EVIDENCIA 1 CONCEPTOS CLAVES DE LA SALUD LABORAL
BIBLIOGRAFIA
https://www.secretariageneral.gov.co/sites/default/files/planeacion/informe_de_rendicion_de_cuentas_2019.pdf
https://fiorp.org/obligaciones-del-trabajador-sst/
https://siistema-de-seguridad-en-el-trabajo.webnode.com.co/marco-legal/
Responsabilidad  Administrativa  en  el  Sistema  General  de  Riesgos Profesionales.   Ayala   Cáceres,   Carlos   Luis,   (2005),   (Ediciones   Salud LaboralLtda).Legislación
https://www.mintrabajo.gov.co/empleo-y-pensiones/empleo/subdireccion-de-formalizacion-y-proteccion-del-empleo/formalizacion-laboral/que-es-el-sistema-general-de-riesgos-laborales
MARCOLEGALENSEGURIDADYSALUDENELTRABAJO
Leyes, decretos yresoluciones
En Colombia desde el año de 1979 se dio inicio a reglamentación en materia de salud ocupacional, dentro de las normas que la han regulado tenemos:
Resolución 2400 de 1979: Mediante el cual se crea el estatuto de seguridad industrial.
Ley 9 de 1979: Código sanitario nacional
Resolución 2013 de 1986: Creación y funcionamiento de comités paritarios de salud ocupacional.
Decreto 614 de 1984: Creación de bases para la organización de la salud ocupacional.
Resolución 2013 de 1986:
Establece la creación y funcionamiento de los comités de medicina, higiene y seguridad industrial en las empresas.
Resolución 1016 de 1989:
Establece el funcionamiento de los programas de salud ocupacional en las empresas.
Decreto 1295 de 1994:
Mediante el cual se determina la organización y administración del sistema general de riesgos profesionales.
Decreto 1530 de 1996: se define accidente de trabajo y enfermedad profesional con muerte del trabajador.
Ley 776 de 2002:
Se dictan normas de organización, administración y prestación del sistema general de riesgos profesionales.
Resolución 1401 de 2007:
Reglamenta la investigación de accidente e incidente de trabajo.
Resolución 2346 de 2007:
Regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales.
Resolución 1918 de 2009:
Modifica los artículos 11 y 17 de la resolución 2346 de 2007 y se dictan otras disposiciones.
Resolución 1956 de 2008: Se adoptan medidas para el consumo de cigarrillo y tabaco.
Resolución 2646 de 2008:
Se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención y monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo y para la determinación del origen de las patologías causadas por el estrés ocupacional.
Decreto 2566 de 2009: Se emite la tabla de enfermedades profesionales.
Resolución 652 de 2012:
Se establecen conformación de comités de convivencia laboral para empresas públicas y privadas y se dictan otras disposiciones.
Circular 0038 de 2010: espacio libre de humo y sustancias psicoactivas en la empresa.
Resolución 1356 de 2012:
Por medio de la cual se modifica parcialmente la resolución 652 de 2012.
Ley 1562 de 2012:
Por la cual se modifica el sistema de riesgos laborales y se dictan otras disposiciones en materia de salud ocupacional.
Resolución 1409 de 2012:
Por la cual se establece el reglamento de seguridad para la protección en caídas en trabajos en alturas.
Resolución 4502 de 2012:
Por la cual se reglamenta el procedimiento, requisitos para el otorgamiento y renovación de las licencias de salud ocupacional y se dictan otras disposiciones.
-Resolución 1903 de 2013:
Por la cual modifica el numeral 5° del artículo 10 y el parágrafo 4° del artículo 11 de la Resolución 1409 de 2012, por la cual se estableció el Reglamento para Trabajo Seguro en Alturas, y se dictan otras disposiciones.
Resolución 3368 de 2014
Modificación al reglamento para protección contra caídas de trabajo en alturas.
Decreto 1443 de 2014
Por medio del cual se dictan disposiciones para la implementación del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo (SG-SST).
