por Sandra M. Hernandez Amador hace 4 años
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por Jhon Rodriguez
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por Lorena Betancur Diaz
por leidy guadalupe flores bazaldua
Entrará en vigor a los 60 días a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. México, D.F., a 18 de julio de 2013
Corresponde a la Secretaría de Salud y a los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencias.
Referencias electrónicas.
http://www.salud.gob.mx/unidades/cie.
http://www.ocenf.org/HUELVA/codigodeontologico.html.
http://www.ceneval.edu.mx/.
Zulay Contreras, M. Ensayo. Desarrollo e implementación de la gestión clínica de profesionales en enfermería. ISSN 1409-1992/2005/26/1/5-12, Colegio de Enfermeras de Costa Rica. Costa Rica. 2005. pp.3.
Subsecretaría de Innovación y Calidad, Comisión Interinstitucional de Enfermería. Plan rector de enfermería 2001-2006. Secretaría de Salud. México. pp. 4.
Subsecretaría de Innovación y Calidad, Comisión Interinstitucional de Enfermería. Perfiles de Enfermería. Secretaría de Salud. México. 2005. pp. 9-18.
Subsecretaría de Innovación y Calidad, Comisión Interinstitucional de Enfermería. Código de Ética para enfermeras y enfermeros de México. Secretaría de Salud. México. 2001.
Situación de Enfermería en el Uruguay y plataforma-2007. Aprobada por el Consejo Directivo el 17 de abril.
Reunión Regional de los Observatorios de Recursos Humanos en Salud. Llamado de Acción de Toronto. 2006-2015, Hacia una década de recursos humanos en salud para las Américas. Organización Panamericana de la Salud. Ontario, Canadá. 4-7 de octubre 2005.
Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura. Clasificación internacional normalizada de la educación. UNESCO. 1997. pp. 49.
Norma Mexicana NMX-Z-013-1-1977 GUÍA PARA LA REDACCIÓN, ESTRUCTURACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LAS NORMAS MEXICANAS.
Ministro de Sanidad y Consumo 20934 Real Decreto 1231/2001, de 8 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos generales de la Organización Colegial de Enfermería de España, del Consejo General y de Ordenación de la actividad profesional de enfermería.
M.Schwirian, RN, PhD Patricia. Chapter 1: Professions and the Professionalization of Nursing. A Works in Procrees. Estados Unidos Lippincot. Tercera edición. 1998. pp.3-30. Traducido por Lic. Virginia López Casados
Ley para reglamentar la práctica de la enfermería en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico: reorganizar la Junta Examinadora de Enfermeras y proveer la fuente de sus fondos operacionales; derogar la Ley Número 121 de 30 de junio de 1965, según enmendada; reglamentar lo relativo a la expedición de licencias y certificación y establecer penalidades. 10ma Asamblea Legislativa Num. 9 11ma Sección Extraordinaria. Aprobada el 11 de octubre de 1997.ubtopic
Ley Colombiana, Ley No. 24004 ejercicio de la enfermería, sancionada el 26 de septiembre de 1991, promulgada el 23 de octubre de 1991.
Ley 55/2003, 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, Boe núm. 301. España, 16 de diciembre de 2003, pp. 44742-44763.
Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, Boe núm. 280. España, 22 de noviembre 2003. pp. 41442-41548.
Ley 298, Ley de ejercicio de enfermería. Sancionada el 25 de noviembre de 1999 por la H. Legislatura del Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires. Argentina. 1999.
Ley 266 de 1996 (enero 25) Por la cual se reglamenta la profesión de enfermería en Colombia y se dictan otras disposiciones. El Congreso de Colombia. Diario oficial AÑO CXXXI.N.42710.5, febrero 1996.
Legislación Universitaria Normas Fundamentales. Mírico. UNAM. 1991.pic
Iyer, P. Proceso y diagnóstico de enfermería. Tercera edición. México. Editorial Interamericana McGraw-Hill. 1997.
Enfermeras universitarias al servicio de la comunidad. Revista UNAM-HOY, año 3, No. 12, mayo-junio de 1994. UNAM. pp. 55-60.
Cruz-Corona, V. Calidad de la enseñanza en el posgrado y su acreditación internacional. Asociación Universitaria Iberoamericana de posgrado, España. 2003.
Banner, P. Práctica progresiva en enfermería. México, D.F. Editorial Grijalva. 1987.
