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por Manuel Reyes hace 3 años

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CLASE DE SOCIEDADES

En Colombia, las sociedades de capital se caracterizan principalmente por la importancia de los aportes económicos y las acciones, más que la identidad de las personas involucradas.

CLASE DE SOCIEDADES

CLASE DE SOCIEDADES

Participantes Diana Sastoque Beltrán Sandra Milena Rodríguez Jesús Manuel Reyes

Bibliografía. Tipos de Sociedades Comerciales en Colombia. Gerencie.com (Marzo 31, 2022). Recuperado el 10 de Junio de 2022 de, https://www.gerencie.com/tipos-de-sociedades-comerciales.html Clasificación de las Sociedades Comerciales en Colombia. Bancolombia (Noviembre 11, 2020). Recuperado el 10 de Junio de 2022 de, https://www.bancolombia.com/negocios/actualizate/emprendimiento/tipos-de-sociedades-comerciales-en-colombia

En Colombia las sociedades comerciales se clasifican según su forma de asociarse en dos grandes grupos: sociedades de personas y sociedades de capital.

Sociedades Personales

Son aquellas sociedades donde lo más importante son las personas que la conforman, sus socios, y por lo general estas sociedades están conformadas por miembros de una familia o por amigos muy cercanos, por lo que se trata de sociedades cerradas donde el capital no es lo más importante.
Sociedad Colectiva (“& Cía”, “Hnos.”, “e Hijos”)

Definición: Es una empresa en la que tanto la responsabilidad como la administración es colectiva, es decir pertenece a todos los socios. Todos actúan como administradores, aunque pueden delegar esa función en un tercero o en otro socio. Es una sociedad de personas, donde todos los socios tienen interés en participar en su desarrollo, precisamente por su naturaleza colectiva. Número de Socios: Mínimo 2 donde todos responden solidaria e ilimitadamente por las operaciones de la empresa. Razón Social: Se forma con el nombre completo o con el apellido de algunos de los socios seguido de las expresiones “& Cía”, “Hnos.”, “e Hijos”.

Sociedad de Responsabilidad ("LTDA.")

Definición: Es una sociedad de personas, y como su nombre lo indica, la responsabilidad de los socios está limitada al monto de sus aportes, de modo que no responden solidaria e ilimitadamente con su patrimonio. Número de Socios: Mínimo 2 y hasta 25 socios, los cuales responden hasta el monto de sus aportes. Razón Social: Se forma con el nombre de la empresa seguido de la expresión “Limitada” o “LTDA.”.

Empresa Unipersonal (E.U.)

Definición: Pertenece a una sola persona que es dueña absoluta del negocio y la forma una persona jurídica distinta al dueño, de manera que el patrimonio de la empresa queda separado del patrimonio de su dueño, lo que no sucede con un establecimiento de comercio común y corriente. Número de Socios: Se compone solo por una persona natural o jurídica y la responsabilidad se limita al valor de los bienes que aporta a la sociedad. Razón Social: Se debe seleccionar un nombre para la sociedad seguido de la expresión “empresa unipersonal” o la sigla “E.U.”

Sociedad en Comandita Simple (“& CIA. S.”, “S. en C.”)

Definición: Se caracteriza porque su capital social se divide en cuotas partes, no en acciones. Por regla general a los socios gestores se la aplican las reglas de las sociedades colectivas, y los comanditarios las de las sociedades limitadas. La sociedad en comandita simple se debe disolver cuando su capital social se reduzca a la tercera parte o menos, o cuando desaparezca uno de los dos tipos de socios (gestores o comanditarios). Número de Socios: En este tipo de sociedad la ley no impuso un límite al número de socios ni a la cantidad de capital social que se debe suscribir y pagar. Razón Social: Se forma con el nombre completo o solo el apellido de uno o más socios colectivos, seguido de expresión “Compañía”, “& CIA. S.” más la expresión “S. en C.”.

Sociedades de Capital

Son aquellas sociedades en las que lo que importa son los aportes económicos, las acciones y no las personas. En las sociedades de capital, este se divide en acciones, y lo que se tiene en cuenta son las acciones y no las personas que las poseen.
Sociedad Anonima "S.A."

Definición: Es una sociedad de capital, en la que el capital se divide en acciones de igual valor, que puede cotizar en bolsa, y donde los socios responden de forma limitada al monto de sus aportes a la sociedad. Número de Socios: Mínimo 5 accionistas con responsabilidad limitada según su aporte, que es representado en acciones. Razón Social: Se forma con el nombre de la empresa seguido de la expresión “S.A.”

Sociedad de Economía Mixta.

Definición: Son las sociedades comerciales que se constituyen con aportes estatales y de capital privado. Su principal característica es que hay participación del estado, además de la participación de los particulares. Se diferencian de las sociedades comerciales e industriales del estado, en que, en las primeras hay participación del estado y de los particulares, mientras que en las sociedades industriales y comerciales del estado el capital está conformado por capital público únicamente.

Sociedad por Acciones Simplificada (“S.A.S.”)

Definición: Es una sociedad de capital que siempre tendrá naturaleza comercial, sin importar las actividades que se prevean en su objeto social. Busca estimular el emprendimiento debido a las facilidades y flexibilidades que ofrece tanto a nivel de su constitución como de su funcionamiento. Para efectos tributarios se rige por las reglas que aplican a la sociedad anónima. Número de Socios: Mínimo 1 o más socios, personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, con responsabilidad limitada hasta el monto aportado. En este caso las acciones no pueden ser negociadas en la bolsa. Razón Social: Se forma con el solo nombre de la empresa seguido de la expresión “S.A.S.”

Sociedad en Comandita por Acciones (“& CIA. S.C.A.”)

Definición: Es un tipo de sociedad en la que hay un grupo de socies gestores, acompañados de otro grupo de socios que aportan capital sin asumir responsabilidades más allá de sus aportes. Comanditar significa acompañar, y también significa aportar recursos para un negocio sin asumir responsabilidades mercantiles. Número de Socios: Mínimo 5 accionistas y 1 socio gestor o colectivo. Los socios comanditarios o acompañantes tienen una responsabilidad limitada, en tanto los socios gestores son los que encabezan la sociedad y su administración. Razón Social: Se forma con el solo apellido de uno o más socios colectivos seguido de la expresión “& CIA. S.C.A.”