MARCO LEGALCOLOMBIANO
RESPONSABILIDAD EN SEGURIDAD Y SALUD EN ELTRABAJO
TIPOS DERESPONSABILIDADEn el Sistema General de Riesgos Laborales, el empleador es el responsable de procurar el cuidado  integral  de  la  salud  de  los  trabajadores  proporcionando  ambientes  de  trabajo saludables, idóneos para el desarrollo de la labor.
RESPONSABILIDAD PENALCuandosepresentaunaccidentedetrabajoysecompruebalaculpadelempleador,surgeporparte del causante, la responsabilidad penal por las lesiones sufridas o por la muerte de trabajador. Esta responsabilidad, es asumida directamente por el causante del accidente o las lesiones, quien puede ser  privado  de  su  libertad  como  consecuencia  de  un  proceso  penal  por  homicidio  o  por  lesiones personales.
RESPONSABILIDAD CIVILLaresponsabilidadcivil,tienencomoobjetivoprincipalpermitirlealsujetoquehayasufrido un daño obtener la reparación, dirigiéndose contra quien lo causó. La responsabilidad civil en  Accidente  de  Trabajo  o  Enfermedad  laboral,  busca  la  reparación  plena  de  perjuicios ocasionaos  por  culpa  patronal.  La  legislación  Colombiana  en  el  artículo  216  del  Código Sustantivo  Del  Trabajo,  señala  que  si  el  empleador  no  genera  un  ambiente  de  trabajo adecuado  puede  incurrir  en  el  pago  de  indemnizaciones  derivadas  de  la  Responsabilidad Civil.
RESPONSABILIDAD LABORAL.Estetipoderesponsabilidadsurgedelarelaciónlaboralypermitequelostrabajadoresestén protegidosdelascontingenciasqueseocasionenporuninfortuniolaboral,porloqueencaso deAccidentedeTrabajooEnfermedadlaboral,elempleadordebegarantizarlasprestaciones económicas y asistenciales de lostrabajadores.Estaresponsabilidadeslaqueelempleadordebeaseguraratravésdeunaadministradorade riesgosprofesionales(ARL),atravésdelpagodecotizacionesmensu
Clases de daños yperjuicios
3.Perjuiciosfisiológicos:Losperjuiciosfisiológicosexistenparalostrabajadoresaccidentadosocon enfermedadprofesionalquesufrenunalimitaciónparapodervivirnormalmente,seindemnizafuera de  lo  ya  otorgado  por  la  ARP  cuando  la  calificación  de  la  invalidez  le  reconoce  al  trabajador  la pensión de invalidez o incapacidad permanenteparcial.
Dañosoperjuiciosextrapatrimoniales(morales)Sonlosdañosdiferentesalospatrimoniales, como morales, fisiológicos, estéticos, etc De los daños extrapatrimoniales, los principales son los daños morales que no afectan aspectos económicos sino aspectos íntimos, sentimentales, afectivos, emocionales, dichos daños como por ejemplo la angustia por la enfermedad de un familiar  o  el  dolor  por  la  muerte  de  un  ser  querido  afectan  aspectos  de  la  personalidad  o  el derechoalaintegridadcorporaldeltrabajador.Sedividenenobjetivadosysubjetivados:
SUBJETIVADOS:  Son  los  perjuicios  que  se  causan  cuando  se  lesiona  los  sentimientos  de  las personas, debido a un impacto emocional o afectivo, que genera angustia, dolor interno y psíquico por tal motivo no son fáciles de describir y de medir y se dejan a criterio del juez.
OBJETIVADOS:Sonlosdañosderepercusióneconómicaproductodelasangustiasotrastornos psíquicos que sufre el trabajador o sus familiares debido a un hecho dañoso, es decir, sonimpactos sentimentales,afectivos,emocionales,quenosoloperturbaelinteriordeunapersonasinotambién el  medio  económico  y  la  actividad  productiva  del  afectado.  Puede  ser  tasado  o  cuantificado  por medios  de  peritos,  debido  a  que  existen manifestaciones  externas  que  permiten  una  valoración objetiva.
