurso público de merecimientos y oposición.
Artículo 58.- Escalafón.- El sistema de escalafón promueve la excelencia académica mediante el reconocimiento y estímulo de los méritos del personal académico titular de las universidades y escuelas politécnicas.
Artículo 57.- Sostenibilidad financiera de las universidades y escuelas politécnicas.- La aplicación se realizará observando el principio de autonomía responsable.
Parágrafo III
Remuneración del personal académico no titular
Artículo 74.- Condiciones para la contratación del personal académico sin relación de dependencia.- El personal académico titular que por sus conocimientos y experiencia sea
requerido para colaborar fuera del tiempo de su dedicación en la misma institución de educación superior
Artículo 73.- Ponderación para determinar la remuneración del personal académico no titular ocasional a medio tiempo y tiempo parcial.- Para determinar la remuneración del
personal académico no titular ocasional a medio tiempo de las universidades y escuelas politécnicas, se multiplicará por 0,50 la remuneración para la dedicación a tiempo completo correspondiente.
Artículo 72.- Remuneración del personal académico ocasional.- La remuneración del personal académico ocasional con título de maestría debidamente reconocido y registrado por el Órgano Rector de la Política Pública de Educación Superior
Artículo 71.- Honorarios del personal académico honorario y emérito.- Los honorarios del personal académico honorario y emérito de las universidades y escuelas politécnicas serán al menos igual a lo establecido para la escala del personal académico titular auxiliar 1.
Artículo 70.- Honorarios del personal académico invitado.- Los honorarios del personal académico invitado de las universidades y escuelas politécnicas serán al menos igual a lo establecido para la escala del personal académico titular auxiliar..
Parágrafo II
Escala remunerativa de las autoridades
Artículo 69.- Escalas remunerativas del personal académico.- Las escalas remunerativas mínimas y máximas del personal académico titular con dedicación a tiempo completo de las
universidades y escuelas politécnicas constarán en la tabla de escalas remunerativas que el Consejo de Educación Superior
a) Planificación de la estructura del personal académico y estudio de pasivos laborales
b) Disponibilidad presupuestaria integral que permita la aplicación y sostenibilidad de la estructura remunerativa propuesta por la institución
c) Evidencia de gasto eficiente de los recursos humanos en la obtención de resultados institucionales en docencia, investigación y vinculación; y,
d) Mejoras en los resultados de calidad de las funciones sustantivas establecidas por el Consejo de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior
Artículo 68.- Creación de cargos de gestión educativa.- Las universidades y escuelas politécnicas, en ejercicio de su autonomía responsable, podrán crear cargos de gestión educativa no correspondientes a autoridades académicas.
las remuneraciones de los cargos de gestión educativa se considerará la misma metodología de cálculo utilizada para establecer las remuneraciones de las autoridades académicas
Artículo 67.- Cálculo de las remuneraciones de las autoridades.- Las remuneraciones de las autoridades de las universidades y escuelas politécnicas, se calcularán mediante una progresión geométrica de 4 términos R1, R2, R3 y R4
Si los valores de las remuneraciones de las autoridades así calculados resultaren inferiores a los valores mínimos establecidos por el CES, se aplicarán los indicados valores mínimos.
Artículo 66.- Escala remunerativa de las autoridades de las universidades y escuelas politécnicas.- La escala remunerativa de las autoridades de las universidades y escuelas politécnicas será fijada por el órgano colegiado superior