tradicionalmente las Fuerzas Armadas han
resaltado su rol institucional como única fuerza legítima al servicio del Estado,
encargada de salvaguardar la seguridad, la ley y el orden
LEGÍTIMA AUTORIDAD Y USO DE LA FUERZA
uso de la fuerza contra las amenazas
internas en el contexto del conflicto armado como órgano legítimo revestido de
autoridad
marco normativo
internacional del DIH y el DICA
la teoría del justum
bellum no ofrece respuestas claras en la justificación de los mismos
Estado como autoridad
legtima se reserva el derecho al monopolio de las armas, pues es soberano y eso
le permite declarar la guerra. No obstante, el principio de legitimidad requiere
además un marco legal para justificar la causa j
DERECHO OPERACIONAL
CAUSA JUSTA
IUS POST BELLUM
justicia pos bélica no de carácter transicional pero vinculada con ella, busca estabilidad para una convivencia sana y pacífica
JUS IN BELLO
encierra los principios conducentes a las prácticas aceptables de la guerra como disposiciones aplicables a la luz de la ética
IUS AT BELLUM
Legítimas razones que tiene un estado para entrar en guerra enfocados en criterios para hacer la guerra justa
CANONES PARA DECIDIR PLANEAR PREPARAR Y EJECUTAR ACIONES MILITARES
JEP
responsabilidad penal es
una categoría en la cual cualquier superior omite tomar las medidas oportunas
donde hay la presunción de un irus Tatum de conocimiento abrumador sobre graves
crímenes contra el Derecho Internacional
Coincidiendo con el DIH consuetudinario, puede considerarse un individuo
penalmente responsable por los crímenes de guerra, lesa humanidad y genocidio no
solo en el caso de autoría o participación directa o indirecta, también su actuación
puede ser por acción o por omisión
verdad existe por encima de la justicia,
necesidad de tener en los cuerpos voluntarios una cabeza responsable de los subalternos
JUSTICIA TRANSICIONAL Y RESPONSABIIDAD DEL MANDO
la justicia transicional
surgió con la finalidad de abordar tan solo una de las
dimensiones de esos cambios, la de investigar el legado de
atrocidades a gran escala y evitar que estas vuelvan a producirse
artículo 28
existe la posibilidad de sancionar a quienes ostenten el mando responsable, sea el
comandante militar o superior jerárquico de iure o de facto, con sanciones tanto de
tipo alternativo como ordinarias;
DDHH Y DIH
DDHH
Esta relacionado con el goce de los derechos del ser humano,
su promoción y su protección general.
Conjunto de normas internacionales, convencionales o consuetudinarias, en que se estipula el comportamiento y los beneficios que las personas o grupos de personas pueden esperar o exigir de los Gobiernos.
Los derechos humanos son:
a. Universales
b. Interrelacionados
c. Interdependientes
d. Indivisibles
Los derechos humanos son derechos inherentes a todas las personas por su condición de seres humanos.
DIH
POSACUERDO TRANSITO HACIA LA PAZ
NUEVO AMBIENTE OPERACIONAL NECESIDAD HERRAMIENTAS JURÍDICAS PLANEAMIENTO Y EJECUCIÓN OPERACIONES MILITARES
AJOPE (Aesor Juridico Opercional)
figura del asesor jurídico para
el Comandante militar con el fin de coadyuvar en el marco de la legalidad a la
protección de quienes participan en las operaciones militares
juega un papel importante tanto en el marco del DIH como en el del
DIDH, factor determinante para el gozo de legitimidad en el accionar militar
ROE (Reglas de enfrentamiento)
RUF (Reglas para el uso de la Fuerza)
Ambito de aplicacion CANI
Conjunto de normas de derecho internacional que regula un conflicto armado que tenga lugar en el territorio de un estado entre las fuerzas armadas del gobierno y fuerzas rebeldes
Temporal, geografica, material, personal
Esta pensado para situaciones excepcionales de conflicto
armado, en donde se da la regulación de medios y métodos
de combate para evitar sufrimientos innecesarios.
Conjunto de normas internacionales, convencionales o consuetudinarias, destinadas a resolver los problemas causados directamente por conflictos armados internacionales o no internacionales
DERECHO DE LA HAYA
Consideración en la conducción de hostilidades, limita la elección de medios como métodos de combate
DERECHO. DE GINEBRA
Los Convenios de Ginebra y sus Protocolos adicionales son tratados internacionales que Protegen a las personas que no participan en las hostilidades (civiles, personal sanitario, miembros de organizaciones humanitarias) y a los que ya no pueden seguir participando en los combates (heridos, enfermos, náufragos, prisioneros de guerra).
Son prohibiciones expresas a las partes en conflicto y a favor de las personas protegidas en virtud del trato humano.
Protege a las personas y los bienes afectados, o que pueden resultar afectados, por un conflicto armado, y limita el derecho de las partes en conflicto a elegir los métodos y medios de hacer la guerra.