1.Daños  o  perjuicios  patrimoniales:  Son  los  que  repercuten  negativamente  en  el  patrimonio económico  del  trabajador  o  de  su  familia,  causando  un  empobrecimiento  del    mismo.   Se  dividen en:
LUCRO  CESANTE:  Debido  al  ATEL,  el  trabajador  y  sus  beneficiarios,  encontrarán  una disminución  del  aumento  patrimonial,  debido  a  que  no  se  encuentra    en    condiciones    de  producir dejando de ingresar una determinada suma dedinero.
DAÑO EMERGENTE:Es la destrucción o pérdidamaterial de los bienes, lo que se traduce en  una  disminución  patrimonial  para  la  persona  que  lo  sufre,  en  resumen  son  los  recursos económicos que egresan o salen del patrimonio del trabajador o su familia para atender las consecuencias derivadas del daño que les ha producido la ocurrencia del ATEP.
Generadores deculpa
La  Impericia: Falta   de  experiencia,   se  presenta  por   falta  de     conocimientos básicos, incapacidad  técnica  para  ejercer  una  profesión,  un  arte  u  oficio.  Se  puede  observar  desde  tres aspectos: la ignorancia, el error y la inhabilidad.” Violación de reglamentos o normas. “Es una forma de llegar a la negligencia, imprudencia e impericia Clases de daños operjuicios.
Lanegligencia:Essinónimodedescuido,eshacerloquenosedebe,odejardehaceraquello que las circunstancias requieren que se haga y no se hace. La negligencia es una conducta o misiva,contrariaalasnormasqueimponenundeterminadocuidado,unaacciónrealizadasin tomar las debidasprecauciones.
La imprudencia: se presenta cuando se realiza un acto sin el debido cuidado, es actuar en forma  desmesurada,  apresurada  e  impulsiva,  violando  en  forma  activa  las  normas  de cuidado que establece la prudencia y ocasionando un daño al trabajador.
SISTEMA GENERAL DE RIESGOSLABORALES
Actores para sufuncionamiento
TRABAJADOR
Procurar el cuidadointegralde la saludSuministrar información clara, veraz y completasobresu estado de salud.Cumplir los estándaresyreglamentos del Sistema de gestión de a Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST)Participar en la prevencióndelos riesgos profesionales a través de los COPASSTConocer las funcionesdelComité de Convivencia Laboral con el fin de solucionar conflictos y seguir conductos regulares.
EMPLEADOR
Las obligacionesestán contemplada s en el artículo 21 de Dec.-Ley 1295 de1994 yconsisten en el pago de la cotización a la respectiva ARL donde se     encuentren afiliados los trabajadores.Notificar alaARL la ocurrencia de cualquier ATELDar directrices y otorgarlosrecursos para la mejora continua del SG-SSTDeberásustituirelPrograma de Salud Ocupacionalpor el
ARL
Brinda asesoría y asistencia técnica alasempresas afiliadas para la       implementaci ón del Sistema de Gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo SG-SST.Fomenta estilosdetrabajo y vida saludables de acuerdo con los factores de riesgo de las empresas clientesPago de prestaciones asistenciales:Asistencia médica quirúrgica, medicamento s,       rehabilitaión, etc.