Alfaro-Lefevre, Rosalinda. Aplicación del proceso de enfermería, guía práctica. Tercera edición. Madrid. Editorial Mosby / Doyma. 1996opic
Acuerdo por el que se crea la Comisión Permanente de Enfermería. Diario Oficial de la Federación. 25 de enero de 2007.
1er. Taller para la reestructuración del Sistema Nacional de Enfermería. Secretaría de Salud, México, D.F. 1994.
Podrán solicitar la evaluación de la conformidad respecto de esta norma, ante los organismos acreditados y aprobados para dicho propósito.
Las personas físicas, morales, representantes legales o la persona facultada para ello en los establecimientos para la atención médica ambulatoria y hospitalaria de los sectores público, social y privado, así como, los que prestan sus servicios de forma independiente.
No tiene concordancia con ninguna norma ni internacional, ni mexicana.
Enfermería con Doctorado
Acciones para generar conocimiento en las diferentes áreas de la salud, está facultado para dirigir estudios de investigación interdisciplinaria o multidisciplinaria. Aporta evidencias científicas para la formulación de políticas que mejoren la calidad y la seguridad de los pacientes, así como para la formación de recursos humanos para la salud. Su función sustantiva es de investigación.
Enfermería con Maestría
Relacionada con los roles de educador, investigador, consultor o asesor en los temas clínicos, de la salud pública, bioéticos o legales implícitos, nivel de participación y liderazgo. Identifica problemas de la práctica y sistemas de cuidado que requieran ser estudiados. Colabora en la generación de nuevos conocimientos y en estudios interdisciplinarios o multidisciplinarios. Su función sustantiva es de docencia, administración e investigación.
Enfermería con estudios de posgrado
Acciones independientes derivadas de la aplicación del PAE en los servicios especializados en área específica, puede valorar, ejecutar y evaluar proporcionando cuidados de alta complejidad. Aplica modelos a incrementar la calidad del cuidado, promueve modelos y técnicas innovadoras en su especialidad, investigación de su práctica, incluyendo relaciones o colaboraciones interdisciplinarias o multidisciplinarias con profesiones vinculadas a la práctica de enfermería o a un tema o área de investigación aplicada. Su función sustantiva es la asistencial y las adjetivas son las docentes, de administración y de colaboración en proyectos de investigación.
Licenciado en enfermería
Acciones independientes derivadas de la aplicación del PAE, facultado para desarrollar un plan de intervenciones que puede valorar, ejecutar y evaluar. Es capaz de interactuar de manera interdependiente y desarrollar acciones derivadas del plan terapéutico. Otorga cuidados de mediana complejidad de predominio independientes. Puede colaborar en la formación de recursos humanos y realización de investigaciones de predominio operativo. Su función sustantiva es asistencial y las adjetivas son las docentes, de administración y de colaboración en proyectos de investigación.
Técnicos especializados en enfermería
Independiente o interdependiente en un campo específico, otorga cuidados de mediana complejidad que han sido determinados como resultado de la valoración del equipo de salud y establecidos en el plan terapéutico. Su función sustantiva es asistencial en un campo específico y las adjetivas son las docentes, de administración y de colaboración en proyectos de investigación.
Técnicos de enfermería
Dada su formación teórico-práctica son cuidados de mediana complejidad, los faculta para realizar acciones interdependientes derivadas del plan terapéutico e independientes como resultado de la aplicación del PAE. Su función sustantiva es asistencial y las adjetivas son de colaboración en las funciones administrativas y docentes.
El personal no profesional
Apoya en las necesidades básicas, comodidad e higiene, actividades relacionadas con la preparación de equipo y material, colaborador asistencial directo o indirecto debido a su nivel de capacitación debe ejecutar cuidados de baja complejidad delegados y supervisados por personal técnico o profesional de enfermería. Está facultado para realizar intervenciones de enfermería interdependientes.
Cumplir con las normas y de orden técnico en materia laboral, que apliquen en su competencia.
El personal de enfermería está obligado
Actualizar y aplicar los conocimientos científicos, técnicos, éticos y humanísticos.
Conocer y aplicar las Normas Oficiales Mexicanas citadas en el apartado 3 de esta norma.
Verificar el funcionamiento del equipo. Reportar los faltantes y las fallas que representen un riesgo. Proporcionarán los recursos necesarios de material y equipo.
Las autoridades de los establecimientos que prestan servicios de enfermería deberán
Evitar emplear al personal de enfermería en funciones fuera de sus competencias y capacidades.
Inducción al puesto a todo el personal de nuevo ingreso.
Cuente con la certificación profesional vigente.
El SNS deberán utilizar el contenido de esta norma para definir las estructuras de empleo y servicio correspondientes.
Las constancias, certificados, títulos profesionales o diplomas sean legalmente expedidos y registrados.
Los estudios en el extranjero, deberán contar con el documento de revalidación de estudios emitido por la autoridad.
Se reconocerán los estudios de las instituciones del Sistema Educativo Nacional y los documentos expedidos en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
Las actividades del 6.1-6.7 , están ordenadas por su grado de complejidad, son limitativas para los que no tienen el grado académico mínimo.
Según su preparación académica o calificación y grado de responsabilidad para la toma de decisiones.
20. Urgencia
Atención inmediata
A todo problema médico-quirúrgico agudo, que ponga en peligro la vida, un órgano o una función.
19. Revalidación y equivalencia de estudios
Acto administrativo
A través del cual la autoridad educativa competente otorga validez oficial a aquellos estudios realizados dentro o fuera del Sistema Educativo Nacional, siempre y cuando sean equiparables con estudios realizados dentro de dicho sistema.
18. Profesionales de la salud
Con titulo profesional o certificado de especialización
Médicos, odontólogos, biólogos, bacteriólogos, enfermeras, trabajadoras sociales, químicos, psicólogos, ingenieros sanitarios, nutriólogos, dietólogos, patólogos y sus ramas.
17. Proceso de atención de enfermería
Herramienta metodológica
Objetivo es atender las respuestas humanas individuales o grupales, reales o potenciales; está compuesto de cinco etapas interrelacionadas: valoración, diagnóstico de enfermería, planeación, ejecución y evaluación.
16. Prestación de servicios de enfermería
Brindar cuidados de enfermería
En un establecimiento para la atención médica en los sectores público, social y privado, así como, los que prestan sus servicios de forma independiente.
15. Personal no profesional de enfermería
No ha concluido su preparación académica o no ha obtenido el documento.
pasante de enfermería
Debe contar con la constancia de adscripción y aceptación expedida por la Secretaría de Salud.
estudiante de enfermería
Se encuentra en proceso de formación de nivel medio superior o superior
auxiliar de enfermería
Con constancia que acredite la conclusión del curso con duración mínima de un año.
14. Profesional técnico de enfermería
Persona con título o un diploma de capacitación
técnico especializado en enfermería
Estudios de nivel medio superior, obtuvo un diploma que señala el área específica de competencia.
Técnico ene enfermería
Estudios de tipo medio superior (técnico) en enfermería y cédula de ejercicio profesional.
13. Personal profesional de enfermería
Persona que concluyo sus estudios y con cédula de ejercicio profesional.
enfermera(o) con doctorado
Grado de maestría, acredita el grado de doctorado y cédula profesional de doctorado correspondiente.
enfermera(o) con maestría
Licenciatura en enfermería, acredita el grado de maestría y la cédula profesional de maestría correspondiente.
enfermera(o) especialista
Licenciado en enfermería, con diploma de especialización y la cédula profesional correspondiente.
enfermera(o) general
Licenciatura en enfermería y la cédula profesional correspondiente.
12. Personal de enfermería
Formada para proporcionar cuidados
Puede realizar actividades auxiliares, técnicas, profesionales o especializadas, según su competencia, funciones asistenciales, administrativas, docentes y de investigación.
11. Función docente
Actividades de educación
Para la salud, la educación continua y formación de recursos humanos.
10. Función de investigación
Actividades para aplicar el método científico
Basados en evidencia científica, garantizando calidad en la atención.
9. Función asistencial
Actividades acordadas
Disponibles o posibles, relacionadas con el cuidado directo o indirecto y de acuerdo a la competencia.
8. Función administrativa
Actividades de gestión
Recursos humano, materiales, científicos, y técnicos de equipo complementario acorde a sus competencias y experiencia
7. Enfermería
Ciencia y arte humanístico
Intervenciones de enfermería interdependientes
Actividades multidisciplinarias, con colaboración de asistentes sociales, expertos en nutrición, fisioterapeutas, médicos, entre otros.
Intervenciones de enfermería independientes
Acciones de acuerdo a su formación académica y experiencia profesional. No requieren prescripción previa por otros.
Intervenciones de enfermería dependientes
Actividades por prescripción del medico en el tratamiento de los pacientes
6. Enfermera(o)
Titulada(o)
A la persona que ha concluido sus estudios, expedido cédula para ejercer profesionalmente la enfermería.
