por Tami Díaz hace 9 meses
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Órganos: Junta de socios y dirección administrativa.
Número de Socios: Combinación entre el Estado y particulares.
Responsabilidad: Limitada al monto de las aportaciones.
Capital Social: Aportaciones del Estado y del sector privado.
Número de Socios: Mínimo uno.
Responsabilidad: Limitada al monto de las acciones.
Órganos: Flexibilidad en la organización; puede ser administrada por el socio único o un gerente.
Similar a la comandita simple, pero el capital está dividido en acciones.
Junta General de Accionistas Directorio
Transferencia de acciones: Libre, salvo restricciones estatutarias.
Órganos: Asamblea de accionistas y directorio.
Responsabilidad de los accionistas limitada al capital aportado.
Requiere consentimiento de los demás socios.
Junta de socios y gerentes
Limitada al monto de las cuotas.
Capital dividido en participaciones
Mínimo dos, uno debe ser comanditado.
Sujeta a restricciones según el tipo de socio.
Los socios comanditarios tienen responsabilidad limitada al capital aportado
Incluye socios colectivos y comanditarios.
Características Generales
Responsabilidad ilimitada y solidaria de los socios
Razón social formada con el nombre de uno o más socios
Capital Social: Dividido en acciones.
Transferencia de participación: Requiere consentimiento de los demás socios.