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por Evelyn Pérez Hernández hace 2 años

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NORMA Oficial Mexicana NOM-025-SSA2-2014

La norma oficial mexicana NOM-025-SSA2-2014 se aplica a todos los establecimientos de salud en México, abarcando los sectores público, social y privado. Su objetivo principal es regular los servicios de atención integral hospitalaria médico-psiquiátrica para personas con trastornos mentales y del comportamiento.

NORMA Oficial Mexicana NOM-025-SSA2-2014

NORMA Oficial Mexicana NOM-025-SSA2-2014

Actividades de rehabilitación psicosocial

Las actividades de rehabilitación psicosocial se desarrollarán en términos de las necesidades particulares de cada persona usuaria, con la participación interdisciplinaria del personal de la salud, de la familia -no sólo de las mujeres-, de la comunidad en general y, en su caso, del Comité Ciudadano de Apoyo

Programa General de Trabajo, el cual deberá contemplar las siguientes áreas

Área de Enfermería
cuidado integral con base a las necesidades de bienestar o conservación de la vida y necesidades de curación; b) apoyo en actividades de la vida diaria
Área de Psicología
atención terapéutica al usuario/a y su familia; b) psicoeducación; c) evaluación psicológica; d) rehabilitación psicosocial
Área Médica
las siguientes actividades dependen del tipo de unidad específica a la que se haga referencia: a) manejo de urgencias; b) consulta externa; c) hospitalización; d) admisión hospitalaria; e) rehabilitación física; f) rehabilitación psicosocial

Definiciones y abreviaturas

Exámenes de Laboratorio
los servicios básicos auxiliares de diagnóstico que, coadyuven a realizar un diagnóstico y tratamiento adecuados.
Evaluación Clínica Psicológica
al equipo de profesionales de salud mental en el diagnóstico y plan terapéutico o de tratamiento, de apoyo y de rehabilitación como parte de un abordaje integral.
Educación para la Salud Mental
se busca orientar a las personas usuarias y familiares mediante la psicoeducación, a fin de modificar o sustituir determinadas conductas que alteren la salud mental, por aquellas que son saludables en lo individual, lo familiar, lo colectivo y en su relación con el medio ambiente.
Atención Psicológica:
forma parte del equipo multidisciplinario de salud mental, quien trata diferentes trastornos mentales y del comportamiento
Acompañante terapéutico

al personal capacitado que se inserta en la cotidianeidad de la persona usuaria, trabaja dentro de un equipo interdisciplinario para facilitar la operación y funcionamiento de los servicios de atención en salud mental.

Acciones intrahospitalarias

Participar en el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de programas que fortalezcan la rehabilitación psicosocial.

Actividades terapéuticas

Cualquiera que sea la causa del egreso de la persona usuaria, ésta tiene derecho a continuar recibiendo la atención que requiera, de conformidad con las disposiciones jurídicas que resulten aplicables, y atendiendo en todo momento a los principios científicos y éticos de la práctica médica, así mismo su familia recibirá la asesoría necesaria para su cuidado y atención.
Concertación de la cita de la persona usuaria al servicio de consulta externa o de hospitalización o referencia del mismo a otra unidad de salud Elaboración de la nota clínica de egreso, conteniendo las especificaciones de plan terapéutico tanto para la persona usuaria como para sus familiares y/o representante legal.
Solicitud escrita que especifique el motivo. Elaboración de la nota de interconsulta, atendiendo a las disposiciones
Elaboración de notas clínicas que indiquen la evolución y, en su caso, la necesidad de continuar hospitalizado, complementado con la referencia de la funcionalidad de la o el usuario y su posibilidad de rehabilitación psicosocial.
Nota de revisión clínica del caso por la/el Director Médico o Jefe(a) del Servicio, por lo menos una vez cada semana en caso de trastorno agudo y cada quince días en casos de larga evolución o antes, según su juicio o a solicitud de las personas usuarias o de sus familiares responsables, o a solicitud de alguno de los comités del Hospital.
El personal multidisciplinario deberá realizar una búsqueda intencionada de las personas con trastornos mentales y del comportamiento que sufren violencia física, psicológica o sexual por parte de sus familiares y/o su comunidad, antes de ser ingresadas a las unidades médico psiquiátricas hospitalarias.
Examen clínico. En éste se debe también determinar la integridad física y sexual de mujeres y hombres. Si el caso lo amerita, él o la especialista deberá realizar examen clínico de lesiones que se relacionen con abuso, violencia sexual, o en su caso, violencia física Elaboración de nota de ingreso Elaboración de historia clínica Realización de exámenes básicos de laboratorio y gabinete, así como exámenes complementarios
Las actividades terapéuticas en el servicio de urgencias, se llevarán a cabo a través de las acciones siguientes: Nota de referencia a consulta externa u otro servicio ambulatorio dependiente de la Unidad Referencia, en su caso, a otra unidad de salud para su manejo En su caso, referencia inmediata de las mujeres que lo requieran, al servicio de salud sexual y reproductiva y planificación familiar, garantizando su consentimiento informado, o bien, el de su representante legal
Valoración clínica del caso y elaboración de la nota correspondiente Exámenes de laboratorio y gabinete Establecimiento del diagnóstico, pronóstico y tratamiento Referencia en su caso, a hospitalización en la propia unidad o a otra unidad de salud, para su manejo, diagnóstico y tratamiento.
El proceso terapéutico en el servicio de consulta externa se llevará a cabo mediante las acciones
Consulta Externa, mediante evaluación multidisciplinaria, según los recursos con los que cuente la unidad de atención integral hospitalaria médico-psiquiátrica

Abreviaturas

OPS Organización Panamericana de la Salud.
OMS Organización Mundial de la Salud
CIE 10 Clasificación de trastornos mentales y del comportamiento. Descripción clínica y pautas para el diagnóstico de la Organización Mundial de la Salud vigente.

Campo de aplicación

en todos los establecimientos de los sectores público, social y privado del Sistema Nacional de Salud en los que se presten servicios de atención integral hospitalaria médico-psiquiátrica, para personas que padecen trastornos mentales y del comportamiento.