5. Diagnóstico de enfermería
Juicio clínico
Ante problemas de salud reales o potenciales que son la base para la selección de intervenciones y logro de objetivos.
4. Cuidados de enfermería de mediana complejidad
Dependencia de para cubrir sus necesidades.
Paciente en proceso mórbido, los cuidados se relacionan con el grado de dependencia.
3. Cuidados de enfermería de baja complejidad
Satisfaciendo las necesidades básicas.
Paciente hemodinámicamente estable, con mínimo riesgo o en recuperación.
2. Cuidados de enfermería de alta complejidad
Atención especializada
Con cuidado es individualizado, utilización de equipos biomédicos de tecnología avanzada.
1. Cuidado
Acción de hacer por alguien lo que no puede por si misma
Con respecto, explicación a través de la enseñanza, facilitación de expresión de sentimientos, mejorar la calidad de vida.
Para la correcta interpretación y aplicación el personal de enfermería debe conocer de acuerdo a su preparación académica y el servicio que brinda.
NORMAS OFICIALES MEXICANAS
NOM-253-SSA1-2012, Disposición de sangre humana y sus componentes con fines terapéuticos.
NOM-206-SSA1-2002, Regulación de los servicios de salud que establece los criterios de funcionamiento y atención en los servicios de urgencias de los establecimientos de atención médica.
NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002, Protección ambiental Salud ambiental Residuos peligrosos biológico-infecciosos Clasificación y especificaciones de manejo.
NOM-046-SSA2-2005, Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención.
NOM-045-SSA2-2005, Vigilancia epidemiológica, prevención y control de las infecciones nosocomiales.
NOM-043-SSA2-2012, Servicios básicos de salud. Promoción y educación para la salud en materia alimentaria. Criterios para brindar orientación.
NOM-041-SSA2-2011, Prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama.
NOM-039-SSA2-2002, Prevención y control de las infecciones de transmisión sexual.
NOM-038-SSA2-2010, Prevención, tratamiento y control de las enfermedades por deficiencia de yodo.
NOM-036-SSA2-2012, Prevención y control de enfermedades. Aplicación de vacunas, toxoides, faboterápicos (sueros) e inmunoglobulinas en el humano.
NOM-035-SSA2-2012, Prevención y control de enfermedades en la perimenopausia y postmenopausia de la mujer. Criterios para brindar atención médica.
NOM-034-SSA2-2002, Prevención y control de los defectos al nacimiento.
NOM-031-SSA2-1999, Atención a la salud del niño.
NOM-030-SSA2-2009, Prevención, detección, diagnóstico, tratamiento y control de la hipertensión arterial sistémica.
NOM-028-SSA2-2009, Prevención, tratamiento y control de las adicciones.
NOM-027-SSA2-2007, Prevención y control de la lepra.
NOM-026-SSA3-2012, Práctica de la cirugía mayor ambulatoria.
NOM-022-SSA3-2012, Instituye las condiciones para la administración de la terapia de infusión en los Estados Unidos Mexicanos.
NOM-022-SSA2-2012, Prevención y control de la brucelosis en el ser humano.
NOM-016-SSA3-2012, Establece las características de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada.
NOM-016-SSA2-2012, Vigilancia, prevención, control, manejo y tratamiento del cólera
NOM-015-SSA2-2010, Prevención, tratamiento y control de la diabetes mellitus.
NOM-014-SSA2-1994, Prevención, detección, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer cérvico uterino
NOM-010-SSA2-2010, Prevención y control de la infección por virus de la inmunodeficiencia humana.
NOM-009-SSA2-1993, Fomento de la salud escolar.
NOM-007-SSA2-1993, Atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio y del recién nacido. Criterios y procedimientos para la prestación del servicio.
NOM-006-SSA3-2011, Práctica de la anestesiología.
NOM-006-SSA2-1993, Prevención y control de la tuberculosis en la atención primaria a la salud.
NOM-005-SSA3-2010,Establece requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de establecimientos para la atención médica de pacientes ambulatorios.
NOM-005-SSA2-1993, De los servicios de planificación familiar
NOM-004-SSA3-2012, Del expediente clínico.
NOM-003-SSA3-2010, Para la práctica de hemodiálisis.
En establecimientos de la atención medica y las personas que prestan sus servicios de forma independiente.
Establecer especificaciones para la prestación del servicio de enfermería en base a su formación académica.