Estado
Ministerio de Protección Social –Ministerio de Trabajo
Dirige, coordina y vigila sufuncionamient o, igualmente aplica las sanciones a las que haya lugar cuando alguno de los actores incurre en incumplimient o de cualquier tipo
Características
En el Artículo 4º del decreto 1295 de 1994 y Ley 1562/ Julio/2012 se definen las siguientes Características:•Es dirigido, orientado, controlado y vigilado por elEstado.-Las entidades administradoras del Sistema General de Riesgos laborales tendrán a sucargolaafiliaciónalsistemadeylaadministracióndelmismo.El artículo 2° de la Ley 1562 de 2012 modifica el artículo 13 del Decreto-Ley 1295 de  1994, quedando así:Deben ser afiliados al SGRL de forma obligatoria:-Los  trabajadores  dependientes  nacionales  o    extranjeros,    vinculados    mediante    contrato de  trabajo  escrito  o  verbal  y  los servidores  públicos,  contrato  formal  de  prestación  de servicios  con  entidades  o  instituciones  públicas  o  privadas;  tales  como  contratos  civiles, comerciales  o  administrativos  con  una  duración  superior  a  un  mes  y  con  precisión  de  las situaciones de tiempo, modo y lugar en que se realiza dichaprestación.-Cooperativas y precooperativas de trabajo asociado son responsables del proceso de afiliación y pago de los aportes de los trabajadoresasociados-Los jubilados o pensionados, que se incorporen a la fuerzalaboral  como trabajadoresdependientes,vinculadosmediantecontratodetrabajoocomo
servidores públicos.•Estudiantes  de  todos  los  niveles  académicos    de    instituciones    educativas públicas  o  privadas  que  deban  ejecutar  trabajos    que   signifiquen    fuente    de    ingreso para  la  institución  o  cuya  actividad  formativa  sea  requisito  para  la  culminación  de estudios e involucre un riesgoocupacional.•Trabajadores  independientes  que  laboren  en  actividades  catalogadas  por  el ministeriodetrabajocomodealtoriesgo,elpagodeestaafiliaciónseráporcuentadel contratante.•Miembrosactivosdelsubsistemanacionaldeprimerarespuestayelpagodela afiliaciónseráacargodelministeriodelinteriordeconformidadconlanormativida
Objetivos
Estableceractividadesdepromoción yPrevencion estendientes mejorarlas  condicionesde  Trabajo  ysaluddela población trabajadora, Protegiéndolacontralosriesgosderivadosdelaorganizacióndeltrabajo.-Fijar las prestaciones de salud y económicas por los diversos  tipos  de incapacidad.-Fortalecer  las  actividades  tendientes  a  establecer  el  origen  de  los accidentes  de  trabajo  y  las  enfermedades  profesionales  y  el  control  de   los agentes de riesgosocupacionales.
Definición
El Sistema General de Riesgos Laborales articula el sistema de prevención de accidentes de trabajo y enfermedades laborales a través de planes de salud ocupacional y prevención de riesgos al tiempo de atender los siniestros laborales por medio de las prestaciones de subsidio por incapacidad, indemnización por incapacidad permanente parcial, pensión de invalidez y pensión de sobrevivientes.
CONCEPTOS BASICOS EN SALUD OCUPACIONALY EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Condición de salud y detrabajo
Características  materiales  y  no  materiales  que pueden  ser  generadas  por  el  ambiente,  la  organización  y  las  personas,  y  que contribuyen a determinar el procesosalud-enfermedad.
Riesgo Ocupacional
Se entiende bajo esta denominación la existencia de elementos, fenómenos, ambiente y acciones humanas que encierran una capacidad potencial de producir lesiones o daños materiales, y cuya probabilidad de ocurrencia depende de la eliminación y/o control del elemento agresivo.
EnfermedadLaboral
Es  enfermedad  laboral  la  contraída  como  resultado  de  la  exposición  a  factores  de riesgoinherentesalaactividadlaboralodelmedioenelqueeltrabajadorsehavisto obligado atrabajar.
Obligatoriedad de reporte deAT
La  empresa:  Debe  Informar  a  la  correspondiente ADMINISTRADORA  DE  RIESGOS LABORALES  (ARL)  y  a  la  ENTIDAD  PROMOTORA  DE  SALUD  (EPS)  en  forma simultánea,  todo  accidente  de  trabajo,  por  leve  que  sea,  dentro  de  los  dos  días  hábiles siguientes alsuceso.•El trabajador: Informar de forma INMEDIATA a los supervisores o empleadores de toda lesiónocasionadaenunaccidentedetrabajoporlevequesea..(Artículo62°.Decreto1295 de
Lo que no se consideraAT
El que se produzca por la ejecución de actividades diferentes para las que fue contratado el trabajador, tales como labores recreativas, deportivas  y  culturales,  así  se  produzcan  durante  la  jornada  laboral,  a  menos  que  actúe  por cuenta o representación del empleador.
Accidente detrabajo
Es accidente de trabajo todo suceso repentino queSobrevengaporcausaoconocasióndeltrabajo,yqueproduzcaeneltrabajadorunalesión orgánica, una  perturbación funcional, una  invalidez o la  muerte.  Es  también accidente  de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aun fuera del lugar y horas de trabajo.
Actualidad en Seguridad y Salud en elTrabajo
En la actualidad los Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo se están desarrollando por fases, que terminan su implementación en enero del año 2020; fecha en la cual todos los Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo se ejecutarán anualmente de enero a diciembre o en cualquier fracción del año si la empresa o entidad es creada durante el respectivo año.
En el año 2020 y en los años sucesivos el Plan de Mejora debe dejarse listo y aprobado por la empresa en el Plan Anual del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo desde el mes de diciembre del año anterior.  Lo anterior con el fin de empezar a ser ejecutado a partir del (1º) primero de enero del año siguiente,
Áreas de la saludocupacional
Seguridad Ocupacional oIndustrial.
Conjunto   de   actividades   destinadas      a      la  identificación,  evaluación  y  control  de  los  factores  de  riesgo  o  condiciones  de  trabajo  que puedan producir accidentes detrabajo.
Higiene Ocupacional oIndustrial.
Conjunto  de  actividades  destinadas  a  la  identificación, evaluación  y  control  de  los  factores  de  riesgo  del  ambiente  de  trabajo  que  puedan  alterar  la salud de los trabajadores, generando enfermedades profesionales.
Medicina ocupacional o deltrabajo.
Conjunto  de  actividades  de  las  ciencias  de  la  salud dirigidas   hacia   la   promoción   de   la   calidad   de   vida   de   los   trabajadores   a   través   del mantenimiento y mejoramiento de sus condiciones de salud.
CaracterísticasdelaSaludOcupacional–hoySST
Convoca al trabajo interdisciplinario                                      • Trabaja con grupos y no con individuos                                      • Es eminentemente preventiva                                                 •Su ejercicio se fundamenta en el control de riesgos
Trabajador
Personaquevoluntariamenteprestasusserviciosretribuidosporcuentaajenao propia  y  dentro  del  ámbito  de  organización  y  dirección  de  otra  persona  natural  o  jurídica, denominada empleador o de símismo.
Relación Salud-trabajo
De acuerdo a lo establecido por el Comité Mixto de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y de la Organización Mundial de la salud (OMS), promoción y mantenimiento del más alto grado de bienestar físico,
TRABAJO
Es  toda  actividad  humana  libre,  ya  sea  material  o  intelectual, permanente o transitoria, que una persona natural ejecuta conscientemente al servicio de otra, y cualquiera que sea su finalidad, siempre que se efectué en ejecución de un contrato de trabajo. (CST)
SALUD
La salud, según la Organización Mundial de la Salud, es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades.
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SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Está definida como aquella disciplina que trata de la prevención de las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo, y de la protección y promoción de la salud de los trabajadores.
NORMAS DE SEGURIDAD INDUSTRIAL VIGENTES
Normas leyes seguridad y salud en el trabajo-Colombia
Ley 1010 2006 por medio de la cual se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo.
Código Código Sustantivo del Trabajo.
1951 Regulación de Relaciones Laborales.
Resolución 1401 2007 por la cual se reglamenta la investigación de incidentes y accidentes de trabajo.
Resolución 2346 2007 por la cual se regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales.
Resolución 2646 2008 por la cual se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención y monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo y para la determinación del origen de estas.
Resolución 00000652 2012 por la cualquier se establece la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral en entidades públicas y empresas privadas y se di tan otros disposiciones.
Resolución 0312 2019 por la cual se definen los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST.
Decreto 1072 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo.
Resolución 1409 2012 por la cual se establece el reglamento de seguridad para protección contra caídas en trabajo en alturas.
Decreto-Ley 1295 1994 por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales.
Resolución 1792 1990 por la cual se adoptan valores límites permisibles para la exposición ocupacional al ruido.
Resolución 2013 1986 por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo
Resolución 2400 1979 por la cual se establecen algunas disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo.