作者:Tracy Becerra 2 年以前
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Libro Primero Sección Primera: De los comerciantes y de los actos de comercio.
Libro Primero Sección Primera: De los comerciantes y de los actos de comercio.
Articulo 8
Se presumirá prestado el consentimiento a q se refiere el articulo anterior.
Articulo 6
Para que los demás bienes quedan obligados será necesario el consentimiento de ambos cónyuges.
Articulo 5
Los menores de 18 años y los incapacitados podran continuar el comercio por medio de sus guardadores
Articulo 4
Tendran capacidad legal para el comercio habitual del comercio de mayores de edad.
Articulo 3
Existira la presuncion del comercio desde la persona que se proponga ejercerlo.
Articulo 2
Los actos de comercio, sean o no comerciantes los que ejecuten, y esten no especificados.
Articulo 1
Son comerciantes las que teniendo capacidad legal para ejercer el comercio.
Articulo 7
Se presumirá el consentimiento a que se refiere el articulo anterior.
Articulo 9
Los bienes del cónyuge del comerciante será expuesto en cada caso.
Articulo 10
El cónyuge podrá revocar libremente el consentimiento
Articulo 11
Podrá igualmente ejercer el comercio la mujer casada, mayor de 21 años que se
halle en alguno de los casos siguientes:
Articulo 12
Solamente quedarán obligados a las resultas del comercio los bienes propios de la mujer, y los de la comunidad o sociedad conyugal
Articulo 13
No podrán ejercer el comercio, en compañías mercantiles o industriales:
Articulo 14
No podrán ejercer la profesión mercantil, en sociedades mercantiles o industriales.
Articulo 15
Los extranjeros y las compañías constituidas en el extranjero, podrán ejercer el comercio en el
Perú: de acuerdo a las leyes de su país,