przez Franklin Ferreira 1 rok temu
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ente rector de la política de ciencia, tecnología e innovación que genere capacidades, promueva el conocimiento científico y tecnológico, contribuya al desarrollo y crecimiento del país y se anticipe a los retos tecnológicos futuros
Buscando asi
el bienestar de los colombianos y consolidar una economía más productiva y competitiva y una sociedad más equitativa.
Capitulo III
Articulo 18
AJUSTES PRESUPUESTALES EN EL SISTEMA INTEGRAL DE INFORMACIÓN FINANCIERA (SIIF).
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público realizará los ajustes correspondientes para transferir al Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación los recursos aprobados en la ley de presupuesto.
Articulo 17
EJECUCIÓN PRESUPUESTAL Y DE RESERVAS
El cual
El Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación continuará ejecutando en lo pertinente las apropiaciones comprometidas
Articulo 16
REFERENCIAS NORMATIVAS
El cual busca
A partir de la entrada en vigencia de la presente Ley. todas las referencias que hagan las normas vigentes o aquellas que las modifiquen, sustituyan o adicionen al Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación -
Artículo 15
DERECHOS Y OBLIGACIONES LITIGIOSAS.
El cual asumira
Las obligaciones, las culminaciones de archivo derivado de los mismo
Artículo 14
Patrimonio
Los cuál busca que
Los bienes muebles e inmuebles y los saldos de presupuesto de inversión de este, existentes a la fecha de entrar a regir la presente Ley.
Artículo 13
DERECHOS Y BIENES
Lo cual busca
continuará a cargo del Fondo Nacional de Financiamiento para la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, Fondo Francisco José de Caldas y cumpliendo las funciones que en relación con los demás fondos y recursos le fueron asignadas.
Articulo 12
CONTRATOS Y CONVENIOS VIGENTES
Lo cual busca
Contratos y convenios se continuara su ejecución en los mismos términos y condiciones, sin que para ello sea necesaria la suscripción de documento adicional alguno
Articulo 11
CONTINUIDAD DE LA RELACIÓN.
La cual busca
adelantar la modificación de las funciones de la entidad de conformidad con las necesidades del servicio y las transformaciones del sector.
Artículo 10
Se refiere a la
SEDE Y DOMICILIO.
Minciencias tendrá como sede y domicilio la ciudad de Bogotá, D. C., y ejercerá sus funciones a nivel nacional.
Capitulo II
Artículo 9
Esta estructurado por
1. Despacho del ministro 2. Despacho de viceministro 3. Despacho del viceministro de talento y aprobación social del conocimiento 4. Secretaria general 5. Órgano de asesoria y cordinacion 6. Comité de gestión y desempeño institucional sectorial e institucional 7. Comité de coordinación del sistema de control Interno 8. Comisión de persona
Artículo 8
Está encabezado por
ministerio de ciencia, tecnología e innovación
Capitulo I
Artículo 7
Se refiere a las
FUNCIONES DEL MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
En la cuáles
Minciencias tendrá a su cargo, además de las dispuestas
En el artículo 59 de la ley 489 de 1998
Funciones cómo:
1. Diseñar, formular, coordinar, promover la implementación y evaluar la política pública, los planes, programas y estrategias que se encaminen a fomentar, fortalecer y desarrollar la ciencia, la tecnología y la innovación. 2.Formular y coordinar el diseño, ejecución y evaluación del Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación. 3.Dirigir y coordinar el SNCT 4.Impulsar la formación e inserción de capacidades humanas, la cooperación internacional 5. Fomentar acciones y condiciones para que los desarrollos científicos, tecnológicos e innovadores se relacionen con los sectores productivo y 6.Establecer vínculos con otros sistemas administrativos, orientados al avance de la ciencia, la tecnología y la innovación 7.Orientar la creación de espacios y mecanismos para fomentar la coordinación, fortalecimiento, articulación y mutua cooperación de las entidades que integran el SNCTI). 8.Establecer los lineamientos que deben adoptar las entidades e institutos públicos y demás organismos para el desarrollo de actividades en ciencia, tecnología e innovación.
Artículo 6
Minciencias cumplirá su misión mediante
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Las más destacadas son
6.Fortalecer la capacidad de transferencia de la tecnología producida en las universidades y centros de investigación y desarrollo tecnológico. 7. Articular y optimizar las instancias de liderazgo, coordinación y ejecución del Gobierno nacional. 8.Fortalecer el desarrollo regional a través de políticas integrales 9.Establecer disposiciones generales que conlleven al fortalecimiento del conocimiento científico y el desarrollo.
1.Fortalecer una cultura basada en la generación, apropiación y divulgación del conocimiento y la investigación científica. 2. Definir las bases para la formulación de un Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación 3.Incorporar la ciencia, tecnología e innovación, como ejes transversales de la política educativa, cultural, entre otras... 4.Fortalecer (SNCTI), liderando y articulando a las organizaciones 5 Definir las instancias e instrumentos administrativos y financieros
Artículo 5
Mincienciascumplirá su misión mediante
OBJETIVOS GENERALES
Los cuales son
1.Formular la política pública de ciencia, tecnología e innovación del país 2. Establecer estrategias para el avance del conocimiento científico, el desarrollo sostenible, ambiental, social, cultural, la Tecnología y la Innovación 3.Impulsar el desarrollo científico, tecnológico y la innovación de la Nación. 4. Garantizar las condiciones necesarias para que los desarrollos científicos, tecnológicos e innovadores, se relacionen con el sector productivo. 5.Velar por la consolidación y fortalecimiento de SNCTI.
Artículo 4
INTEGRACIÓN DEL SECTOR ADMINISTRATIVO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN.
El cual estará constituido por
el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación y las demás entidades que le adscriba o vincule la ley.
Artículo 3
Se refiere a la
Naturaleza y Denominación
Por lo cual
Minciencias es un organismo del sector central de la rama ejecutiva en el orden nacional, rector del sector y del (SNCTI), encargado de formular, orientar, dirigir, coordinar, ejecutar, implementar y controlar la política del Estado en esta materia
Artículo 2
Se refiere a la
Fusión
La cual busca
Fusiónese el Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación - Colciencias, en el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación